Propuestas y publicaciones

 
Balance 2010
  Elementos para una política de prevención de violencia
   
  Los derechos humanos en el 2009
   
El IDHUCA ante la suspensión de elección de magistrados a la Corte Suprema de Justicia
 
Recurso de amparo presentado por el IDHUCA por permitirsele al fiscal adjunto asumir como Fiscal General
 
Observatorio electoral 2004
 
Justiciabilidad de los derechos económicos sociales y culturales
 
El IDHUCA ante la propuesta de Ley Antiterrorista
 
Posición del IDHUCA ante el proyecto de Código Procesal Penal
 
Derechos humanos, pactos y elecciones. Cátedra de realidad nacional
 
La ILEA en El Salvador
 
La verdadera paz, pues, es fruto de la justicia. El IDHUCA ante los quince años del acuerdo de Chapultepec
 
Propuesta del IDHUCA para la elección del Fiscal General de la República
 
El Salvador: protección a peritos, testigos y víctimas en procesos penales
 
La agenda pendiente, diez años después
 
Análisis del IDHUCA sobre la Ley Antimaras y propuestas de reformas

Elementos para una política de prevención de violencia

Está claro que los problemas de violencia, delincuencia y criminalidad que vive El Salvador desde la posguerra y que se han acentuado en los últimos cinco años hasta convertirse en el problema principal que preocupa a la sociedad, es multicausal (salud, educación, empleo, policía, judicial…) y como tal requiere un abordaje multidisciplinario que atienda la causalidad, dimensión, características y las consecuencias de cada uno de los aspectos violentos intervinientes. Si bien tal argumentación es simple, no lo son las formas operativas de enfrentar la violencia, por el contrario representan un desafío extraordinario por vencer que toma su tiempo.

Los elementos para una política de prevención de violencia están orientados a la realización de acciones estatales y societales, dirigidos a establecer las condiciones para que la sociedad salvadoreña disfrute de un bien público denominado seguridad ciudadana. Se trata de que cada uno/a de los salvadoreños/as gocen de un entorno de tranquilidad individual y colectiva para el ejercicio pleno de sus derechos y libertades al tiempo que actúan y establecen las condiciones que procuren la seguridad.

El IDHUCA está convencido de que prevenir la violencia es la estrategia ideal para garantizar la creación de condiciones de sostenibilidad para un entorno de seguridad de la ciudadanía, de ahí que el énfasis de los elementos para una política de prevención de la violencia tiene dos signos que le caracterizan, el primero es la participación organizada de los diferentes actores sociales y el segundo es el acento en los jóvenes.

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Los derechos humanos en el 2009

El balance sobre la situación de los derechos humanos en El Salvador durante el 2009, que tradicionalmente elabora el Instituto de Derechos Humanos de la Universidad Centroamericana “José Simeón Cañas” (IDHUCA), no dista demasiado del realizado el año anterior respecto a los avances y retrocesos en la materia; sin embargo, dos hechos caracterizan el actual. El primero: la profundización de la crisis mundial, según la cual se asegura que el país “tocó fondo”. Lo interesante de ese entorno crítico es que no queda alternativa más que emerger; como bien dice Joan Manuel Serrat: “Bienaventurados los que están en el fondo del pozo porque de ahí en adelante sólo cabe ir mejorando”. El segundo: la llegada al Ejecutivo de una administración identificada con las más altas aspiraciones de las mayorías populares, encabezada por un presidente quien asegura que su fuente de inspiración proviene del legado de monseñor Óscar Arnulfo Romero y Galdámez, el obispo mártir. 

El resultado de este proceso de investigación, análisis y reflexión puede resumirse en una frase: el 2009 fue un mal año, pero coloreado por algunas esperanzas. Los efectos rezagados de la crisis mundial hicieron que la economía nacional retrocediera hasta su contracción, impactando los desequilibrios consuetudinarios en la balanza comercial y la fiscal. El presente documento revela con crudeza que, año con año, se evidencian carencias las cuales se van acumulando y que –al tiempo que impiden el despegue de aquella– refuerzan el círculo perverso de exclusión, marginación y pobreza. De manera contradictoria, frente a los saldos rojos del año emergen caprichosamente los anhelos o– quizás– las necesidades irreductibles de las mayorías.

Las expectativas optimistas generadas por la llegada del Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional (FMLN) y Mauricio Funes a ocupar el Órgano Ejecutivo por primera vez en la historia del país, apuntaban a que ahora sí se resolverían viejos problemas con una inercia en la que el deseo es más fuerte que las restricciones; ese fue el signo del segundo semestre del año. Interpretando tal dinámica, dominó la idea de que la llegada del “gobierno del cambio” haría resplandecer la esperanza y con ella vendría la remoción de las injusticias estructurales. Pero más allá de las aspiraciones y de las buenas intenciones, existen pocas razones que induzcan a confiar en la materialización práctica de ese buen ánimo.

Planteado desde el pensamuiento del rector mártir, Ignacio Ellacuría, los derechos humanos no deben convertirse en una inacabable enumeración de preceptos que al final terminan siendo anhelos frustrados para las mayorías populares. Por ello, en la presente reflexión conviene realizar un examen de los mismos priorizando lo más urgente pero considerando dos etapas. Una: la de cierre de la administración de Antonio Saca, quien clausuró el último día de mayo la permanencia de Alianza Republicana Nacionalista (ARENA) en el gobierno central durante cuatro períodos, con regímenes autocráticos e ideológicamente conservadores y derechistas que se encargaron de crear y reproducir modelos de funcionamiento en favor de una minoría colocada encima del bien común. La segunda, de junio a diciembre, con una administración –la del presidente Funes– signada por una suerte de promesas por cumplir que se impuso con el lema de campaña: “Nace la esperanza, viene el cambio”.

A lo largo de los últimos veinte años –con dieciocho sin guerra– el marco normativo y las instituciones creadas o recreadas, estructuradas o reestructuradas, organizadas o reorganizadas para el desarrollo normal del país, no trabajaron en función de eso sino que se dedicaron a garantizar el resguardo de privilegios particulares. El funcionamiento, la actuación, las costumbres institucionales en las últimas dos décadas desarrollaron un tinglado de reglas tácitas que condicionaron la actuación de actores públicos y privados, al punto de coaccionar a las disidencias y manipular la opinión pública a través de estrategias publicitarias meticulosamente diseñadas para la creación de imágenes sugestivas pero artificiales.

Esa pérfida costumbre se fue asentando y los males derivados de la misma fueron soportados por la población con estoicismo; las actuaciones indebidas y los vicios generalizados de diversos actores públicos, que se hicieron cada vez más frecuentes hasta convertirse en el pan de cada día, gozaron del beneplácito de casi todos los medios de difusión masiva; ante la falta de aplicación de las leyes e independencia de poderes prevaleció la indiferencia ciudadana, más preocupada por resolver sus propias urgencias. Los ejemplos de conductas impropias  abundan: solicitud de “mordidas”, licitaciones amañadas, gastos reservados, la llamada “flexibilización laboral”, el nombramiento tardío de magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) así como el Fiscal General y el Procurador General de la República.

En suma, la sociedad salvadoreña –como pretendieron los integrantes de la Comisión de la Verdad– transitó de la locura a la esperanza pero por un muy corto tiempo; a esta última la “rentearon” y asesinaron quienes debían convertirla en una realidad en la línea del cumplimiento exacto del Acuerdo de Ginebra. En lugar de conducir bien esa transición, se pasó del estado de locura durante la guerra al de la impunidad discrecional en la posguerra y de ahí a uno de desorden que propició –por lógica– mayor delincuencia común y crimen organizado con sus consecuencias violentas y fatales. Ese resultado no deseado por la sociedad, provino de la irresponsabilidad rampante que ha caracterizado a la administración pública salvadoreña durante las últimas dos décadas. Y en esto no debe incluirse sólo las dependencias del Órgano Ejecutivo, empezando por su cabeza; también tienen su parte de responsabilidad el Legislativo y la Fiscalía General de la República (FGR), entre otras entidades.

El paso de ese estado delincuencial y de impunidad discrecional al Estado de Derecho, no es automático ni se conseguirá sin más sólo con sentar en la silla presidencial a alguien que no es de ARENA. Los siete meses transcurridos de junio a diciembre del 2009, fueron insuficientes para remover todos los obstáculos erigidos por la injusticia estructural e histórica; apenas bastaron para que las nuevas autoridades tuvieran claro el diagnóstico, ya no como oposición sino como gobierno central, y comenzaran a aplicar medidas para el tratamiento de esas graves “enfermedades” sociales; en ese período, el cambio prometido hizo crecer la esperanza de que al menos se aplicaría la ley, operarían las instituciones y se combatirían las causas estructurales de los problemas para avanzar hacia el desarrollo, la justicia social y la equidad.

La imaginación ilusionada del inconsciente colectivo vio en el horizonte la posibilidad de superar –ahora sí– uno a uno los problemas de violencia, destrabajo, impunidad e ineficacia institucional para pasar a resolver asuntos estratégicos como el de la profunda brecha de la desigualdad social. Pero tanto lo primero como lo segundo no se logrará sin la determinación clara de que es necesario desarrollar una ciudadanía fuerte y demandante, esto debe entenderse como la participación de la gente organizada o no desde la niñez, la juventud y la población adulta en la defensa de sus derechos en todos los ámbitos; participación ciudadana activa e inteligente, para alcanzar verdad, justicia y reparación integral para las víctimas de antes, durante y después de la guerra, afectadas tanto en sus derechos civiles y políticos como en los económicos, sociales, culturales y ambientales. Si las políticas estatales continúan diciéndoles que no es el momento y dejándolas para más tarde, no habrá ni democracia ni armonía en el país.

La certeza de que el actual gobierno no podrá zanjar del todo esas deudas con las mayorías populares, exige comenzar hacer todos los esfuerzos para impulsar lo posible hasta ahora imposible; eso reclama un compromiso audaz para la puesta en marcha de un plan que establezca los pasos a dar para encarar cada desafío, de tal suerte que sea posible el respeto irrestricto de los derechos humanos sin distingo. Por el contrario, si esta administración no despega y continúa con prácticas del pasado, aunque con diferentes formas, se postergará la superación de los males.

Como se apuntó, la esperanza flotó y se palpó en el ambiente de junio en adelante durante el 2009 porque mucha gente confió en la voluntad decidida de impulsar un cambio transformador y visionario que proyecte a El Salvador hacia la justicia en todos los ámbitos como fundamento indispensable de la paz. Quedan cincuenta y cuatro meses para evaluar si se cumplieron las promesas; si se pasó de la palabra a la acción. Este balance de derechos humanos pretende contribuir a establecer la requerida auditoría social, objetiva y permanente, a fin de ofrecer algunos insumos que sirvan para ello. También intenta contribuir a incentivar la participación consciente e informada de la población para exigir lo que por derecho corresponde: vivir con dignidad.

