© 1996 UCA Editores
año 17
número 715
junio 26 1996
ISSN 0259-9864
La renuncia del Inspector General de la PNC
Frágil consenso en la ratificación de
las reformas constitucionales
Algunas limitaciones del sistema bancario nacional
A propósito de la captura de los estudiantes universitarios
Nicaragua: panorama electoral
Uno de tantos casos...
Conferencia Internacional sobre Protección de los Defensores
de los Derechos Humanos en el Continente Americano y el Caribe
La renuncia del Inspector General de la PNC
El jueves 20 de junio, los medios de prensa del país
informaron que el Inspector General de la Policía Nacional
Civil, Víctor Manuel Valle, había presentado su
renuncia al Presidente Armando Calderón Sol, a partir del
primero de julio de 1996. La noticia no dejó provocar
una cierta reacción de sorpresa en distintos sectores de la
vida nacional, sobre todo por el motivo aducido por Valle para
retirarse del cargo, a saber: una presunta falta de respeto hacia
su persona por parte del Subdirector de operaciones de la PNC,
Rolando García. En palabras de Valle: "el día de ayer
[18 de junio], he sido afectado por el irrespeto a mi investidura
perpetrado por el Sub-director de operaciones de la P.N.C, Lic.
Rolando García, que me ha hecho pensar en sobre la
conveniencia de permanecer en el cargo". La nota del Inspector
General no añade más en torno al mencionado
irrespeto, con lo cual quedó en la oscuridad el
carácter del mismo; es decir, si se trató de un
asunto meramente personal o de algo institucional. Posteriormente,
la prensa no sólo reveló algunos datos adicionales
sobre las razones de la renuncia de Valle -la oposición de
García a una presunta encuesta a ser respondida por los
agentes ordenada por el Inspector General-, sino que informó
de la posibilidad de que éste reconsiderara su
decisión. Como quiera que sea, la situación no
está suficientemente clara en tanto que ni Valle ni
García ni el Ministro de Seguridad, Hugo Barrera, han
ofrecido una versión completa y coherente del problema.
No se puede descartar a priori que diferencias
personales entre Valle y García hayan podido llevar a que el
primero presentara su renuncia. De ser ello cierto, el
comportamiento de ambos funcionarios estaría evidenciando
una total falta de profesionalismo en el desempeño de su
trabajo, así como una manifiesta incapacidad para separar
los compromisos laborales de los asuntos personales. El cargo
desempeñado por Valle no es cosa de juego, y dejarlo por las
razones aducidas por él hasta el momento es poco convincente
y poco justificable.
También cabe pensar que la renuncia de Valle obedece a
razones más institucionales que personales. Es decir, cabe
pensar que el comportamiento reciente de Rolando García -que
habría rebalsado la paciencia del primero- sea parte de una
secuencia de hechos que, más allá de lo personal,
estarían reflejando una sistemática resistencia al
papel desempeñado por el Inspector General de la PNC.
Incluso se puede sospechar que, desde la llegada de Valle a la
inspectoría de PNC, se haya comenzado a generar una prueba
de fuerza entre quienes quieren hacer de la institución un
reducto para sus fechorías y desmanes y el Inspector
General, quien en coyunturas difíciles no sólo
evaluó críticamente el papel de la policía,
sino que dio muestras de una independencia que no puede ser
tolerada por aquellos que ven en la PNC una instancia para sus
propios fines y ansias de poder.
De renunciar irrevocablemente Víctor Valle,
estaría inclinando la balanza a favor los segundos. Y eso no
puede dejar de ser preocupante, al menos por dos razones. En primer
lugar, la PNC es una de las instancias más importantes
formadas a raíz de los Acuerdos de Paz. Asimismo, sus
responsabilidades en el mantenimiento de la seguridad ciudadana y
el respeto de los derechos humanos son tan decisivas para el avance
del proceso de democratización que no pueden ser socavadas
por individuos o grupos que persiguen fines distintos e incluso
opuestos a la naturaleza de la institución policial.
Más bien, el cumplimiento de esas responsabilidades tiene
que ser potenciado con mecanismos diseñados expresamente
para ello. Precisamente, uno de esos mecanismos es la
inspectoría general, cuya función de
fiscalización del desempeño policial no sólo
debe apegarse a la legalidad, sino que debe estar animada por el
espíritu democratizador de los Acuerdos de Paz. Quien no
asuma este espíritu -es decir, quien piense que los Acuerdos
de Paz no significan nada o que son letra muerta- no puede ser un
buen Inspector General de la PNC.
Y, en segundo lugar, existen fuertes sospechas de que al
interior de la PNC existen grupos e individuos no sólo
proclives al crimen y a la delincuencia, sino con fuertes
simpatías hacia el autoritarismo de derecha. Es decir,
grupos e individuos con esquemas mentales y de comportamiento que
los harían más
candidatos idóneos para integrar los antiguos cuerpos de
seguridad que para ser miembros de una institución
diseñada para fortalecer un ordenamiento democrático.
Combatir de esas simpatías autoritarias y la proclividad al
crimen y a la delincuencia al interior de la PNC es una tarea que
no puede ser eludida por el Inspector General; pero ello requiere
no sólo independencia, honestidad y valentía, sino un
compromiso inclaudicable con los valores y reglas de la democracia.
Víctor Valle ha demostrado no ser ajeno ni al
espíritu de los Acuerdos de Paz ni las exigencias de la
democracia. Quizás ello explique las resistencias que ha
encontrado en su desempeño al interior de la PNC. Al
renunciar, sin embargo, facilita las cosas a quienes le han
entorpecido su trabajo y le han socavado su autoridad. Por eso es
conveniente que el Inspector General reconsidere más
serenamente su decisión; que medite sobre las consecuencias
nefastas que se pueden seguir de una inspectoría general en
manos de alguien que se convierta en marioneta y/o cómplice
de los desmanes de policías inescrupulosos.
Pero no se trata de dejar todo en manos del Inspector General.
Las instancias políticas del país -que dicen estar
comprometidas con la democracia- deben dar un respaldo decidido a
Valle no sólo en esta particular situación, sino en
el desempeño cotidiano de sus funciones. También
deben de hacerlo los grupos empresariales a quienes debe
preocuparles que las bandas del crimen organizado y la competencia
desleal de quienes viven de negocios ilícitos encuentren
protección en la policía. Finalmente, el tener una
inspectoría independiente y crítica es un asunto que
debe preocupar al conjunto de la sociedad, la cual -a través
de sus diversas organizaciones- debe apoyar el desempeño de
Valle. El saneamiento, transparencia y legalidad de la PNC
constituyen requisitos imprescindibles para hacer de esa
institución un pilar de una sociedad mínimamente
democrática. Es obligación de todos hacer resistencia
a quienes quieren desvirtuar, con fines inconfesables, la
naturaleza de la PNC.