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El IDHUCA ante la suspensión de elección de magistrados a la Corte Suprema de Justicia

“Ves cosas y dices, ¿por qué?
Pero yo veo cosas y digo,
¿por qué no?”
(Sir George Bernard Shaw)

 ¿Da cólera lo que ha hecho la llamada “clase política” con el país después de la guerra? ¿Indigna que lo haya maltratado, manoseando las instituciones estatales que tantas vidas y dolor costaron al pueblo para crearlas y recrearlas? ¿Se puede aguantar más, permitiendo que se siga haciendo de forma impune?

Sí, da cólera e indigna. Pero de poco sirve gente enojada e indignada si no hace nada colectivo, firme y eficaz por revertir el rumbo de un Estado que transita de tiempos muy difíciles −conflicto armado y dilatada posguerra− adías peligrosos de crisis que ya tienen ubicado a El Salvador en una situación económica y social similar, al menos, a la de hace una década. El gran riesgo está en que, además, su agravamiento reedite −más allá del tiempo y las obvias diferencias− condiciones políticas de violencia, graves violaciones de derechos humanos y choques recurrentes entre fuerzas de seguridad y grupos sociales exigiendo el cumplimiento de sus demandas, como en la década de 1970.

¿Estaba bien el país antes de las crisis financiera, alimentaria y energética globales? ¡No! Esos golpes sólo se suman a los que, en El Salvador, le han pegado los partidos políticos a la esperanza de una sociedad que imaginó el inicio de una nueva convivencia, tras la firma de los acuerdos de paz. Pero eso no se logró a plenitud y, en el entorno actual, lo poco que se avanzó está amenazado. Aquellos se dedicaron a roer las herramientas básicas para realizar ese anhelo: las instituciones mandadas a combatir el crimen y superar la impunidad, mediante una buena investigación del delito y una cabal impartición de justicia. Léase: Fiscalía General de la República (FGR) y Corte Suprema de Justicia (CSJ). Porque −dice Martin Luther King− “la verdadera paz no se caracteriza por la ausencia de tensiones, sino por la presencia de la justicia”.

Con una FGR y una CSJ conducidas por personas idóneas, técnicamente capaces y con estatura moral, se podría enfrentar esa impunidad que cobija la corrupción, el crimen organizado, la violencia en sus diversas expresiones −sobre todo la que lesiona la dignidad de mujeres, niñas, niños y jóvenes− y otros actos que perjudican a la población en lo económico, político y social.

Pero no. Y los partidos políticos, no pagan la factura por el daño que le causan a una sociedad agobiada por el deterioro de su calidad de vida, la inseguridad y el mal uso de los fondos públicos. También por la falta de acción ciudadana −fruto del desencanto o la prioridad de la subsistencia− y las acciones de grupos “dirigidos”, escasos de imaginación por su sumisión al pensamiento único que es propio de cualquier “comisión política”.

Lo último que ha ocurrido podría calificare como el colmo, pero la realidad partidista del país no da para eso porque nadie puede asegurar que pase algo peor en este “Macondo” institucional salvadoreño. No hay Fiscal General y la Sala de lo Constitucional de la CSJ −la más censurable de la posguerra hasta hoy, salvo por el actuar de la magistrada Victoria Marina Velásquez de Avilés− ha detenido la elección de sus nuevos integrantes tras admitir una demanda de Amparo, infundada a todas luces, en favor de Michelle Gallardo de Gutiérrez.

Responsables de eso y de sus graves consecuencias para el país son el Consejo Nacional de la Judicatura y la Sala de lo Constitucional, a excepción del caso de la mencionada magistrada; pero, sobre todo, las diputadas y los diputados que designaron sus miembros a partir de intereses particulares, mezquinos y censurables, del todo alejados de los que deberían prevalecer: los de la Nación.

La condena moral, política e histórica a quienes dañaron y dañan las instituciones estatales es un acto de dignidad nacional que debe expresarse en hechos concretos y efectivos, dentro y fuera del país. El Instituto de Derechos Humanos de la UCA presentó el pasado lunes 11 de mayo, demanda de Amparo y amicus curiae en apoyo al voto razonado de la magistrada Velásquez de Avilés. El IDHUCA analiza otras iniciativas, a fin lograr que −ante afrentas al país como las citadas− en El Salvador se pase del por qué ocurren los males al porqué no se castiga a los malos, con amor por la justicia.

San Salvador, miércoles 13 de mayo del 2009.

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Declaran improcedente el amparo del IDHUCA

Hace quince días el IDHUCA presentó ante la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) una demanda de amparo contra José Néstor Mauricio Castaneda Soto, Julio Enrique Acosta Baires y Mauricio Alfredo Clará, todos magistrados propietarios del mencionado órgano estatal. El motivo: ordenar a la Asamblea Legislativa detener la elección de las personas que deberían integrar, a partir del 1 de junio del 2009, la CSJ. Los mismos funcionarios que resolvieron lo cuestionado, decidieron declarar improcedente la iniciativa del IDHUCA y mantuvieron el fallo que podría dejar acéfala al máximo tribunal de justicia a partir del 1 de julio de este año.

La Sala de lo Constitucional ha violado la independencia de poderes de los órganos estatales al inmiscuirse en las competencias del Legislativo, impidiendo que nombre a los magistrados y las magistradas que deben incorporarse en esa fecha. Así, están violando los derechos de toda la población a la seguridad jurídica y a la protección en la conservación y defensa de sus derechos humanos, consagrados en la Carta Magna salvadoreña. El excesivo formalismo de los magistrados citados y su parcialidad al conocer y resolver ellos sobre sus mismas decisiones inconstitucionales, atenta contra la impartición de una pronta y cumplida justicia.

Es lamentable que se sigan minando las bases de la institucionalidad salvadoreña. No sólo esta Sala de la CSJ impide la mencionada elección; también los diputados y las diputadas han sido incapaces de escoger un Fiscal General independiente, valiente y competente. Urge que toda la administración pública comprenda la delicada tarea que enfrenta y cumpla responsablemente sus funciones, sobre todo cuando el crimen organizado y el narcotráfico están posicionados en la región y la han infiltrado. Debe entonces colocar en primer lugar de su quehacer el bien común, eligiendo a quienes mejor convenga al país y no a los partidos políticos.

Finalmente, el IDHUCA exhorta a la ciudadanía a que asuma un papel activo en la defensa de las instituciones. Mucha sangre se derramó para que este fuera un país decente. Por la memoria de toda la gente que luchó por eso y para legar un mejor futuro para la niñez y la juventud, es necesario que todos y todas participen de forma creativa y pacífica, pero también firme, en las decisiones trascendentales para la sociedad salvadoreña

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Recurso de amparo presentado por el IDHUCA por permitirsele al fiscal adjunto asumir como Fiscal General

 

Resolución de la Corte Suprema de Justicia

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Observatorio electoral 2004

Las elecciones constituyen uno de los pilares en los que se basa el ejercicio de los derechos políticos de las y los salvadoreños. Su desarrollo transparente en condiciones de igualdad y libertad, por citar algo fundamental, sirve para promover la democracia y darle legitimidad a este ejercicio ciudadano. Sin embargo, este no es un fin en sí mismo; es apenas la mejor vía para llegar a otro cometido mucho más elevado: el bien común, que incluye el hecho de que la sociedad entera participe en la delegación del poder político y posteriormente tenga la capacidad de controlarlo.

Esta formación de gobierno tiene, a su vez, relación con la plena sujeción de los funcionarios electos a las leyes y con el respeto a los límites que establecen los derechos humanos, cuyo goce integral depende del ejercicio racional del poder a favor de las mayorías gobernadas. La Carta Democrática de la Organización de los Estados Americanos (OEA) establece en el artículo 3:

“Son elementos esenciales de la democracia representativa, entre otros, el respeto a los derechos humanos y las libertades fundamentales; el acceso al poder y su ejercicio con sujeción al estado de derecho; la celebración de elecciones periódicas, libres, justas y basadas en el sufragio universal y secreto como expresión de la soberanía del pueblo; el régimen plural de partidos y organizaciones políticas; y la separación e independencia de los poderes públicos.”

Esta Carta además de contemplar aspectos formales de la democracia representativa reconoce que la participación ciudadana en las decisiones relativas a su propio desarrollo es un derecho y una responsabilidad, los Estados tienen la obligación de “promover y fomentar diversas formas de participación para fortalecer la democracia.

Con las elecciones se pueden alcanzar –en parte– algunos de estos objetivos y construir una democracia formal en la que se desplieguen actores políticos y sociales, leyes e instituciones que garanticen el cumplimiento de un verdadero Estado de Derecho. Además, constituyen la puerta de entrada para verificar que los gobernantes elegidos trabajen por alcanzar una democracia real, es decir, aquella en que existen “oportunidades cada vez mayores y mejores, para una vida digna de amplio impacto; ésta también exige la existencia de condiciones para que toda la población, sin distingo alguno, pueda aprovechar esas oportunidades”.

Tras el fin de la guerra y la firma de los Acuerdos de Paz, El Salvador adecuó su marco legal y su institucionalidad a la nueva realidad democrática. Pese a ello, no puede darse por sentada la existencia de cambios relevantes en la práctica política, debido a la constante debilidad del Tribunal Supremo Electoral (TSE) como ente rector de la administración y organización de las elecciones, además del desempeño éticamente cuestionable de los partidos políticos en la solución de los principales problemas de la población.

En la práctica, los esfuerzos por establecer y consolidar la democracia salvadoreña han encontrado algunas limitantes en los eventos electorales de la última década del siglo pasado y los desarrollados en los últimos años del presente, caracterizados por la baja participación de votantes en los comicios y la poca credibilidad en los partidos políticos. El grado de abstencionismo en las elecciones presidenciales de 1999 se destacó por ser uno de los más elevados: 61.4%.

En el presente informe se ofrecen argumentos a favor del ejercicio de un voto consciente y razonado, y se cristaliza una observación de lo ocurrido antes, durante y después de las elecciones presidenciales del 21 de marzo de 2004. De ahí se parte para realizar un balance de tales comicios y se extrae aquellas reflexiones que permitirían mejorar y valorar aspectos que inciden en la calidad de la democracia que se pretende construir.

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Justiciabilidad de los derechos económicos, sociales y culturales

Diversos instrumentos internacionales reconocen los derechos a la educación, al trabajo, a la salud, a la seguridad social, a la alimentación, a la vivienda, a un nivel de vida adecuado y a un medio ambiente sano, entre otros; consideran, además, que su satisfacción resulta necesaria para garantizar la dignidad humana de toda la población. La dignidad humana suele definirse como “un valor espiritual y moral inherente a la persona que ha de permanecer inalterado cualquiera que sea la situación en la que la persona se encuentra, constituyendo un mínimo invulnerable que todo estatuto jurídico debe asegurar”. Como se observa, este tipo de definición es demasiado abstracta, pues no establece los límites de dicho valor y tampoco señala las maneras a través de las cuales se atenta en su contra.

En ese sentido, la dignidad humana es un concepto complicado que suele invocarse constantemente para justificar la existencia de algún derecho. Casi siempre se hace de forma vaga y carente de argumentación respecto a su definición. Por lo tanto, el uso de este concepto en el ámbito de los derechos humanos es con frecuencia retórico, repleto de lógica circular y redundancias que no logra precisión. Se pretende concebir el contenido de la dignidad humana como valores presumiblemente intuitivos y a veces sin acceso desde la racionalidad.

Resulta llamativo que el principio de la dignidad humana en el cual se basa el ordenamiento de todos los derechos humanos, la democracia y los sistemas judiciales de los Estados, reciba poca atención académica en el ámbito legal. En contraste, su contenido ha sido desarrollado desde diversas posturas filosóficas a través de los siglos, tanto desde el punto de vista religioso como del secular.

Conocer los principales argumentos que se han elaborado acerca de la dignidad humana, es importante para entender cómo este concepto ha llegado a ser universalmente aceptado dentro del marco legal actual. La idea de que los seres humanos tienen una cualidad intrínseca que los distingue de los otros animales y los hace superiores a ellos, ha dominado implícita o explícitamente en el pensamiento de la humanidad a través de casi toda la historia. Esta concepción se encuentra tanto en el pensamiento judeocristiano como en el griego, los cuales constituyen las fuentes del pensamiento occidental que –a su vez– ha dominado en materia de derecho internacional.

La concepción del ser humano como “imagen de Dios” y poseedor de libre albedrío, sigue teniendo una tremenda influencia en los tiempos modernos; aunque, cabe reconocerlo, el respeto al pluralismo religioso y la libertad de creencia prohíbe su planteamiento explícito en el texto de los instrumentos internacionales como fundamento de la dignidad humana. En efecto, con el inicio de la modernidad se realizaron reflexiones acerca de la dignidad humana basadas en la razón, dejando de lado las afirmaciones dogmático religiosas. Una de las posturas más notables fue la de Emmanuel Kant, para quien todos los seres humanos tienen dignidad y son merecedores de respeto porque son los únicos seres auto legisladores, capaces de dictar una ley moral a sí mismos. Por lo tanto, esta autonomía moral conlleva la idea de que el ser humano sólo puede ser un fin en sí mismo y nunca utilizado como un medio.

Por otro lado, en la segunda mitad del siglo pasado John Rawls planteó que la justicia –la cual incluye el respeto por la dignidad humana– se alcanzaría si las reglas para la sociedad fueran establecidas bajo una
“vela de ignorancia” en la cual nadie conociera ni su posición social y económica ni sus habilidades mentales y físicas, ya que toda persona racional optaría por incluir varias protecciones para los más débiles. Existen otras posturas racionales que explican la dignidad humana desde diferentes puntos de vista, pero ninguna puede ponderarse como la predominante. En efecto, la falta de debate sobre este tema en la esfera del derecho internacional puede ser deliberada por el hecho deque “un ordenamiento jurídico que respete la libertad ideológica y religiosa de la persona, y que permanezca fiel al principio de laicidad o neutralidad ideológica, no puede concretar el fundamento último de la dignidad de la persona, pues ello supondría privar a sus ciudadanos de la libertad para deducir el fundamento último de la dignidad del ser humano en función de su forma de entender el mundo”. De esta manera, la noción de dignidad humana ha llegado a ser un valor con aceptación universal sin que tenga el mismo nivel de unanimidad con relación a sus fundamentos teóricos.

Atendido lo anterior, surgen dos cuestiones claves para los derechos humanos incluidas en el concepto de dignidad humana arriba citado. La primera consiste en que ésta no depende de ningún otro comportamiento o cualidad del individuo; por ende, no existe ninguna justificación para que un ser humano pierda su dignidad o alguien pretenda quitársela. La segunda es la igualdad en dignidad de los seres humanos. Toda persona tiene la misma. Entonces, la universalidad de la dignidad humana requiere que todas las personas vivan en un estado de igualdad. Es decir, la persona más rica y poderosa tiene la misma dignidad humana que la persona más pobre y marginada.

Con la aceptación de los principios de universalidad e igualdad, la dignidad humana ha servido como fundamento de todos los derechos humanos. Sin embargo, la manera como se ha podido desarrollar su contenido es a través de un “consenso gradual” sobre la primacía de los derechos humanos. Como parte de este consenso aparecen los DESC, entendidos como derechos de las personas para el ejercicio efectivo de su dignidad.

Muchas han sido las interpretaciones sobre los DESC y su relación con la dignidad humana. En el presente documento se defiende la postura que considera a los DESC como necesarios para el pleno goce de los otros derechos humanos, tanto civiles como políticos. Esta postura choca con las perspectivas “restrictivas”, que considera que los derechos civiles y políticos no tienen ninguna interrelación con los DESC.

Una de estas nociones “restrictivas” afirma que los derechos humanos se dividen en tres distintas “generaciones” y que cada una de éstas requiere el cumplimiento de diferentes tipos de obligaciones por parte de los Estados. Tal línea de pensamiento se popularizó en 1977 debido a los esfuerzos de Karel Vasak, quien entonces se convirtió en el asesor jurídico del Comité Económico, Social y Cultural de Naciones Unidas.3 Según esta teoría, la “primera generación” correspondía a los derechos consagrados en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP). Se conocieron como derechos “negativos” porque, se afirmó, el deber estatal limitaba a no interferir. En la “segunda generación” se incluyeron los DESC, cuyos antecedentes se encuentran en las proclamas de las revoluciones rusa y mexicana; éstos quedaron registrados en el Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales (PIDESC), cuyas obligaciones estatales son de índole positiva; es decir, de prestación. Intrínsicamente ligados a esta concepción, los derechos de “primera generación” son no sólo más justiciables sino que superiores a los de “segunda generación”.

La postura sobre la existencia de distintas obligaciones estatales según la “generación” de derechos humanos, ha sido superada por una visión integral acerca de los mismos. Un enfoque “generacional” o cualquier otro que no reconozca la interrelación de todos los derechos humanos, deriva en una discriminación que fomenta y refuerza la desigualdad social. En efecto, se ha optado por una visión integral de los derechos humanos que comprende los DESC como “los límites mínimos que debe cubrir el Estado en materia económica y social para garantizar el funcionamiento de sociedades justas y para legitimar su propia existencia”.

Dicha conceptualización integral de los derechos humanos resulta esencial para la dignidad humana y es el punto de partida adecuado para desarrollar el tema de la justiciabilidad de los DESC. En tal sentido, la Declaración de Viena de 1993 reafirma la siguiente norma: “Todos los derechos humanos son universales, interdependientes e interrelacionados. La comunidadinternacional debe tratar los derechos humanos globalmente de forma justa y equitativa, en pie de igualdad y con el mismo énfasis”.5 En efecto, cualquier
argumento que menosprecie los DESC es inaceptable en todo contexto jurídico, sea nacional o internacional.

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El IDHUCA ante la propuesta de Ley Antiterrorista

La lucha contra el terrorismo no puede desvincularse de la protección de los derechos humanos y la democracia; éstas son responsabilidades complementarias de los Estados. Precisamente, el fin último de cualquier campaña a desarrollar contra ese fenómeno es preservar la institucionalidad democrática, el respeto de la ley y la vigencia de los derechos humanos; no lo contrario.

Partiendo de lo anterior, a continuación se exponen las consideraciones del IDHUCA en lo relativo a la propuesta de una Ley Antiterrorista que, en la actualidad, se está discutiendo dentro de la Asamblea Legislativa y en algunos espacios de la sociedad salvadoreña. Tras presentar un breve marco referencial desde el derecho internacional de los derechos humanos, el Instituto establece su posición frente al mencionado proyecto de normativa y a la manera de regular internamente las medidas para la prevención y el combate del terrorismo. Como anexo, a petición de la denominada Comisión Ad-Hoc para Estudiar el Tema de la Ley Antiterrorista, se incluyen las “propuestas concretas de redacción por escrito” de algunos artículos incluidos en dicho proyecto de Ley.

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Posición del IDHUCA ante el proyecto de Código Procesal Penal

Es un hecho objetivo que la realidad es dinámica y, por tanto, está sujeta a transformaciones permanentes. Ante eso, el Derecho debe estar en sintonía con dichos cambios sociales, económicos y políticos para intentar mantener la armonía y –de alguna manera– la cohesión entre todas las personas y los sectores de una colectividad.

Ello ocasiona que todas las leyes, de la naturaleza que fueren, son susceptiblesa modificaciones de acuerdo con los signos de los tiempos y las necesidades concretas de los pueblos. En esa línea, las normativas penal y procesal penal no son la excepción; deben, necesariamente, adaptarse a las exigencias que demanda la realidad así como a la propia evolución jurídica de las principales conceptos e instituciones.

Así, es indiscutible que cualquier Derecho Penal o Procesal Penal moderno deben incluir en sus disposiciones todos los componentes y aportes sobre garantías y derechos fundamentales que devienen de los grandes avances en materia de derechos humanos. De igual forma, se deben considerar el lamentable incremento y perfeccionamiento que ha tenido la delincuencia nacional y transnacional, sobre todo la organizada, la cual ha penetrado vitales instituciones estatales y amenaza con socavarlas.

Pero, además, se debe traer a colación de manera muy especial las realidades cultural, social, histórica y hasta política en las que se va a aplicar dichas disposiciones legales; ignorar estos aspectos contextuales básicos puede volver ineficientes o inútiles los propósitos contenidos en cualquier legislación.

Con estas breves palabras se pretende irle abriendo campo a la discusión integral sobre el proyecto de Código Procesal Penal propuesto por la Comisiónad hoc para el estudio del mismo, presentado en noviembre del 2007 ala Asamblea Legislativa por la Unidad Técnica Ejecutiva del Sector de Justicia y con el cual –de ser aprobado– se pretende derogar el Código Procesal Penal vigente desde abril de 1998.

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Derechos humanos, pactos y elecciones. Cátedra de realidad nacional (14-11-2007)

Reflexionar sobre estos asuntos en la realidad de nuestro país, profundamente dividido en diversos y esenciales ámbitos, no es tan difícil; pero tampoco es tan satisfactorio. No es difícil, porque las cosas están claras. Pero no es grato porque esa claridad no la genera una luz al final del túnel, sino que es producto de un escenario en el cual son demasiado obvias las posiciones intolerantes, con poca o nula perspectiva de Patria y a veces hasta torpes, que no alcanzan a ver en la persona humana “el origen y el fin de la actividad del Estado” como ordena el primer artículo constitucional. Eso ocurre, pese a contar con documentos internacionales y acuerdos nacionales –junto a opiniones y propuestas de una sociedad preocupada por el rumbo del país– que bien podrían orientar a cualquiera con la suficiente voluntad y la necesaria destreza para culminar con éxito el proceso de pacificación nacional cuyos componentes fundamentales se establecieron en Ginebra, el 4 de abril de 1990, con la rúbrica de las representaciones estatal e insurgente.