Frágil consenso en la ratificación de
las reformas constitucionales
Una de las áreas del Acuerdo de Paz que ha evolucionado
muy lentamente en su desarrollo es la relativa a la creación
y/o modificación del marco legal constitutivo de la
nación en su conjunto y, en particular, del nuevo
régimen político en construcción. Como
sabemos, la reforma política proyectada y en curso de
ejecución -al menos en su dimensión constitucional,
dado que comprende también el terreno electoral y de la
administración de justicia- resulta quizás menos
llamativa en términos de debate y controversia dentro de la
opinión pública aunque tal reforma sea, por su propia
naturaleza, sumamente decisiva en la configuración
jurídico-institucional del nuevo ordenamiento
democrático deseado.
Cabe traer a cuenta que hace poco más de dos
años la anterior Asamblea Legislativa aprobó un grupo
de 16 reformas a la Constitución (Proceso, 607) inspiradas
algunas de ellas en las conclusiones del informe de la
Comisión de la Verdad y destinadas a facilitar la
consolidación de la democracia y del Estado de derecho en el
país. En concreto, las reformas más profundas (y a
decir verdad también más polémicas) eran
aquellas diseñadas para garantizar un debido proceso legal
a cualquier imputado. Naturalmente, de acuerdo con el procedimiento
de reforma constitucional vigente, esas reformas para entrar en
vigor deberían ser ratificadas por la actual legislatura.
Sin embargo, el debate sobre este punto en el seno de la Asamblea
Legislativa empezó a manifestarse solamente hasta los
últimos meses del año recién pasado cuando dos
de ellas de menor envergadura y potencial de controversia pudieron
ser ratificadas (artículos 120 y 195 de la
Constitución).
Ha sido a lo largo del transcurso del presente año
cuando, finalmente, la urgencia de ratificar las reformas
pendientes fue cobrando fuerza de manera progresiva al interior de
las distintas fuerzas políticas representadas en el
órgano Legislativo. Y, desde entonces, quedó claro
que la reforma más controversial sería la del
artículo 12 en razón de la cuál se
quería privar de todo efecto legal a la confesión
extrajudicial así cómo también el garantizar
el ejercicio del derecho a la defensa y representación de un
abogado de oficio desde los primeros actos del procedimiento
judicial en contra de un imputado.
De hecho, la representación legislativa de ARENA
dejó completamente claro en diversas oportunidades su
decidida oposición en contra de la ratificación de
las anteriores disposiciones. Por su parte, la oposición
parlamentaria obstaculizó la ratificación del resto
de reformas si no era incluida la aprobación de las medidas
mencionadas. Así las cosas, el impasse en torno al tema pudo
ser al fin superado tras la última visita al país de
Alvaro de Soto, el enviado del Secretario General de la ONU, para
verificar el cumplimiento de los Acuerdos de Paz, quién
apelando a su capacidad mediadora logró que los legisladores
de ARENA y de la oposición alcanzaran un acuerdo al
respecto. Ha sido éste un acuerdo frágil y
problemático, pero que, después de todo, ha allanado
el camino para ulteriores y necesarios avances en este importante
ámbito superestructural.
Las reformas ratificadas
El resultado alcanzado luego de las negociaciones entre la
representación parlamentaria de ARENA y la de la
oposición ofrece el siguiente balance. Cinco reformas fueron
ratificadas contando con los votos de la totalidad de los
parlamentarios. Estas son las reformulaciones comprendidas en los
artículos 11, 14, 17, 159 y 187 constitucionales.
Específicamente, las reformas que entran en vigor son: 1) la
garantía del habeas corpus cuando cualquier autoridad atente
contra la dignidad de las personas (art. 11); 2) el máximo
tiempo autorizado para cualquier detención administrativa se
reduce de quince a cinco días (art. 14); 3) también
se establece la indemnización a las víctimas de
errores judiciales y asimismo se acepta la responsabilidad legal
del funcionario judicial y del Estado en la comisión de esos
posibles errores (art. 17); 4) autorizar a la PNC para que cumpla
no sólo con labores de policía urbana sino que
también desempeñe tareas de policía rural.
Igualmente, autorizar a la PNC para que colabore en la
investigación del delito (art. 159); y, finalmente, 5) El
facultar a la Asamblea Legislativa en lugar de la Corte Suprema de
Justicia el destituir a los miembros del Consejo Nacional de la
Judicatura, toda vez que se realice por medio de la votación
calificada (art. 187).
Otras cinco reformas fueron modificadas dejando, en
consecuencia, su ratificación en manos de la próxima
legislatura. De esta suerte, los artículos 12 (sobre la
polémica generada en torno a esta reforma nos referimos a
continuación); 68 (ampliación en la
integración del Consejo Superior de Salud Pública);
174 (el recurso de amparo podrá ser conocido por otras salas
de la Corte Suprema de Justicia); y, 190 (establece la
creación del Consejo Nacional de Abogacía y
Notariado), tendrán que esperar al menos varios meses para
su potencial entrada en vigor.
Finalmente, los parlamentarios rechazaron dos reformas a los
artículos 131 y 172, los cuales, en consecuencia, ya no
serán ratificados ni reformulados. En cambio, los
artículos 193 y 274 -que se refieren, respectivamente, a la
autorización para la investigación del delito en
forma conjunta de la Fiscalía y la PNC, así como que
el habeas corpus sea conocido por juzgados de Primera Instancia-
han quedado en condición de reserva para ser estudiados y
analizados en la correspondiente Comisión Legislativa para
eventualmente proceder a su posterior dictamen dentro de la
presente legislatura.
Como habíamos adelantado, el centro de las disputas
intralegislativas en este proceso de ratificación de las
reformas constitucionales se concentró, con particular
agudeza, en la propuesta de reformulación del
artículo 12. El espíritu de la propuesta de
ratificación constitucional en este punto quería
convertirse en la espina dorsal de la garantía del debido
proceso dentro del sistema judicial salvadoreño. En este
sentido, la pretendida reforma del artículo 12 tenía
como objetivos tanto el privar de una buena vez de todo efecto
legal y condenatorio a la confesión extrajudicial como el de
asegurar la vigencia, en toda circunstancia, de la
presunción de inocencia del reo. Otro objetivo habría
sido también el fortalecer el ejercicio del derecho a la
defensa desde los primeros actos del procedimiento.