El fin del conflicto armado era el primero de esos grandes pasos a dar para llegar a la paz. Pero a ese le seguían otros tres: “impulsar la democratización del país, garantizar el irrestricto respeto de los derechos humanos y reunificar a la sociedad salvadoreña”. El del inicio, aparentemente el más complicado, se dio y muy bien. Acabó la guerra “por la vía política al más corto plazo posible”, sin que un solo proyectil se cruzara y mucho menos un combate se entablara entre los ejércitos gubernamental y guerrillero. Pero, ¿y los demás? El análisis de lo ocurrido lo hago desde el trabajo del IDHUCA, cuyo origen y fin –en palabras de su fundador, el mártir Segundo Montes– es la mayoría de la población que “lejos de poder satisfacer sus necesidades básicas”, es víctima de “una secular situación de injusticia estructural” y de “múltiples formas de violencia”.

De 1980 en adelante, las perspectivas de una real democratización se alejaron más y sólo volvieron a presentarse cuando acabó la guerra. Bien había quedado establecido en el citado Acuerdo de Ginebra, el que marcó el rumbo del proceso a impulsar, que esa era el siguiente paso. ¿Qué ha ocurrió en ese ámbito? ¿Se avanzó? ¿Cuánto? ¿Por qué? La Carta Democrática Interamericana señala en su segundo artículo lo siguiente: “El ejercicio efectivo de la democracia representativa es la base del estado de derecho y los regímenes constitucionales de los Estados Miembros de la Organización de los Estados Americanos. La democracia representativa se refuerza y profundiza con la participación permanente, ética y responsable de la ciudadanía en un marco de legalidad conforme al respectivo orden constitucional”.

¿Participa en esas condiciones la población salvadoreña para profundizar, así, la democracia representativa en el país? Comencemos por algo de lo más relevante: las “reglas del juego” las quebranta cualquiera de manera impune, sobre todo las autoridades encargadas de garantizar que sean respetables y respetadas. Es el caso, primero, de la Asamblea Legislativa que el 21 de julio del 2004 acordó incluir nombrar magistrado del Tribunal Supremo Electoral a Julio Moreno Niños violando, flagrante y descaradamente, la Constitución. Tres años después y pese a que hay más de un recurso admitido por la llamada Corte “Suprema” de Justicia impugnando la elección de Moreno Niños, el ente rector de los comicios –integrado de esa forma– ha adoptado decisiones cruciales que sólo han contribuido a una mayor polarización partidista y al deterioro de la credibilidad ciudadana en la supuesta “democracia” salvadoreña; “democracia” que como una especie de Rey Midas, pero al revés, para mal nacional convierte en indigno lo que debería florecer como supremo: impartir justicia y ejercer el sufragio.

Pero la democracia no termina ahí, según la Carta Democrática Interamericana. Su cuarto artículo establece los “componentes fundamentales del ejercicio de la democracia”: transparencia de las actividades gubernamentales, probidad y responsabilidad de los gobiernos en la gestión pública; respeto de los derechos sociales así como la libertad de expresión y de prensa; y subordinación constitucional de todas las instituciones estatales a la autoridad civil legalmente constituida y el respeto al Estado de Derecho por parte de todas las entidades y todos los sectores de la sociedad.

¿Está el gobierno salvadoreño en la posibilidad de dar la cara sin temor para sostener su solvencia en estos temas? ¿Es una buena carta de presentación el hecho de que sólo acá –a diferencia del resto de países en la región latinoamericana– nunca se haya denunciado e investigado en serio, procesado en los tribunales, sancionado como manda la ley y detenido aunque sea en “jaula de oro” a un ex presidente de la República por corrupción y/o por su responsabilidad en graves violaciones de derechos humanos? ¿Será que todos han sido hombres probos, inmaculados, dignos de toda fe, merecedores del reconocimiento y la gratitud de la sociedad entera? ¿O será que el férreo control de las dos instituciones que tapan la cloaca donde se esconden los delincuentes de cuello blanco y los de camisa ensangrentada –Fiscalía General de la República y Corte de Cuentas– les permiten a esos y otros siniestros personajes de la vida política, económica y social permanecer impunes?

¿Hablamos también del respeto de los derechos sociales, otrocomponente fundamental del ejercicio de la democracia según el citado documento interamericano? Pues resulta que el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), al analizar el cumplimiento de los Objetivos del Milenio por parte del Estado salvadoreño, sostuvo en mayo del año en curso que –de superar asuntos “metodológicos” en la medición oficial– en el 2005 la población salvadoreña en situación de pobreza relativa alcanzaría el 58.4% y en pobreza extrema el 27.7%.

Vivimos en un país con dos rostros. Uno: el del glamour, el de los pocos que tienen mucho, el de los que viajan al extranjero a derrochar su riqueza, el de los que pagan seguridad privada para su tranquilidad, el de los que salen en la revista “Blur” de La Prensa Gráfica, el de los que se cubrieron con el manto de la impunidad y siguen –por ahora– regocijándose con ésta. Pero está el otro rostro sangriento, doliente; el de las más de diez personas muertas a diario cuyas fotos –con suerte– aparecen también en el mismo periódico, pero en la “nota roja”; el de quienes no recibieron ni aún reciben justicia y tienen que salir al exterior a buscarla junto a la gente que emigra en balsas, trenes, camiones buses o a pie en pos de las oportunidades que aquí no le ofrecen; el de quienes viven atormentados por la inseguridad permanente y pagan la “renta” o una “cora” para que no les pase algo. En fin, el de la niña Yolan que ahora cumple siete años de ser víctima de la impunidad, tras el asesinato de sus dos hijos Memo y Liquito Carías, de veintinueve y doce años. El de Gloria Giralt de García Prieto, quien sentó en el banquillo de los acusados de la Corte Interamericana de Derechos Humanos a un Estado protector de criminales y están en la víspera de su sentencia. El de Hilda María Jiménez, madre de Katya, quien escapó del país también hace siete años y vive asilada en los Estados Unidos de América junto a su otra hija, Marcelita, tras ser amenazada de muerte por reclamar la justicia que aún no llega.

Estas tres mujeres con su ternura y digna terquedad, su imaginación e inteligencia, le sacaron la máscara que le colocaron al país para cubrirle su rostro doloroso, injusto y ensangrentado, aquellos que aún presumen de un “nuevo” El Salvador. Son estas víctimas valiosas y valientes, junto a otras tantas producto de hechos ocurridos antes de 1992 y después de ese año, las que sin quitar el dedo de la llaga les gritan a los victimarios y a sus defensores, asesores y aliados que las heridas no se han cerraron con el fin de la guerra y que luego de ésta se han abierto muchas más.

Son estas víctimas de la muerte violenta junto a las de la muerte lenta, producto de un régimen económico y social desigual y excluyente, quienes poco o nada fueron consideradas en las negociaciones de los llamados “acuerdos de paz” ni en el “Pacto de San Andrés” y el “Plan de Nación” durante el gobierno Calderón Sol; tampoco en “La Nueva Alianza” y el “Foro de Solidaridad por el Empleo” de Flores, o las mesas de trabajo y el “País Seguro” de Saca; mucho menos en cada ENADE donde se proclama –como ocurrió ayer, en palabras del presidente de la ANEP– que el éxito del país se basa en el “capitalismo moderno”.

No hay pacto ni elecciones que valgan si las víctimas del “mal común” vigente no son la principal parte protagónica de esos acontecimientos. Es necesario eso para evitar más engaño o confusión, en aras de alcanzar un gran objetivo: el de la construcción de una mejor sociedad donde se dignifique a sus víctimas sin distinción y, así, la sociedad se dignifique a sí misma.

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La ILEA en El Salvador

Parte 1:

Desde el 2005 se escuchan y leen en foros, espacios de opinión pública y electrónicos, diversas críticas contra el IDHUCA por capacitar en derechos humanos a policías, jueces y fiscales latinoamericanos en la Academia Internacional para el Fortalecimiento de la Ley (ILEA, por sus siglas en inglés). Tanta murmuración aflora desde la incapacidad para distinguir entre esa Academia y la nefasta Escuela de las Américas; además, evidencia una escasa visión estratégica en la lucha contra la impunidad que, para el IDHUCA, debe darse mediante el acompañamiento de las víctimas a fin de castigar a los criminales y –parafraseando a Ellacuría– revertir la historia desde éstas.

El IDHUCA ha comprobado en su práctica de casi veintidós años que en el país no se investigan los delitos y castiga a sus responsables, por tres carencias: falta de capacidad, falta de recursos y falta de voluntad para impartir justicia. En la medida que se desarrollen las facultades técnicas de los funcionarios del sector y cuenten éstos con los medios adecuados, muchas víctimas verán resueltos sus casos y se podrá denunciar –con mayor objetividad y claridad– cuando por la calidad de la víctima o del victimario no se esclarezcan los hechos o se proteja adrede a los delincuentes.

En ese marco, cabe preguntarse qué es la ILEA, por qué se instaló en El Salvador y qué hace acá, cuál es la relación del IDHUCA con ésta y el por qué de dicha relación. Hasta la fecha, el Instituto había evitado abordar estos asuntos pues su compromiso es con las víctimas, a quienes se debe y quienes –en todo caso– merecen explicaciones de sus actos; no obstante, la desinformación al respecto y las falsas acusaciones contra un esfuerzo institucional, universitario y serio, obligan a dar respuesta a esas interrogantes.

La ILEA fue creada en 1994, durante la administración del presidente William J. Clinton. Inicialmente fue concebida como un centro de instrucción policial de alto nivel, para enfrentar nuevas mafias cuyo accionar e impacto traspasaban las fronteras de algunos países europeos. Se trata del llamado “crimen transnacional” y tiene que ver con narcotráfico, fraude financiero, crimen organizado, terrorismo y turismo sexual así como trata de mujeres, niños y niñas, entre otros. Aunque la iniciativa es estadounidense, este fenómeno es mundial y, por tanto, afecta a El Salvador y a toda Centroamérica; su combate, por tanto, exige la cooperación regional para realizar investigaciones adecuadas y establecer las necesarias coordinaciones de las distintas corporaciones policiales.