Sin embargo, ninguno de estos objetivos pudo ser alcanzado
plenamente. La cerril negativa de ARENA y el ablandamiento de la
oposición política hizo que, en la
reformulación de la nueva propuesta de reforma, la
confesión extrajudicial continúe guardando validez
mientras que el derecho de defensa no haya quedado totalmente
garantizado. En palabras del parlamentario de izquierda Miguel
Sáenz: "aceptamos la declaración extrajudicial, pero
que sea voluntaria, ante autoridad competente y con presencia del
defensor". Por su parte, el también diputado del FMLN,
Gerson Martínez, justificó la nueva redacción
al artículo 12 constitucional al señalar que "se ha
dejado como prueba válida, pero no única, la
confesión extrajudicial pero con la asistencia del
defensor".
El avance en materia de reforma constitucional alcanzado es,
a pesar de sus avatares e insuficiencias, muy importante y
positivo. Es evidente, sin embargo, que en este terreno -como en
otras áreas de construcción de un régimen
democrático- aún hace falta mucho por hacer.
Algunas limitaciones del sistema bancario nacional
Durante las últimas décadas el sector financiero
salvadoreño ha sido objeto de cuestionamientos por sus
efectos sobre la equidad y el crecimiento económico;
inclusive se han desarrollado procesos de nacionalización y
reprivatización del sector. Teóricamente, la
intermediación financiera debería estimular el
desarrollo colocando ahorros del público en proyectos de
inversión pero, en el caso de El Salvador, esto no ha sido
suficiente para encarrilarse en la senda del desarrollo.
La nacionalización del sistema financiero en 1980
obedeció, según el decreto que la originó, a
que "los criterios utilizados por bancos y otras instituciones
financieras han tenido como resultado la concentración del
crédito" y ello justificaba la nacionalización del
sistema financiero para orientarlo a "promover el bienestar general
de la población". Sin embargo, los resultados de la
nacionalización no introdujeron mayores cambios en el
comportamiento del sistema financiero y el "bienestar general"
continuó siendo excluido de sus objetivos.
Tanto en las épocas de la banca privada como en las de
la estatizada, la banca funcionó bajo condiciones de
ineficiencia macro y micro económica, a lo cual se ha
agregado el efecto que los esquemas de asignación del
crédito han tenido sobre el crecimiento económico. La
reprivatización del sistema financiero durante la
década de 1990 se presentó como una solución
a los problemas de ineficiencia de la banca y, en general, como una
medida necesaria para el desarrollo. A seis años de iniciado
el proceso, podría aceptarse que ha mejorado la eficiencia
del sistema financiero, pero también es notorio que este es
fuente desestabilización económica y de
concentración del crédito en actividades no
productivas.
En las siguientes líneas se busca establecer algunos de
los defectos comunes a la banca privada, estatal y a la
reprivatizada que explican grandemente sus diferentes
transformaciones. Con ello se busca demostrar que la
problemática planteada por el funcionamiento de la banca no
es nueva y que, en los últimos años, han surgido
nuevas obstáculos para el crecimiento económico.
Banca privada y estatal
De acuerdo al Presidente del Banco Central de Reserva (BCR),
Roberto Orellana Milla, durante la mayor parte de la década
de 1980, antes de su nacionalización, la banca presentaba
problemas que se relacionaban con su incapacidad para apoyar la
producción de bienes para la satisfacción de las
necesidades básicas, la diversificación de las
exportaciones y la democratización del crédito.
Desde su surgimiento la banca estuvo en función de los
intereses los intereses de los agroexportadores, quienes
además se convirtieron en banqueros y dirigieron las
políticas del sistema financiero. Algunos de las situaciones
que se generaron a partir de esto fue la centralización
administrativa, la concentración del crédito en los
grandes productores y la concentración sectorial del
crédito en el comercio y la agricultura. Eran estas las
dinámicas que la nacionalización de la banca
pretendían revertir.
Una evaluación del funcionamiento de la banca
nacionalizada muestra que existió un proceso de cambio en el
personal gerencial, nombrado bajo criterios políticos, y que
apoyaba el proceso reformista iniciado desde finales de 1980. Esto
condujo no sólo a un nuevo tipo de centralización
administrativa, sino también a una utilización de los
recursos financieros por el ejecutivo. De esta forma se
incrementó enormemente los créditos otorgados por el
BCR a las instituciones estatales.
Adicionalmente, los mismos sectores que no accedían al
crédito durante la época de la banca privada tampoco
lo hicieron durante la época de la banca nacionalizada, es
decir, que se dejó intacta la estructura de
concentración del crédito en las grandes empresas.
Por otra parte, se logró establecer que las actividades de
exportación (café) y de comercio incrementaran
notablemente su participación en el total del
crédito; mientras que la manufactura y la producción
para el consumo interno disminuyeron su participación.
Tendencias recientes
La reprivatización de la banca no ha introducido
mayores cambios en aspectos como la democratización de la
administración bancaria, la asignación sectorial del
crédito o su desconcentración. Más bien, ha
sido una medida que ha pretendido, más que anular estas
problemáticas, volver a la situación previa a la
nacionalización.
La reprivatización pretendió democratizar la
propiedad de los bancos facilitando el acceso de los trabajadores,
pero la realidad es que existieron anormalidades en el proceso que
favorecieron la concentración de la propiedad en pocas
manos. Al igual que en el pasado, el comercio es el sector que
recibe mayor proporción del crédito, mientras que la
construcción es uno de los sectores que más
rápidamente han aumentado su participación en el
mismo. En cambio, la producción para el consumo interno
(granos básicos) se enfrenta a reducciones continuas de sus
asignaciones crediticias. Por otra parte, la participación
de la micro y pequeña empresa en la asignación del
crédito aún es incipiente y representa sólo
una pequeña proporción de aquél.
A estos problemas tradicionales se ha agregado un problema de
igual o mayor importancia originado por los ajustes de las tasas de
interés realizadas por los nuevos bancos privados. Bajo el
nuevo esquema de funcionamiento, las tasas de interés han
alcanzado niveles inusitadamente altos que reducen la
inversión, aunque sin afectar la rentabilidad de los bancos,
pues la diferencia entre tasas activas (cobradas por los
préstamos) y las pasivas (pagadas por los ahorros) ha
aumentado. No es de extrañar entonces que en la actualidad
sea el sector financiero el que presenta los mayores niveles de
crecimiento económico, pese a que los restantes sectores
enfrentan una reducción de su crecimiento.
Asimismo los esquemas de funcionamiento de la banca
reprivatizada, al fomentar fuertes incrementos del crédito
total, inclusive han llegado a amenazar los logros en materia de
estabilización económica, específicamente en
lo que toca a la reducción de la inflación.
Los avatares del sistema financiero
Es indudable que el sistema financiero se ha constituido en un
obstáculo para los objetivos del crecimiento de la
producción para el consumo interno y para el crecimiento de
la micro y pequeña empresa. El fracaso de la
estatización de la banca no significa que las razones que la
inspiraron no sean legítimas.
La problemática de la banca no se soluciona simplemente
cambiando su forma de propiedad; existen causas estructurales que
explican sus patrones de comportamiento. La concentración
económica determinó que la propiedad de la banca
también estuviera concentrada desde su fundación; en
la actualidad, la permanencia de condiciones de
concentración también ha sobredeterminado el que la
propiedad de la banca continúe concentrada.
Los intereses del sector financiero son tan particulares que
inclusive han entrado en franca contradicción con los
objetivos de gremiales empresariales y del gobierno mismo. El
comportamiento reciente del crédito ha motivado la
intervención del Estado para restringir su crecimiento,
mientras que los criterios de asignación sectorial del
crédito y la elevación de las tasas de interés
han sido señaladas, tanto por el sector empresarial como por
el gobierno, como algunos de los obstáculos para el
desarrollo.
Existen promesas presidenciales para reducir las tasas de
interés y fomentar el crecimiento de los sectores
productivos que implicarían intervención estatal en
el funcionamiento del sistema financiero; falta por ver si en el
actual contexto de euforia neoliberal estas son viables. Lo cierto
es que la banca en manos privadas ha mostrado nuevamente su
inviabilidad como instrumento para el desarrollo.
A propósito de la captura de los estudiantes
universitarios
La rapidez en la aplicación de la justicia en El
Salvador, y la equidad con que ello se lleva a cabo, depende mucho
del peso político y económico de los involucrados. No
se puede esperar, por consiguiente, y en ello están de
acuerdo de una u otra forma la mayoría de los
salvadoreños, que el proceso judicial que busca penalizar a
un individuos que ha transgredido las leyes sea igual de eficiente
cuando, por ejemplo, el imputado es un alcalde, un político
o un simple delincuente. Asimismo, la objetividad de los resultados
a los que llegue el proceso, independientemente de la contundencia
o no de las pruebas presentadas, dependerá de que el
veredicto de culpable o inocente implique señalar a grupos
o facciones de los cuales el involucrado forme parte.
Por lo anterior es que puede afirmarse que en el país
existe, y ha existido desde siempre, un ámbito previo al de
las instituciones responsables de aplicar la justicia; un
ámbito que, definido por el poder político y
económico de los individuos que habitan en él, libra
de todo mal y daño a los que tienen el privilegio de vivir
dentro de sus fronteras, los exonera de la responsabilidad de sus
acciones y los convierte, a la luz de la justicia que opera fuera
de él, en apriorísticamente inocentes. Todo
conflicto, ya sea intergrupal o de ellos con individuos externos al
grupo, deberá, entonces, ser resuelto de manera que impere
la justicia verdadera, la que emana de la influencia
política o económica, y no la aparente, la que
proporciona la ilusión de la igualdad a los demás
miembros de la sociedad.
Cuando ya todo parecía apuntar a que la serie de
atentados dinamiteros ocurridos en el mes de mayo hallaban su
origen en los conflictos al interior del partido ARENA (Proceso,
707 y 711), gracias a la "providencial" declaración de dos
testigos claves eran arrestados cuatro estudiantes, en
teoría integrantes de la denominada "Voz Popular
Revolucionaria" (VPR), por su supuesta participación en los
atentados en mención. Con la captura, al parecer quedaron
dos cosas claras: la primera, la Policía Nacional Civil
estaba en la capacidad de descubrir y desmembrar a los grupos
paramilitares con motivaciones políticas que operaban en el
país (se demostraba que, pese a las críticas, la PNC
sí operaba eficazmente al margen de los intereses
políticos que pudieran estar involucrados); y, la segunda,
que toda afirmación de una fractura en el partido ARENA, de
cuya expresión serían los ataques en contra de las
propiedades del expresidente Cristiani, era totalmente falsa. La
autoría de los atentados no sólo no era
responsabilidad de sujetos pertenecientes a la "línea dura"
del partido, sino que recaía en individuos que, desde la
versión de la historia oficial, siempre habían estado
interesados en destruir el proceso de transición
democrática del país. La reputación e
integridad del partido ARENA y de los que ahora gobiernan quedaba
así salvada.
Ahora bien, para un análisis de la situación hay
que considerar, en un primer momento, dos hechos del pasado que se
vinculan directamente con los atentados y con la VPR: las recientes
declaraciones del Ministro de Seguridad Pública, Hugo
Barrera, en torno a la supuesta existencia de un plan de
desestabilización del país, y el arresto, el 14 de
agosto de 1995, de un miembro de la Asociación de
Desmovilizados de la Fuerza Armada (ADEFAES) acusado de pertenecer
al VPR.
Algunos antecedentes
Con el arresto de Francisco Rodríguez Quintanilla, bajo
los cargos de actos de terrorismo, se intentó encontrar una
relación forzada a dos de las más importantes
coyunturas de ese momento: el accionar de la, hasta entonces
desconocida, VPR, en reacción al incremento del pasaje del
servicio público y las medidas económicas
implementadas por la administración Calderón Sol, y
las diferentes acciones de hecho que realizaban las asociaciones de
desmovilizados en protesta por el incumplimiento, por parte del
gobierno, de importantes cláusulas de los Acuerdos de Paz.
La captura de Quintanilla beneficiaba al gobierno en dos sentidos:
por un lado, se desvirtuaban las peticiones de los desmovilizados
desde la hipotética vinculación de éstos con
actividades de terrorismo (en los alrededores de las tres unidades
de transporte que fueron quemadas se arrojaron panfletos en que la
VPR se hacía responsable de los hechos por las motivaciones
ya apuntadas) y, por el otro, el gobierno encontraba fundamentos
para afirmar que la quema de unidades del transporte público
no obedecía a la expresión de descontento de una
facción que hacía suyo el malestar de los
salvadoreños, sino a la acción terrorista de un grupo
de fachada que buscaba desestabilizar el país y hacer valer
sus intereses personales (los de ADEFAES, se entiende). Tal cosa
fue afirmada, en reiteradas ocasiones, por funcionarios del partido
ARENA, pese a que la PNC no pudo nunca vincular convincentemente al
arrestado con ninguno de los dos grupos (ADEFAES y la VPR).
Esta modalidad de interpretar y guiar las investigaciones,
permitió desviar la atención, desde un grupo
irracionalmente violento sin ninguna motivación más
que la desestabilizadora, de la situación económica
y social de la cual era responsable el gobierno. En este sentido,
y desde esta lógica, la VPR (grupo que en ese momento
venía al dedo por su anonimato y falta de motivaciones
políticas claras) era la expresión de las remanentes
terroristas de la post guerra y no la manifestación popular,
desacertada si se quiere, de una situación social explosiva
y difícil.