La primera ILEA se instaló en Budapest, Hungría, en 1995; ahí se han entrenado, a la fecha, más de nueve mil policías provenientes del centro y el sur de Europa, incluyendo rusos. También existen otras sucursales en Tailandia, Botswana y Estados Unidos de América (EUA). En el caso de América Latina se intentó instalarla hace cuatro años en San José, Costa Rica, donde el convenio de cooperación entre ambos países no fue ratificado por el Congreso costarricense; éste se negó a autorizar exenciones tributarias y privilegios diplomáticos para su personal. Además, el movimiento social tico –real y activo– rechazó que se estableciera en su suelo. No obstante, dicho Estado apoyó su instalación en otro país del área ante la necesidad de contar con un cuerpo de investigadores capaz, profesional y de naturaleza civil.

La Casa Blanca, entonces, dirigió su mirada a El Salvador. Y en el país pudo fijar la sede de la Academia en cuestión por tres razones: la entrega total del gobierno a las determinaciones de la administración Bush, la falta de una oposición parlamentaria capaz de revertir esa situación y la inexistencia de un movimiento social con la fuerza suficiente para impedir que se adopten medidas como éstas. En Costa Rica el escenario es diferente y por eso –además de haber impedido la instalación de la ILEA en su país– los partidos políticos opositores en el Congreso y las organizaciones populares en las calles tienen en jaque a Óscar Arias en lo que toca al tratado de libre comercio con EUA.

¿Qué hacer ante esa situación? ¿Llorar sobre la leche derramada –como dice el refrán– o pensar desde la realidad de las víctimas para actuar en consonancia con sus necesidades y demandar con éstas soluciones a sus problemas? ¿Dedicarse a “denunciar” que la ILEA es la “nueva Escuela de las Américas”, la reedición de la “escuela de asesinos”, o investigar cuál es su propuesta y si en algo puede contribuir a combatir la impunidad?

Hay quienes sostienen que la ILEA y la Escuela de las Américas son lo mismo. Esa confusión evidente entre sectores de oposición y organizaciones sociales se debe, en parte, a la falta de acuciosidad en la búsqueda de información sobre el tema y a la secretividad o la poca transparencia con la que los órganos Ejecutivo y Legislativo en El Salvador han manejado su instalación. Ambas situaciones han propiciado campañas contra ésta y el IDHUCA, dentro y fuera del país; algunas con afirmaciones del todo falsas, temerarias y altamente peligrosas, como acusar con nombre y apellido al director del Instituto de estar en la “planilla” de la ILEA.

Más que reaccionar ante las calumnias, hoy se impone informar –a partir de la experiencia práctica– que dentro de las instalaciones en el país de esa Academia se han capacitado oficiales de Policía provenientes de Ecuador, Paraguay, República Dominicana, Guatemala, Honduras, Panamá, El Salvador y Costa Rica. Los policías ticos, precisamente, han sido de los alumnos más destacados en los cursos. Resulta entonces que las fuerzas políticas y sociales en aquel país se opusieron y evitaron la instalación de la ILEA en su territorio, pero no a que sus funcionarios se preparen mejor para realizar bien su labor.

Los cursos de especialización responden tanto a las necesidades que dieron origen a la ILEA –combatir el “crimen transnacional”– como a las urgencias propias de la región latinoamericana en otras áreas esenciales como manejo de la escena del delito, inteligencia policial, protección de víctimas y testigos, violencia intra familiar y derechos humanos, entre otros. En el caso de las policías centroamericanas se ha priorizado la capacitación en los dos últimos ámbitos mencionados, así como en la investigación del turismo sexual y el combate a las pandillas. Tanto los contenidos curriculares de los cursos como la metodología utilizada, se monitorean antes por el IDHUCA.

A la ILEA ingresan, además, jueces y fiscales latinoamericanos que –al igual que los policías– acreditan un desempeño profesional impecable, poseen cualidades de liderazgo, no tienen antecedentes penales y se comprometen a trabajar con sus instituciones durante los tres años posteriores a su graduación. La jornada diaria de estudio consiste en clases expositivas y ejercicios prácticos dirigidos por especialistas civiles con experiencia en diversas agencias policiales estadounidenses. El curso básico que se imparte dura seis semanas; los primeros dos días están reservados para el estudio de los derechos humanos en el ámbito teórico y práctico, con especial énfasis en la dignidad humana y las garantías procesales.

La Escuela de las Américas –que según la Sección 911 de la Ley de Defensa Nacional de los Estados Unidos de América del 2001 ahora se llama Instituto para la Cooperación y Seguridad Hemisférica Occidental, también conocido como WHISC o WHINSEC por sus siglas en inglés– es otra cosa del todo distinta. Funciona únicamente en su sede original –Fort Benning– ubicada en Columbus, Georgia; ahí se entrena a personal militar latinoamericano en idioma español.

El IDHUCA ha sido crítico de la participación de militares de EUA en la formulación de las políticas y en el entrenamiento de los ejércitos del área durante los años de la llamada “guerra fría”. La Escuela de las Américas fue responsable de adiestrar, entre 1946 y el 2001, a por lo menos 60,000 militares de la región; entre ellos, numerosos salvadoreños responsables de torturas, desapariciones forzadas, masacres y golpes de Estado. En lugar de juzgar y procesar a esos criminales de guerra y violadores de derechos humanos, la Fuerza Armada de El Salvador continúa enviando a egresados de la Escuela Militar y oficiales graduados a los diferentes cursos que el WHISC ofrece. En el 2001 asistieron once salvadoreños, cuarenta y ocho en el 2002, sesenta y seis en el 2003, catorce en el 2004, setenta y tres en el 2005 y veintiocho en el 2006. Si se observa, hay una tendencia al incremento sin que exista una clara y fuerte oposición dentro del país a esa situación.


Parte 2:

La presencia de ILEA en el país debe ser aprovechada para fortalecer la labor de jueces, fiscales y policías; las instituciones a las que pertenecen, más allá de la propaganda oficial, han sido cuestionadas casi siempre por los irrisorios logros obtenidos en la investigación de los delitos, la persecusión y sanción de sus responsables, la reparación del daño a las víctimas y la influencia de todo lo anterior en la violencia y la inseguridad pública. Sobre todo en el caso de la PNC, se ha observado la manipulación del partido en el Ejecutivo de cara a las elecciones, con los planes “mano dura” y “súper mano dura”. Está incompetencia está sirviendo como pretexto y base para justificar el uso de la Fuerza Armada de El Salvador (FAES) en tareas que constitucionalmente no le corresponden y que –en el pasado reciente– le acarreó consecuencias nefastas a la población porque el cuerpo militar no está diseñado para cumplir funciones de seguridad interna.

En ese sentido, desde hace varios años el IDHUCA ha participado en su adiestramiento desarrollando procesos de formación en derechos humanos para operadores de justicia. Esa decisión es fruto de las lecciones aprendidas en el litigio y acompañamiento de víctimas en tribunales civiles, penales y militares, tanto en el ámbito nacional como en el internacional. Casos como los de Darol Francisco Velis, Adriano Vilanova, Katya Miranda y hermanos Carías, entre otros, son emblemáticos porque tienen una variable común: el deficiente y malicioso desempeño policial y fiscal al desproteger la escena del delito, permitir la tergiversación de pruebas y otras graves omisiones. Ese proceder institucional impactó negativamente en la identificación de los responsables materiales e intelectuales de esos lamentables crímenes, por lo que esos hechos continúan en la impunidad parcial o total.

Además, el IDHUCA y la institución a la que pertenece tienen ya camino recorrido en el monitoreo, litigio, denuncia pública y legal del rol de la FAES en el conflicto y el posconflicto. En la lucha contra la impunidad militar se ha exigido verdad y justicia por el asesinato de los seis sacerdotes jesuitas y sus dos colaboradoras, por varios casos de desapariciones forzadas y ejecuciones extrajudiciales durante el conflicto armado, por el asesinato de Ramón Mauricio García Prieto –concretamente al exigir que se investigue al general Mauricio Ernesto Vargas por su presunta participación como autor intelectual del crimen– y por la muerte del estudiante cadete Erik Mauricio Peña Carmona, ejecutado por dos compañeros suyos dentro de la Escuela de Aviación.

Actualmente se le brinda asesoría y asistencia al mayor Adrián Meléndez Quijano que batalla en el Tribunal de Honor de la FAES y en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), donde se solicitaron medidas cautelares y se presentó una queja contra el Estado por violación de sus derechos a la protección y garantías judiciales, y a la honorabilidad; todo eso ha ocurrido en el marco de una querella iniciada contra el Ministro de la Defensa Nacional, general Otto Romero, a quien las instituciones se niegan a investigar. En este trabajo, ninguna de las voces que cuestionan el compromiso de la UCA y el IDHUCA con las víctimas ha denunciado tales arbitrariedades y violaciones de derechos humanos al interior de la FAES. Ese constante esfuerzo por lograr que la institución armada se apegue a los estándares de una sociedad democrática y respetuosa de los derechos humanos, le ha acarreado al Instituto atentados, amenazas, seguimientos y otros actos intimidatorios contra algunos de sus miembros.

Esa vasta experiencia está a la base de la decisión institucional de participar en las capacitaciones que imparte la ILEA, como una oportunidad para influir en la formación técnica teórica y práctica que conlleve a mejorar la capacidad operativa en la identificación de criminales y en la recolección de pruebas. Todo eso, para contribuir a garantizar las sanciones penales a todo nivel y, principalmente, porque de esa manera se repararía a las víctimas con lo que para el IDHUCA es el fin último de todo su quehacer, el conocimiento de la verdad.

Por otra parte, es importante que las instituciones, organizaciones y cualquier otro sector social centre sus esfuerzos en luchas concretas y se plantee verdaderos desafíos, en lugar de perderse en seudo causas que no contribuyen a dar el salto necesario para la defensa organizada, consciente, activa y masiva a favor de la vigencia de los derechos humanos en este momento de condiciones objetivas pero no subjetivas para el desarrollo de un real y fuerte movimiento social; hay mucha indignación, sí, pero muy poca acción. Entre las acciones que sí podrían evitar que el pasado se repita están, en primer lugar, el monitoreo atento y directo de las instituciones relacionadas con el combate del delito y de los entes que fortalecen sus capacidades, como la ILEA. Se trata de medir los resultados de impacto que generan ese adiestramiento.

Además, no es una decisión ingenua porque para eso, aún sabiendo de antemano las críticas ideologizadas que recibiría, el IDHUCA condicionó su participación docente a la vigilancia del contenido de los cursos y del perfil de sus participantes. Más productivo que la pancarta, en este caso, sería crear una alianza desde la sociedad para observar –desde adentro y desde afuera– la actuación de las alumnas y los alumnos de esa Academia; así podrían hacerse señalamientos bien fundamentados. En tal sentido debe apuntarse que ya existen instituciones de alto prestigio en derechos humanos interesadas ese esfuerzo, como Washington Office on Latin American (WOLA) y el Instituto Interamericano de Derechos Humanos (IIDH).

En segundo lugar, los esfuerzos de oposición deberían enfocarse hacia la verdadera Escuela de las Américas o el Instituto para la Cooperación y Seguridad Hemisférica Occidental –como se le ha rebautizado– especialmente porque el gobierno salvadoreño continúa enviando militares a dicho organismo. ¿Por qué? ¿Para qué? ¿Acaso no vive El Salvador en paz? Ante eso, resulta imperativo que se exijan cuentas sobre semejante decisión pues –como ya se señaló- en el pasado allí se entrenaron verdaderos violadores de derechos humanos en la región, muchos de los cuales aún gozan de impunidad.

En tercer lugar, tras la adopción de la Declaración sobre Seguridad adoptada por la Organización de Estados Americanos en octubre del 2003, se planteó un nuevo concepto de seguridad hemisférica que amplía la definición tradicional de defensa de la seguridad de los Estados a partir de la incorporación de nuevas amenazas que incluyen aspectos políticos, económicos, sociales, ambientales y de salud. Este nuevo concepto multidimensional abarca la creación de fuerzas de despliegue rápido, organizadas bajo un mando regional unificado y con capacidad para actuar con base en órdenes de captura y procedimientos de extradición simplificados. Estas nuevas tendencias mal concebidas o mal entendidas, podrían inclinarse hacia la militarización de los métodos de investigación y el quebrantamiento de las garantías procesales.

Se necesitan acciones contundentes para combatir el narcotráfico, el terrorismo y otros delitos; cierto. Pero también se requiere de entidades policiales fiscales y judiciales capaces y eficientes, conscientes de su rol y naturaleza civil, poseedoras de un alto grado de coordinación institucional para resolver casos y prevenir que se realicen otros. Si estas condiciones no se dan, entonces se continuará con la apuesta progresiva del empleo de fuerzas militares para enfrentar esos delitos. Esta opción es la que tiene ya a ciertos sectores militares y políticos de Centroamérica y los Estados Unidos de América, frotándose las manos porque ven en ella la oportunidad de oro para retomar el protagonismo que les fue arrebatado con los procesos de paz en Centroamérica. Tal situación en El Salvador tiene eco en los llamados Grupos de Tarea Conjunta y la militarización de los Centros Penales. Evitar que esa tendencia avance haciendo un contrapeso con la profesionalización de policías y operadores de justicia, debe ser la prioridad de quienes se dedican a “observar” y defender derechos humanos.

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La verdadera paz, pues, es fruto de la justicia

¿Es cierto o no lo que afirmó Su Santidad?

Responder esta interrogante es vital, ahora que las diferentes fuerzas políticas del país se aprestan a celebrar los quince años del Acuerdo de Chapultepec. Para eso, se debe reflexionar desde y para las víctimas salvadoreñas –del pasado y el presente– si existen motivos reales para la fiesta. ¿Han tenido éstas –desde que se pactó la “paz” hasta este día– seguridad, acceso a la justicia y oportunidades para vivir dignamente? Veamos.

Se callaron los fusiles y cesaron los combates entre los ejércitos del gobierno y la guerrilla, pero las muertes violentas de esta “paz” suman decenas de miles y siguen aumentando.

¿Es cierto o no?

Las víctimas de violaciones a sus derechos humanos y de la violencia actual, sus familiares y las organizaciones sociales que las acompañamos, exigimos verdad y reclamamos justicia sin obtener ni la una ni la otra. ¿Y qué decir del perdón que deben pedir los responsables de su dolor? Hasta ahora, no lo han hecho. El Salvador también se desangra, entonces, por esas heridas que permanecen abiertas.

¿Es cierto o no?

Se construyeron autopistas dentro del país para que circulen mercancías de las grandes empresas transnacionales; en contraste, continúa el interminable tránsito de salvadoreñas y salvadoreños por otras rutas: las que conducen al exterior donde, a pesar de los riesgos y sacrificios, esperan encontrar el empleo que acá no les brinda el “exitoso modelo” salvadoreño y enviar desde allá los “pobre dólares” para el sustento de sus familias.

¿Es cierto o no?

Pedimos al Todopoderoso que la propaganda adormecedora mediante la cual se maximiza oficialmente el quehacer de las instituciones estatales, en medio de una aberrante cotidianeidad, no oscurezca el camino de la verdad que nos hará libres. Que el Señor ilumine a todas las víctimas de todo tipo de maldad, para que la “fiesta rosa de la paz” de los poderosos se convierta en el punto de partida hacia la superación –con su participación organizada– de lo que hasta ahora le ha tocado sufrir a las mayorías en El Salvador: luto, inseguridad, corrupción, exclusión e impunidad.

Sólo así se podrá alcanzar la verdadera paz que proclamó, en el 2002, Su Santidad Juan Pablo II y que hoy reitera el Papa Benedicto XVI en su Mensaje para la Celebración de la Jornada Mundial de la Paz, dirigido “en particular a todos los que están probados por el dolor y el sufrimiento, a los que viven bajo la amenaza de la violencia y la fuerza de las armas o que, agraviados en su dignidad, esperan en su rescate humano y social (...) a los niños, que con su inocencia enriquecen de bondad y esperanza a la humanidad y, con su dolor, nos impulsan a todos trabajar por la justicia y la paz”.

He ahí la ruta que hasta ahora no se ha seguido. Instamos al pueblo salvadoreño a que demande y trabaje por cambiar el rumbo actual. Porque ya es demasiado tanto engaño, tanta propaganda mentirosa. Porque ya es intolerable encontrarse todos los días en medio de la guerra de la inseguridad y la muerte violenta, de la marginación y la pobreza, de la violencia y el abuso sexual contra la niñez, la adolescencia y las mujeres, del desprecio a las víctimas y de la impunidad para los victimarios.

¿Es cierto o no?

San Salvador, lunes 15 de enero del 2007.


Dagoberto Alfaro (camarógrafo cristiano evángelico) * Asociación Movimiento Salvadoreño de Mujeres (MSM) * Asociación para la Autodeterminación de Mujeres Salvadoreñas (AMS) * Yolanda Carías (madre de Guillermo Rodríguez Carías y Federico Calderon Carías) * Guillermo Cines (camarógrafo cristiano evángelico) * Comité de Familiares de Víctimas de las Violaciones de los Derechos Humanos de El Salvador (CODEFAM) * Gloria y Mauricio García Prieto * Hilda María Jiménez (madre de Katya) * Institutos de Estudios de la Mujer “Norma Virginia Guirola de Herrera” (CEMUJER) * Instituto de Derechos Humanos de la Universidad Centroamericana “José Simeón Cañas” (IDHUCA) * Instituto de la Mujer (IMU) * Guillermo Pineda (camarógrafo cristiano evángelico) * Julio Rodríguez (periodista cristiano evángelico) *Samuel Roque (camarógrafo cristiano evángelico) * Silvia Elena Regalado (poeta) * Aracely Cristina Zamora de Hernández.

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Propuesta del IDHUCA para la elección del Fiscal General de la República

San Salvador, 14 de octubre del 2005

Subcomisión para impulsar la selección del
Fiscal General de la República e identificar las
reformas legales en el marco de la Seguridad Pública
Presente.

Por este medio, presentamos nuestras propuestas en el marco de la próxima elección de la persona que ocupará el cargo de Fiscal General de República. Lo hacemos, atendiendo a la convocatoria que se nos hizo; de esa forma, además, cumplimos con nuestros deberes y derechos ciudadanos contemplados en los artículos 18 y 72, número 2, de la Constitución.


1. Sobre la elección

Al respecto, planteamos la necesaria adecuación del mecanismo para la participación de la sociedad civil en este proceso de elección. Si bien existe ya una convocatoria para presentar candidaturas hasta el día 22 de octubre, es imprescindible contar con un perfil claro y adecuado para ponderar a las personas postulantes.

Como entidades de la sociedad que trabajan por el fortalecimiento de las instituciones estatales encargada de combatir la impunidad y proteger los derechos humanos, somos parte de un esfuerzo ciudadano tendiente a identificar reformas legales y constitucionales para tal fin; en ese espacio amplio, también estamos elaborando un listado de personas con la capacidad moral y técnica para dirigir la Fiscalía General de la República (FGR).

Dado que el plazo establecido para el citado nombramiento vence el miércoles 23 de noviembre del corriente año y que no se cuenta con el tiempo suficiente para alcanzar el segundo de los anteriores propósitos, consideramos necesario ampliar el período para recibir candidaturas hasta el viernes 28 de octubre. En tal sentido, proponemos establecer el siguiente calendario de actividades:

  • Del 17 al 21 de octubre: elaboración del perfil del funcionario o la funcionaria por parte de esta Subcomisión, así como los criterios para evaluar las candidaturas.
  • 28 de octubre: cierre de recepción de postulaciones.
  • Del 21 de octubre al 11 de noviembre: depuración de expedientes personales y evaluación de postulantes a través de entrevistas, perfil y satisfacción de requisitos constitucionales y legales.
  • Del14 al 23 de noviembre: elección y toma de posesión.

2. Sobre las reformas

En concreto, se proponen los siguientes aspectos que deben de constituir la ruta o agenda de reforma constitucional, legal y administrativa:
 

En materia constitucional:

  • Reformar el artículo 191 constitucional, estableciendo la asignación anual de un porcentaje mínimo del presupuesto estatal.
  • Reformar el artículo 192 constitucional incluyendo un mecanismo democrático de elección del titular, que incorpore la participación ciudadana y la concertación partidaria a efecto de darle transparencia al proceso.
  • Reformar el artículo 192 constitucional, ordinal 3°, estableciendo los requisitos que deberá cumplir cada persona que aspire a ocupar la titularidad de la Fiscalía General de la República, sobre la base de un perfil que garantice su idoneidad.
  • Reformar el artículo 193 constitucional, reduciendo las funciones del Fiscal General de la República exclusivamente a la defensa de la legalidad, la dirección de la investigación del delito, el ejercicio de la acción penal pública y previa instancia particular, así como las propias de dirección y organización de la institución relacionada con nombramientos y remociones, entre otras.
    La defensa de los intereses del Estado, propias de los ordinales 5° y 9° del artículo 193 constitucional, debe asignársele a otro funcionario que ejerza las funciones de abogado del Estado.
    Reformar el artículo 182, ordinal 9° constitucional quitándole a la Corte Suprema de Justicia la atribución de nombrar a médicos forenses y empleados del Instituto de Medicina Legal.
  • Reformar el artículo 131 constitucional, agregando como atribución de la Asamblea Legislativa el nombramiento de fiscales especiales de carácter independiente al Fiscal General de la República.
Legales
  • Creación de un Instituto de Investigación Científica del Delito, como ente independiente que integre y amplíe las actuales funciones del Instituto de Medicina Legal y de la División de Policía Técnica y Científica. Para esto, se requiere una Ley Orgánica del Instituto de Investigación Científica del Delito derogando los artículos pertinentes de la Ley Orgánica Judicial (D.L. N° 123 de fecha 6 de junio de 1984, publicado en el D.O. Nº 115, Tomo 283 de fecha 20 de junio de 1984) y de la Ley de la Carrera Judicial ( D.L. N° 536 de fecha 12 de julio de 1990, publicado en el D.O. Nº 182, Tomo 308 de fecha 24 de julio de 1990), y garantizando las actuales condiciones laborales tanto del personal del Instituto de Medicina Legal como de la División de Policía Técnica y Científica.
  • Creación de la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República que, entre otras medidas, contenga:
    a. La creación de un Consejo Fiscal como organismo consultivo asesor y de planificación estratégica, con participación de los mandos de dirección institucional y de representantes de sectores externos relacionados con el tema del acceso a la justicia (abogados, organizaciones que trabajen con víctimas y universidades, entre otros).