Esta misma tónica, la de identificar un grupo social
con intereses siempre oscuros de desestabilización para
obviar situaciones reales de emergencia o la responsabilidad de los
personeros del gobierno en ellas, fue aplicada cuando El Diario de
Hoy sacó a la luz, el 16 de junio de este año, un
supuesto plan de desestabilización de los sindicatos para
impedir la privatización de las empresas públicas y
ahuyentar a los posibles inversionistas. Dentro de las
declaraciones que en su momento vertieron Hugo Barrera y el
rotativo sobre el asunto, es importante resaltar que en ellas se
insinuaba que los atentados del mes de mayo podrían ser
fácilmente explicados como acciones que iniciaban y
ponían en funcionamiento el plan de los sindicalistas.
Así, los atentados en SISA y Santa Elena no estaban
directamente orientados contra el ex-presidente Cristiani, sino que
obedecían a una lógica aleatoria de
desestabilización, la que casualmente había hecho
blanco en propiedades cercanas a su persona.
Consideraciones
Al contrastar las dos situaciones analizadas con el reciente
arresto de los cuatro estudiantes es posible obtener varias
conclusiones e interrogantes: a) si, como se desprendía de
las investigaciones policiales en torno a las primeras acciones de
la VPR, ésta no era más que una agrupación de
fachada que había surgido para responder al afán
violento de ADEFAES, ¨cómo se explica ahora que ninguno de
los sujetos arrestados pertenezca a esta institución o que
las investigaciones no han encontrado ninguna vinculación
entre ellos y aquélla?; b) si, tal como afirmaron Hugo
Barrera y El Diario de Hoy, los atentados provenían del
sector sindical, ¨por qué no se llevó a cabo una
investigación policial que indagará sobre tal
respecto? ¨Acaso se puede explicar la falta de investigación
en el hecho de que era más fácil culpar a individuos
aislados que hacer frente a un movimiento grande y organizado, el
cual difícilmente se prestaría a servir de chivo
expiatorio de la derecha?; c) las contradicciones y desatinos en
las pruebas presentadas contra los supuestos culpables
(tómese de ejemplo que el panfleto que estaba en
posesión de uno de los acusados a todas señas no
menciona ni a la VPR ni se identifica con ella y que el testigo
"clave" acusa desde lo que oyó decir sobre los acusados) dan
a pensar que a lo que se ha recurrido es a hacer recaer la
responsabilidad de los atentados en sujetos con antecedentes,
actividades y relaciones comunes, pero que sin embargo no guardan
una relación directa con lo que se les acusa. En este
sentido, más bien se ha utilizado que los cuatro fueron
miembros o estuvieron vinculados a la ERP para hacer
relación forzada entre ellos y los atentados. Si bien pudo
habérseles encontrado panfletos, material de guerra o
cuestiones similares, de ello no se desprende que sean culpables de
los que se le acusa, pues entonces todo salvadoreño que
poseyera tales cosas podría ser acusado de estar vinculado
con los atentados. Las pruebas que se presenten deberán ser
más que circunstanciales para poder decir que se está
procediendo objetivamente y no apresuradamente por las urgencias de
encontrar respuestas fuera del partido ARENA.
Nicaragua: panorama electoral
El actual panorama que presenta el proceso electoral en
Nicaragua es aún incierto. Tal afirmación se hace a
partir de lo siguiente: para mediados de mayo se esperaba que
estuvieran las definiciones precisas sobre los candidatos y las
alianzas y, sin embargo, esto no ha sido posible debido a la
dinámica hasta hoy seguida en la campaña por las
distintas fuerzas políticas. Asimismo, a pedido de 9
partidos políticos, la fecha de estas definiciones se
prorrogó del 17 al 24 de mayo.
En una campaña electoral en la que participan 43
partidos políticos y 22 candidatos presidenciales, lo que
sí se evidencia es un cambio constante en las ofertas y
demandas político-partidarias. Este es el caso, por ejemplo,
del Movimiento de Renovación Sandinista (MRS), del que se
esperaba que conformara una opción de centro izquierda,
aglutinando así a varios partidos medianos que estuvieran
dispuestos a superar la actual polarización existente entre
el sandinismo y el liberalismo. No obstante, dicha
institución ha mostrado lo contrario a lo esperado, al
presentar como candidato a la Vicepresidencia a Leonel
Argello, lo cual llevó a su máximo dirigente,
Sergio Ramírez, a definir al MRS como "un partido de
izquierda" y a afirmar que "vamos a reivindicar a la izquierda
desde la tolerancia y la democracia, enterrando para siempre el
verticalismo".
Por lo dicho, es importante destacar que ante la actual
situación que vive Nicaragua es fundamental que se presente
una opción política capaz de aglutinar a otros
sectores políticos y presentar conjuntamente una tercera
opción que se perfile como respuesta a la actual
polarización en la que se encuentra el país. De no
ser así cabe esperar que se continúe con lo que hasta
hoy ha venido arrastrando consigo el proceso político de
dicho país.
Cabe señalar, asimismo, que la polarización no
es sólo interna, sino que está más allá
de sus fronteras. No debe olvidarse que Nicaragua fue asediada por
los Estados Unidos durante el tiempo en que el Frente Sandinista de
Liberación Nacional (FSLN) estaba en el poder; más
aún, se trata de una polarización que amenaza con
enrarecer el clima político nicaragense. Como muestra
de ello, recientemente en declaraciones hechas por el representante
demócrata Dan Burton - autor de la polémica Ley Helms
Burton- ante el Congreso de su país éste
afirmó que "hasta que la yerba venenosa del sandinismo no
sea extirpada de raíz, Nicaragua seguirá sufriendo".
Adicionalmente, en un tono muy similar a su compañero y en
actitud beligerante, el coautor de la misma Ley, el senador Jesse
Helms, al escribir al Secretario de Estado estadounidense hizo la
siguiente afirmación: "tenemos serias reservas acerca de la
imparcialidad y equidad del proceso electoral nicaragense".
Ante la actual situación electoral que plantea
Nicaragua es importante destacar la actitud hostil por parte de los
estados Unidos y más concretamente de los autores de la Ley
Helms-Burton hacia Nicaragua y de manera más particular
hacia los sandinistas. Esa actitud, lejos de generar confianza para
que este país pueda hacer un recorrido hacia la
democratización, sólo contribuye a generar mayor
escepticismo sobre el camino por donde se enrumba el proceso
electoral.
Fragilidad política
Dentro de los últimos acontecimientos ocurridos en
Nicaragua está el secuestro de cerca de 33 miembros del
Consejo Supremo Electoral (CSE), así como de los cinco
barqueros que operaban sus lanchas sobre el río Coco, cerca
de la frontera con Honduras. El secuestro ocurrió el pasado
20 de junio y fue realizado por un grupo de 15 rearmados, al mando
de Luis Rivera Herrera, alias "el licenciado". El secuestro fue una
respuesta a la militarización que se dio en la zona por
parte del ejército sandinista, con el fin de perseguir a los
grupos de recontras que circulan por esos lugares. Asimismo, a
pedido del gobierno de Chamorro, una delegación de la
Comisión Internacional de Apoyo y Verificación de la
OEA (CIAV-OEA) se trasladó -el mismo día en que se
realizó el secuestro- hacia la frontera con Honduras para
tratar de comenzar las negociaciones con los secuestradores.
Lo señalado pone en evidencia cuán frágil
es la situación política actual que se vive en
Nicaragua y, por tanto, cuán distante está de
alcanzar la estabilidad que tanto necesita este país. Ello
muestra una vez más que el proceso de paz firmado por el
gobierno de Chamorro y los grupos armados, justo cuando éste
iniciaba su mandato, ha sido abortado; de no ser así,
qué otra explicación cabría a lo recientemente
ocurrido y a toda una serie de situaciones que se han venido dando
después de que el FSLN fuera derrotado en las elecciones
pasadas. Por de pronto, sólo resta esperar que los comicios
electorales a realizarse en octubre próximo no se tornen
violentos, sino que más bien puedan ser el inicio de una
verdadera transición democrática.
Uno de tantos casos...
El señor Juan Herrera Hernández fue capturado el
18 de diciembre de 1993 por atribuírsele la comisión
de una estafa. El mencionado señor fue puesto a la orden del
juzgado de paz de San Pedro Perulapía, jurisdicción
de Cuscatlán; posteriormente fue remitido al juzgado segundo
de lo penal de Soyapango. El suyo es uno de esos miles de casos que
mantienen en crisis al sistema penitenciario del país y que,
además de otras tantas anomalías, revelan la
retardación que existe al momento de impartirle justicia a
las personas que no poseen muchos recursos económicos.
Según el relato del señor Francisco Santos Ruiz,
quien se considera ofendido por el señor Herrera,
éste se comprometió a "curarle" a un familiar que no
podía caminar a causa de una enfermedad que lo
mantenía en una silla de ruedas; por ese "servicio", el
presunto responsable del delito recibiría la cantidad de
doce mil colones. El señor Herrera, por su parte,
manifestó en su declaración indagatoria que la
cantidad acordada no ascendía a doce mil colones sino a seis
mil, y que ésta le fue entregada en calidad de
préstamo que invertiría para trabajar en el campo,
sin que se dejara constancia escrita de ningún convenio
entre las partes.
Nuestra Oficina de Asistencia Legal (OAL) tuvo conocimiento de
este caso durante una visita que realizamos a la
Penitenciaría Central "La Esperanza", en San Luis Mariona,
el 19 de julio de 1995, a más de dos años de la
captura del señor Herrera y su posterior remisión a
prisión. En dicha visita el reo nos comunicó su
problema, proporcionándonos datos necesarios tales como
fecha de captura, número de causa, tribunal que
conocía de la misma, delito en cuestión y nombre del
defensor público que lo asistía.
Desde esa fecha se intentó, constantemente, conocer el
desarrollo del proceso en el tribunal correspondiente pero ello no
fue posible porque --en la mayoría de las ocasiones--
sólo recibíamos respuestas como: "el expediente se ha
extraviado"; "estamos de turno y no se lo podemos buscar"; "venga
otro día, talvez ya se ha encontrado"; "estamos reponiendo
diligencias, el proceso se ha perdido"; "la resolutoria está
enferma, venga otro día"; "el proceso está para
firma"; "el proceso está para sentencia".
Incluso, en enero del presente año --siempre sin poder
ver el expediente-- la misma secretaría del tribunal nos
informó que el proceso se encontraba en firma y que desde
hace tres meses se había elaborado la resolución para
determinar la sentencia, la cual no se podía dictar
aún porque existían diligencias que faltaban
realizarse. Para ello, se había enviado un oficio al juzgado
de paz de San Pedro Perulapía a fin de conocer más
datos y poder pronunciar tal sentencia. Ojo: nunca supimos a
qué diligencias se referían.
Siempre durante ese mes, en el tribunal nos comunicaron que el
defensor público pedía a los familiares del reo que
se presentaran al departamento de lo penal de la
Procuraduría General de la República (PGR), para
cumplir con ciertos requisitos exigidos por dicha
institución para, así, poder llevar a cabo las
diligencias pendientes. Al igual que en el tribunal, nunca nos
enteremos a qué diligencias se refería el funcionario
de la PGR.
Por las razones antes expuestas, es de señalar que
nuestra OAL sólo tuvo una oportunidad para leer, en forma
apresurada, el expediente; por ello, no pudimos realizar un
análisis detallado de todo el desarrollo del proceso. En la
práctica, culpable o no porque hasta la fecha el juez no ha
dictado sentencia, el señor Herrera ha permanecido en
prisión más de dos años y medio. De ahí
que hayamos interpuesto a favor del reo, el 30 de abril del
año en curso, un recurso de exhibición personal ante
la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia.
Considerando que el señor Herrera no había sido
procesado en un plazo razonable, esta instancia resolvió
ordenando la libertad del reo y solicitando por parte de la jueza
una medida que garantice su posterior comparecencia al tribunal.
Tal resolución de la Corte se emitió el 19 de junio,
cincuenta días después de nuestra solicitud, y --
curiosamente-- en el juzgado segundo de lo penal de Soyapango se
recibió hasta el 24 de junio. Ahora, estamos a la espera de
que se decrete la inmediata libertad de esta persona.
Dentro de la amplia gama de derechos humanos contemplados en
la normativa internacional y la legislación nacional,
podemos señalar que en este caso se violaron varios de
ellos. Veamos algunos. El derecho a la libertad,
específicamente en lo referente al uso del internamiento del
reo como excepción y no como regla general, según se
establece en el artículo 9.3 del Pacto Internacional de
Derechos Civiles y Políticos, cuando dice: "La
prisión preventiva de las personas que hayan de ser juzgadas
no debe ser la regla general, pero su libertad podrá estar
subordinada a garantías que aseguren la comparecencia del
acusado en el acto del juicio, o en cualquier otro momento de las
diligencias procesales y, en su caso, para la ejecución del
fallo".