    b. Creación de la carrera y el escalafón fiscal, con el propósito de garantizar la estabilidad en el cargo y para brindar oportunidades de promoción laboral a los agentes fiscales.

    c. Desarrollar las causas de destitución del Fiscal General de la República, para que pueda ser aplicado el ordinal 2° del artículo 192 ConstitucionalCreación de la Inspectoría Fiscal, con carácter independiente, nombrada a propuesta de las organizaciones sociales legalmente establecidas, que trabajan en el ámbito del Derecho y los derechos humanos en sentido amplio, así como un Tribunal Disciplinario que garantice imparcialidad. Esta reforma debe fortalecer la figura de los agentes fiscales.
  • Analizar la creación de un cuerpo de investigación criminal adscrito a la Fiscalía General de la República o el desarrollo de mecanismos eficaces de coordinación entre ambas instituciones.

Administrativas

  • Creación de un programa permanente de formación (dogmática y técnica) de los agentes fiscales, a efecto de especializar su práctica profesional y garantizar un reconocimiento académico acumulable.
  • Revisión de los mecanismos operativos de dirección funcional sobre la Policía Nacional Civil y de coordinación entre ambas instituciones.
  • Racionalizar y reorganizar la distribución de la carga de trabajo al interior de la Fiscalía.


3. Sobre el procedimiento de propuesta y aprobación de las reformas

La necesidad de mejorar el desempeño de la FGR y otras instituciones vinculadas a la seguridad pública exige reformas constitucionales y legales, crear nuevas instituciones y adoptar medidas administrativas. Este conjunto de cambios constituye la plataforma básica de trabajo la persona que asuma el cargo. Algunas medidas son inmediatas; otras de mediano y largo plazo. Para identificarlas y proponerlas se requiere un ejercicio responsable y participativo (En el pasado, la creación a la ligera de algunas leyes ha tenido repercusiones negativas; por ejemplo, la Ley de Emergencia contra la Delincuencia y el Crimen Organizado o la Ley Antimaras, que fueron declaradas inconstitucionales).

En esta línea consideramos lógico y sano constituir un equipo técnico que depure, sistematice y analice los insumos recibidos por la Subcomisión para elaborar los nuevos textos legales que, posteriormente, sean entregados a las comisiones legislativas respectivas.

Este equipo técnico podría integrarse con representantes del nuevo Fiscal (Este sería uno de los primeros compromisos adquiridos por éste), universidades, organizaciones sociales o fundaciones que cuenten con departamentos de investigación jurídica, e instituciones estatales relacionadas con el tema de la seguridad pública y justicia. El plazo máximo de su funcionamiento sería de cuatro meses, para que las reformas constitucionales propuestas puedan aprobarse por esta legislatura y ratificarse por la siguiente.

En aras de garantizar el cumplimiento de lo anterior se sugiere que la creación del equipo técnico, sus objetivos, composición y período de funcionamiento aparezcan incorporados en el Decreto Legislativo para el nombramiento del o la Fiscal General de la República.


Conclusión y petitorio

Para cumplir la aspiración de construir en El Salvador una sociedad en democracia, es fundamental el buen trabajo de las instituciones estatales. Entre éstas, la labor de la Fiscalía General de la República es determinante tanto para atender eficazmente a las víctimas de la violencia en sus diversas expresiones, la delincuencia de todo tipo y la impunidad, así como para transmitir seguridad jurídica a la inversión nacional y extranjera necesaria para el desarrollo del país.

Por todo lo anterior, les solicitamos tengan por recibidas las propuestas que realizamos en torno al procedimiento y recepción de candidaturas, el perfil de las personas que aspiren a conducir la Fiscalía General de la República, las líneas básicas para la realización de una reforma integral y el procedimiento para ello.

Perfil del o la Fiscal General de la República

Cuando se habla del perfil de un funcionario, se hace referencia al conjunto de rasgos que lo caracterizan. Para este caso concreto, está comprendido por los requisitos que la Constitución establece, sumado a su capacidad y méritos personales. Todos estos atributos deben tener como punto de referencia la función que desempeñará y la realidad que debe enfrentar a partir de su nombramiento. En la actualidad, el o la Fiscal General de la República deberá trabajar en medio de una situación caracterizada por un amplio margen de violencia, corrupción, delincuencia común y organizada, e impunidad.


1. Requisitos constitucionales

Para ser titular de la Fiscalía General de la República se requiere:

  • Ser de nacionalidad salvadoreña
  • Del estado seglar
  • De 35 años de edad o más
  • Profesional de las Ciencias Jurídicas
    De moralidad y competencia notorias
    Haber servido en la judicatura de primera instancia durante seis años o haber sido autorizado(a) de abogado(a) ocho años antes de la elección
  • Gozar de sus derechos ciudadanos seis años antes de la elección
Con algunos de los requerimientos citados se busca garantizar que exista vinculación entre el funcionario o la funcionaria con el Estado; por ejemplo, la exigencia de la nacionalidad y el ejercicio de los derechos ciudadanos. Con otros requisitos se busca que tenga la suficiente madurez y experiencia para cumplir con las tareas encomendadas.

La mayoría de estos requisitos son de fácil satisfacción. Considerar sólo éstos, por ser los que manda la Constitución, supone un riesgo grave: que con ligereza se elija a la persona menos indicada. Por eso, a continuación se destacan los dos más importantes de los mismos -a los cuales se debe prestar mayor atención- y se desarrolla otro no contemplados por la norma constitucional. Ello, en aras de garantizar el nombramiento de la persona más adecuada.


2. Competencia notoria

Debe considerarse lo establecido por Naciones Unidas cuando determina que las “personas designadas como fiscales serán personas probas e idóneas, con formación y calificaciones adecuadas”.(Artículo 1, Directrices sobre la función de los fiscales. Proclamadas por: Octavo Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, celebrado en La Habana, Cuba. Fecha de adopción: 7 de septiembre de 1990).

Si bien es cierto la idoneidad o competencia notoria es un requisito legal, en la práctica no hay forma de comprobarla o se entiende de forma subjetiva. Por eso, se debe precisar su contenido y establecer parámetros concretos para su evaluación. La competencia es entendida como la “pericia, aptitud, idoneidad para hacer algo o intervenir en un asunto determinado” (Real Academia Española, Diccionario. En línea, disponible en http/www.rae.es). De acuerdo con sus funciones, el Fiscal General de la República debe ser una persona con atestados profesionales altos -especialmente en el área penal- y conocimientos suficientes en materia criminal.

Darle contenido a este requisito es esencial, porque existe una imperante necesidad de responder de manera efectiva al grave problema de la impunidad derivada de la inexperiencia o impericia en la dirección de la investigación del delito, especialmente en aquellos hechos graves de violencia y corrupción.

¿Cómo evaluar el cumplimiento de este requisito? En la etapa de selección, la Subcomisión para impulsar la selección del Fiscal General de la República e identificar las reformas legales en el marco de la Seguridad Pública puede -para tal fin- tener como referentes los siguientes elementos (En Honduras esto se exige por ley):
  • Hoja de vida en la que conste su experiencia y trayectoria en materia penal
    Artículos y libros escritos
  • Estudios realizados
  • Reconocimientos recibidos

  • Desempeño en otros cargos
  • Ejercicio de la docencia
3. Moralidad notoria

Este es un requisito y rasgo esencial. Deben verificarse posibles conflictos de interés. Asimismo, la persona debe poseer la trayectoria ética ejemplar; es decir, no contar con antecedentes sobre incumplimiento de obligaciones legales o violaciones a la ley. Es importante verificar lo anterior, especialmente si tiene relación directa con las víctimas; por ello, los candidatos y las candidatas deben demostrar sus capacidades en el trato justo, imparcial y digno a estas personas (Durante la gestión de Belisario Artiga, el IDHUCA ha recibido constantes quejas de maltrato a las víctimas, por parte de fiscales). Es imprescindible, además, que demuestre conocimiento acerca de la protección y aplicación de normas sobre derechos humanos con especial énfasis en las garantías del debido proceso.

Para verificar estos méritos, se propone que la mencionada Subcomisión verifique, ya sea solicitando a los candidatos o a las dependencias correspondientes, lo siguiente:
  • Solvencia de la Corte de Cuentas
    Solvencia de la Procuraduría General de la República y la de Derechos Humanos
  • Solvencia del Ministerio de Hacienda
  • Antecedentes penales
  • Informe de la sección de investigación respectiva, profesional y/o judicial, de la Corte Suprema de Justicia


4. Independencia

Por lo general, en El Salvador la libertad de un funcionario o una funcionaria siempre o casi siempre ha estado condicionada a los intereses de quienes determinan su nombramiento o a los que se encuentra vinculado. De esa forma, se juega con los intereses de la sociedad entera pues su desempeño debería estar encaminado a garantizar el bien común.

Cuando en realidad existe un Estado de Derecho, las instituciones que activan diversos mecanismos para impartir justicia -como la Fiscalía General de la República- deben estar dispuestos a investigar, detener y procesar a cualquier persona sin ningún tipo de preferencias. De ahí que el Fiscal responda a la Asamblea Legislativa, como órgano plural que representa al pueblo entero(Artículo 125 de la Constitución de la República de El Salvador).

En ese marco, es una exigencia evidente que los candidatos y las candidatas al cargo no tengan vinculación alguna con determinados grupos de poder opartido político alguno; en el segundo de los casos, si ésta existe -como parte del ejercicio de sus derechos ciudadanos- debería ser mínima porque se trata de un cargo técnico y no político. Y, no cabe duda, la experiencia es rica en lecciones lamentables: la falta de independencia está estrechamente vinculada a la falta de voluntad para ejercer como se debe la conducción de la Fiscalía General de la República. En todo caso, si se cuenta con varios candidatos y candidatas lo ideal es valorar más a quien menos vinculación política o de otra índole tenga con grupos de poder.