También, dentro del derecho a la libertad, debe
considerarse puntualmente la garantía que asiste al reo de
ser juzgado en un plazo razonable, incluida en el artículo
antes citado cuando señala que: "Toda persona detenida o
presa a causa de una infracción penal será llevada
sin demora ante un juez u otro funcionario autorizado por la ley
para ejercer funciones judiciales, y tendrá derecho a ser
juzgado dentro de un plazo razonable o a ser puesta en libertad".
De igual forma, dicha garantía se contempla dentro de
la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en su
artículo 7.5: "Toda persona detenida o retenida debe ser
llevada sin demora ante un juez u otro funcionario autorizado por
la ley para ejercer funciones judiciales y tendrá derecho a
ser juzgado dentro de un plazo razonable o a ser puesta en
libertad, sin perjuicio de que continúe el proceso". Con
todo lo anterior y ante la evidente retardación de justicia
en el caso que ahora nos ocupa, se violó además el
derecho al debido proceso.
Este es sólo un ejemplo de la ineficacia institucional
para enfrentar problemas relacionados con la justicia: falta de
criterio por parte de los funcionarios encargados de impartirla,
nula iniciativa de las defensoría pública del Estado
para hacer uso de recursos elementales, burocracia administrativa,
negligencia en el resguardo de los expedientes y falta de
comunicación a todo nivel.
En otros casos --además de los tribunales y la PGR--
también la Fiscalía General de la República,
la Policía Nacional Civil, la Procuraduría para la
Defensa de los Derechos Humanos y el Ministerio de Justicia
contribuyen, con su funcionamiento deficiente, a mantener y agravar
una situación que tiene consecuencias muy delicadas para el
país entero: impunidad, crisis penitenciaria y falta de
credibilidad en las instituciones, entre otras.
El señor Herrera, culpable o no, pasó más
de dos años y medio en prisión. Si de verdad
cometió el delito por el cual estuvo detenido, es probable
que ahora salga "corregido y aumentado"; si no tuvo nada que ver en
el mismo, habrá tenido la "oportunidad" de conocer muchas
formas para delinquir e individuos con los cuales poder aliarse
para ello. Si se hubiera actuado correctamente, apegado a Derecho,
no estaríamos ante esas perspectivas que pueden ser costosas
y reales para toda la sociedad; sociedad que, como es costumbre en
la mayoría de las veces, no está en capacidad de
brindar al señor Herrera la oportunidad de serle útil
de ahora en adelante.Transcribimos a continuación el documento de la Conferencia
Internacional sobre la Protección de los Derechos Humanos en
el Continente Americano y el Caribe, celebrada entre el 22 y el 15
de mayo de 1996, en Santa Fe de Bogotá, Colombia.
Conferencia Internacional sobre la Protección de los
Defensores de los Derechos Humanos en el Continente Americano
y el Caribe
La Conferencia Internacional sobre la Protección de los
Defensores de los Derechos Humanos en el Continente Americano y el
Caribe, convocada por Amnistía Internacional y celebrada en
Santa Fe de Bogotá, Colombia, entre el 22 y el 25 de mayo de
1996, confirmó el principio de que la defensa de los
derechos humanos constituye una tarea y un derecho de todos.
Hombres y mujeres, individual o colectivamente þen sus hogares
o en sus lugares de trabajo o estudio, o a través de
instituciones religiosas, organizaciones sociales o culturales,
sindicatos, partidos políticos o instituciones del Estadoþ
y cualesquiera sean sus convicciones filosóficas o su origen
social, tienen el derecho inalienable de defender y promover todos
y cada uno de los derechos humanos en la prosecución de un
mundo en el que todas las personas se vean un día liberadas
del þtemor y de la miseriaþ.
La Conferencia confirmó que en el Continente Americano
y el Caribe, al igual que en otras regiones del mundo, los
defensores tienen derecho a oponerse pacífica y activamente
a las violaciones de todos los derechos humanos, a denunciarlas
cuando se producen y a prestar apoyo a las víctimas.
Asimismo, deben verse libres de presiones en su empeño por
obtener los consensos que permiten el progreso de nuestras
sociedades y la adopción de iniciativas que consolidan el
Estado de Derecho. Corresponde a los defensores contribuir a la
creación y al fortalecimiento de mecanismos que nos protejan
de la intolerancia y la arbitrariedad pues, frecuentemente y en el
marco del conflicto social o el autoritarismo, ambas socavan los
derechos humanos en la región. La Conferencia afirmó
enfáticamente la legitimidad del trabajo que los defensores
realizan para combatir cualquier forma de impunidad que beneficie
a quienes violan los derechos humanos, en particular aquellas leyes
de amnistía que, al pervertir la naturaleza misma de la ley,
alimentan los ciclos de violencia que azotan a la región y
erosionan las bases de la convivencia democrática.
La Conferencia constató que no siempre se dan en la
región las condiciones fundamentales para la defensa de los
derechos humanos. La defensa y promoción de los derechos de
las víctimas conllevan peligros, y con frecuencia convierten
en víctimas de encarcelamiento, tortura, asesinato y
desaparición forzada a los propios defensores.
La Conferencia constató asimismo que, a pesar de la
profusa retórica gubernamental en favor de los derechos
humanos que caracteriza a los procesos de transición
política y social o de transformación
económica en la región, sigue mediando un abismo
entre el discurso y la realidad. Nuevas formas de hostigamiento y
represión se abren camino, incluyendo las campañas de
desprestigio individual o institucional, los intentos de
criminalizar actividades que son inherentes a la función de
defensa de los derechos humanos, y las restricciones legales para
la obtención de los medios con los que realizar tal
función. La Conferencia también hizo notar que, con
gran frecuencia, la creación de instituciones de un gobierno
responde más a la necesidad diplomática de
salvaguardar la imagen internacional de éste que a la
efectividad de tales instituciones como instrumentos de defensa y
promoción de los derechos humanos.
La Conferencia concluyó que la protección de los
derechos humanos precisa el reconocimiento del þderecho a
defenderlosþ, el cual se constituye por una serie de derechos ya
reconocidos a nivel internacional, fundamentalmente:
* El derecho a defender las libertades y derechos fundamentales
de otros seres humanos, además de los propios; el
derecho a investigar las violaciones de estos derechos y
libertades, y el derecho a oponerse a tales violaciones.
* El derecho a formar y afiliarse a grupos y asociaciones
nacionales o internacionales para la defensa de los derechos
humanos.
* El derecho a la información, el derecho de
reunión y el derecho a la libertad de expresión
y comunicación de los defensores.
* El derecho a defender los derechos humanos en parte o en su
totalidad y respecto de algunos o de todos los grupos o
sectores que componen la sociedad.
* El derecho a obtener y utilizar los recursos humanos,
económicos, técnicos y otros necesarios para
garantizar el ejercicio efectivo del derecho a la defensa de
los derechos humanos.
* El derecho de los defensores a comunicarse libremente y por
los medios que estimen adecuados con organismos nacionales o
internacionales, tanto intergubernamentales como privados.
* El derecho de los defensores a participar en actividades
pacíficas destinadas a promover los derechos humanos.
* El derecho a usar las leyes y las instituciones del Estado
para defender los derechos humanos y actuar ante éstas
en representación de las víctimas.
* El derecho a defender los derechos humanos ya reconocidos y a
propugnar por el reconocimiento de nuevos derechos, más
allá de cualquier consideración política,
ideológica, filosófica o religiosa, tanto a
nivel nacional como internacional.
La Conferencia resaltó la ineludible responsabilidad de
los Estados y los organismos intergubernamentales de garantizar el
libre ejercicio del derecho a la promoción y la defensa de
los derechos humanos. Los Estados están fundamentalmente
obligados a proteger y promover activamente este derecho evitando
que se vea amenazado, restringido o suprimido, y a resguardar las
libertades y la integridad de quienes lo ejercitan. En particular,
los Estados americanos y del Caribe deben adoptar urgentemente
todas las medidas que sean necesarias para contener las acciones
represivas o de intimidación de sus agentes contra los
defensores de los derechos humanos, sus allegados y organizaciones,
y todas las medidas que se requieran para desarticular a los grupos
paramilitares que en algunos países constituyen una amenaza
permanente para la labor y la integridad de los defensores. Esta
protección debe extenderse a todas aquellas personas þcomo
denunciantes y testigos, funcionarios y auxiliares de la justiciaþ
que contribuyen, aun en forma circunstancial, a la defensa de los
derechos humanos.
La Conferencia, habiendo tomado nota del importante papel que
desempeñan los mecanismos de protección establecidos
por algunos organismos intergubernamentales, como la
Organización de las Naciones Unidas y la Organización
de los Estados Americanos, constató la falta de instrumentos
internacionales que reconozcan, tanto a nivel universal como
regional, el derecho individual y colectivo a defender los derechos
humanos. En este sentido la Conferencia urgió a la
Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas a
perfeccionar, finalizar y adoptar, en el plazo más breve
posible, el texto de la Declaración sobre Defensores de los
Derechos Humanos que se debate desde hace más de once
años en el seno de la Organización. La
Declaración debe contener el conjunto de garantías
mínimas arriba señaladas, que hacen posible la
defensa efectiva de los derechos humanos. La Conferencia
exhortó asimismo a la Organización de los Estados
Americanos a adoptar un conjunto de medidas y normas que recojan
las necesidades de la defensa de los derechos humanos en la
región americana y el Caribe, prestando especial
atención a sus particularidades.
Finalmente, la Conferencia hizo un llamamiento a los
defensores de los derechos humanos de la región americana y
caribeña para que continúen en sus países el
proceso iniciado en Santa Fe de Bogotá y para que promuevan
similares procesos en otras regiones del mundo con el objeto de
elaborar principios y directrices para la acción que
contribuyan a la protección efectiva del derecho a la
defensa de los derechos humanos.
CENSURAN DIMISION. Diputados de ARENA y PDC demandaron del
Inspector General de la PNC, Víctor Valle, reconsiderar su
renuncia al cargo. "El Gobierno está obligado a buscar una
conversación con el funcionario", reveló el Ministro
de Seguridad, Hugo Barrera. La Procuradora para la Defensa de los
Derechos Humanos, Victoria Marina de Avilés, se sumó
a la petición para que Valle reconsidere la renuncia, porque
según ella es "una persona eficiente, competente y apta para
desempeñar un eficiente papel al frente de la
inspectoría". El Vicepresidente de la Asamblea Legislativa
y diputado del PDC, Arístides Alvarenga, externó su
preocupación por la renuncia sorpresiva de Valle, y
demandó del gobierno un análisis minucioso y una
amplia conversación con el Inspector de la PNC para aclarar
diferencias y permitirle cumplir su trabajo. Sin embargo, Hugo
Barrera señaló que de darse la renuncia
asumiría el cargo temporalmente el Inspector Adjunto, Rudy
Medina. Por su parte, Salvador Sánchez Cerén,
coordinador del FMLN, sostuvo que la renuncia de Valle
podría ser una trama para dejar al frente al Inspector
Adjunto, Rudy Medina, "que fue cuestionado por la sociedad y tiene
un recurso de inconstitucionalidad, por lo que sería
incongruente que asumiera la Inspectoría". "La renuncia
obedece a que no le han dado las condiciones para desarrollar una
inspectoría independiente", indicó Sánchez
Cerén (LPG 21.06 p.21-a y DH 21.06 p.6).LIBERAN ALCALDE. El Alcalde de La Libertad, Dagoberto Adolfo Araujo
Funes, acusado de varios delitos, quedó en libertad el
20.06, luego de cancelar una fianza por medio millón de
colones: Mientras tanto, los representantes de la Fiscalía
General de la República externaron su inconformidad con la
medida cautelar aplicada al funcionario. Araujo quedó en
libertad luego de que la Corte Suprema de Justicia resolviera, en
base a tratados internacionales, cambiarle la detención
provisional en que se encontraba por otra medida cautelar; la
medida preventiva aplicada por el juez Segundo de Hacienda,
Saúl Cañénguez, fue el pago de una fianza. Los
abogados defensores de Araujo, Federico Flamenco y Julio
César Ríos, presentaron el 20.06 como fianza la
hipoteca de dos propiedades de más de cinco manzanas,
valoradas en más de 2 millones de colones y que están
ubicadas en la Libertad. Recientemente, Cañénguez
aclaró que la fianza cancelada garantizará que Araujo
se presente a los tribunales de Justicia, cuando le sea solicitado.
No obstante, representantes de la FGR externaron su desacuerdo con
la libertad bajo fianza otorgada a Araujo, por lo que
pedirán a Cañénguez que le aplique otra medida
cautelar al funcionario municipal, como el arresto domiciliario.
Araujo manifestó que continuará en su cargo y que
tratará de comprobar que no cometió los delitos que
se le imputan. Al ser cuestionado acerca de la usurpación de
las playas, Araujo sostuvo que si se "cometen errores" ha sido con
base en la utilización de la "constitución de los
alcaldes" [el Código Municipal] por lo que pidió a
las autoridades municipales y judiciales que estudien a profundidad
el escrito (LPG 21.06 p.20-a).