En el proceso de selección, especialmente en las entrevistas, se debe verificar su propósito de independencia; es decir, la voluntad de la persona para colocar el compromiso de trabajar por el bien común, por encima de sus afinidades personales o de cualquier otro tipo.

Con estos elementos no se altera la Constitución; más bien, se trata de dar contenido y alcance a los requisitos establecidos dentro de la misma.

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El Salvador: protección a peritos, testigos y víctimas en procesos penales

Tras el fin de la guerra, los acuerdos de paz y las recomendaciones de la Comisión de la Verdad establecieron las bases para una apuesta real a favor de la justicia, buscando el funcionamiento de las instituciones correspondientes acorde con los estándares internacionales mínimos de protección de derechos humanos. No obstante, en El Salvador aún continúan existiendo vacíos que no le garantizan a la sociedad el acceso pronto y cumplido a la misma.

En el ámbito concreto de la justicia penal, durante la década pasada se trabajó en una reforma completa para superar el sistema inquisitivo. Este cambio se cristalizó con la aprobación de los códigos Penal y Procesal Penal, que entraron en vigencia en abril de 1998. Hasta la fecha, dicha normativa ha sido reformada en numerosas ocasiones; esto puede ser muestra de profundas debilidades en su aplicación o de que, a pesar de sus bondades y algunos verdaderos avances hacia un sistema penal democráticamente configurado, existen intereses que abiertamente han promovido una regresión.

Lo cierto es que a pesar de los diversos aspectos positivos del ordenamiento penal, éstos han resultado insuficientes para reducir los índices de impunidad en el país. No se debe ignorar que las leyes penales sólo son una parte de la estrategia para enfrentar un problema tan complejo; pero como tal, deben ser diseñadas con mucho profesionalismo y responsabilidad, sobre todo, considerando que El Salvador se encuentra sumergido en una crisis delincuencial generalizada que necesita ser abordada de manera integral. Uno de los componentes de este esfuerzo tiene que ver con la revisión de algunos aspectos de las normativas penales y procesales, buscando su congruencia con la realidad actual.

Debido a fallos cuestionables, a situaciones de impunidad y la discrecionalidad en la aplicación de la justicia, la mayoría de la población no le reconoce muchos créditos al sistema de justicia salvadoreño; a ello se suma la constante debilidad institucional, la falta de recursos, la precaria formación de los funcionarios públicos y la escasa voluntad política para enfrentar el problema. La población no desea o descarta de plano colaborar en las investigaciones judiciales por el temor que genera la posibilidad de una venganza y por la poca confianza en que su participación tendrá algún resultado positivo a la hora de la verdad.

Se puede fundamentar lo anterior con diversos ejemplos. En este caso se hace referencia a uno que merece especial atención: la poca o nula protección de testigos, peritos y víctimas en causas criminales, así como para cualquier otra persona que se pueda encontrar en situación de riesgo. Este problema ha llamado la atención de algunas instituciones y organizaciones de la llamada “sociedad civil” durante los últimos años, al conocer casos en los que diferentes personas han sido asesinadas, coaccionadas o amenazadas como resultado de su participación en diversos procesos judiciales.

Esta es una necesidad actual, pero no un problema nuevo. Para muestra, luego de los acuerdos de paz el Grupo Conjunto para la Investigación de los Grupos Armados Ilegales con Motivación Política –uno de los mecanismos utilizados para disminuir la impunidad al final del conflicto– propuso en su informe final el diseño de un programa para proteger a las personas dispuestas a colaborar con los órganos estatales responsables de investigar delitos e impartir justicia. Sin embargo, esa propuesta no se ha concretado, habiéndose formulado hace más de diez años.

El Instituto de Derechos Humanos de la Universidad Centroamericana “José Simeón Cañas” (IDHUCA) ha insistido en la necesidad de implementar en el corto plazo un programa de protección a víctimas, testigos, peritos y otras personas, por dos razones fundamentales: terminar de una vez con el imperio de la impunidad basado en la intimidación o el miedo, la primera; y la segunda, por la vulnerabilidad en la que éstas se encuentran y a la cual debe responder especialmente el Estado, en cumplimiento de su obligación constitucional de proteger la vida e integridad de todas las personas.

Una iniciativa adoptada en ese sentido es la de la reforma del Código Procesal Penal efectuada en el 2001; entonces se estableció una regulación especial para proteger testigos, peritos y víctimas en peligro, como resultado de su participación en procesos penales. Dada la grave situación de violencia e inseguridad que prevalece en el país, esta reforma no fue suficiente para garantizarles seguridad real, por ser escueta, carecer de respaldo presupuestario, no establecer con claridad las competencias institucionales para su aplicación y no contar con el compromiso firme de las autoridades para hacerla realidad.

En julio del 2004, se realizó otra reforma penal para ampliar los derechos de las víctimas; entre éstos se contempló su protección especial en albergues. En la práctica, tal disposición es inaplicable por falta de recursos para crearlos. Aun con esa última reforma, falta mucho por hacer para contar con un sistema amplio y completo de protección de los diversos actores que pueden ver amenazada su vida o integridad personal a raíz de su intervención en un proceso penal.

La finalidad del presente trabajo es, pues, realizar un análisis detallado del problema y proponer los elementos mínimos que debe contener un programa integral de protección de testigos, víctimas, peritos y demás personas que se encuentran en situación de riesgo por colaborar con la justicia. En el documento también se incluyen experiencias de otros países en la materia y se identifican algunas necesidades básicas a partir de algunos casos conocidos por el IDHUCA.

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La agenda pendiente, diez años después
(de la esperanza inicial a las responsabilidades compartidas)

Hablar del cumplimiento de los acuerdos de paz en El Salvador exige -sin excusas- referirse tanto a las causas que generaron el conflicto armado y a sus consecuencias, como a la etapa de posguerra y a la situación actual del país. Para que el balance no sea un mero recuento de hechos o una valoración conceptual sin más de los cambios que hayan podido ocurrir, es imperativo hacer una observación objetiva de lo acontecido; tal estimación debe reflejar los avances reales producidos a lo largo de la década examinada y, al mismo tiempo, plantear los grandes desafíos en el presente, de cara al futuro que se debe construir. Todo ello, teniendo como guía básica el texto constitucional que -en su segundo artículo
- establece el derecho de todas las personas “a la vida, a la integridad física y moral, a la libertad, a la seguridad, al trabajo, a la propiedad y posesión, y a ser protegidas en la conservación y defensa de los mismos”.

Esas premisas son las que se deben utilizar al momento de revisar, con honestidad, cuánto se alcanzó de los objetivos básicos establecidos hace más de una década y cuánto falta por lograr de ellos. Sólo así se podrán definir los nuevos compromisos de todas y todos, si de verdad se quiere asegurar la irreversibilidad de lo poco o mucho que hasta ahora se ha logrado en la edificación de una sociedad en paz, por estar basada en una convivencia justa y democrática.

Desde tal perspectiva, lo esencial para conferirle validez al análisis es la adhesión explícita a un ideal de Nación deseable y posible. Un ideal de Nación que, al plantearse para su realización, permita establecer qué tanto prevalece hoy el imperio de la razón sobre la fuerza y qué tan sólidas se encuentran las bases para potenciar el desarrollo de toda la sociedad salvadoreña. Un ideal de Nación que -en el camino para alcanzarlo- admita medir y verificar los progresos en la construcción de un verdadero Estado de Derecho, a partir de las indiscutibles transformaciones sociales que produzca y la mejor calidad de vida que genere
para toda su población, privilegiando en el esfuerzo a los sectores más desfavorecidos y vulnerables de ésta.

Si eso ocurre, el proceso estará yendo por buen camino y tendrá enormes posibilidades de éxito en sus distintas dimensiones; si, por el contrario, existe exclusión y ésta afecta a la mayoría de la gente, hace falta identificar lo que debe ser ajustado y ajustarlo de verdad para garantizar así -de una vez por todas- la gobernabilidad y la sostenibilidad del país. Desde la óptica de los derechos humanos, esas condiciones son las que deberán prevalecer para dar por cumplidos los acuerdos de paz.

Ahí se encuentra lo central de la presente reflexión: el enfoque de los hechos y las proyecciones, desde y hacia la mayoría de la población salvadoreña. Pese a que no es un todo homogéneo -pues se expresa con una diversidad de características- ese gran conjunto de seres humanos tiene en común el constituirse como la razón de ser del Estado, de sus instituciones y de sus normas, en la medida que se considere en serio el primer artículo constitucional que a la letra reza: “El Salvador reconoce a la persona humana como el origen y el fin de la actividad del Estado, que está organizado para la consecución de la justicia, de la seguridad jurídica y del bien común.

En consecuencia, es obligación del Estado asegurar a los habitantes de la República, el goce de la libertad, la salud, la cultura, el bienestar económico y la justicia social.” Así las cosas, se trata de verificar el cumplimiento de los acuerdos de paz en términos de justicia integral para todas las personas; no de que exista y funcione formalmente un sistema que, en la práctica, sólo se encuentra al servicio de ciertos grupos de poder. En tal sentido, los resultados del proceso salvadoreño definido en abril de 1990 -con la firma del Acuerdo de Ginebra- irremediablemente pasan por justipreciar la situación actual de los derechos humanos; pero no comparándola con el estado de barbarie que se llegó a alcanzar durante el siglo recién pasado, entre 1972 y 1992, sino confrontándola con las aspiraciones de humanismo y humanidad que deben iluminar la instauración de un El Salvador distinto durante el nuevo siglo.

Para evaluar el presente estado de cosas, además, se debe considerar el siguiente planteamiento de Ignacio Ellacuría: “Muchas veces tras la normatividad absoluta abstracta se da el encubrimiento ideologizado e interesado que defiende lo ya adquirido sin discutir el modo de esa adquisición y sin discutir cómo el derecho de todos se convierte en privilegio de pocos, por cuanto son pocos quienes cuentan con las condiciones reales para hacer efectivos esos derechos. Cuando el derecho se convierte en privilegio niega su esencia universal y deja de ser derecho del hombre para ser privilegio de clase o de grupo de individuos”.

Por eso, para actuar con la necesaria congruencia al momento de analizar hoy la vigencia de los derechos humanos en El Salvador -tras diez años sin guerra- el punto de partida y el de llegada no difieren entre sí; se trata del mismo: la mayoría excluida y más frágil de su población. La universalidad de los derechos humanos en el país siempre se encontrará determinada por la situación de esa mayoría que fue víctima indefensa de la violencia política y de la guerra entre dos bandos largamente irreconciliables; esa que nunca tuvo quién le ayudara a encontrar su pariente desaparecido o a enterrar su muerto; esa que vio salir una parte de su familia hacia el norte de América, a sobrevivir sin las comodidades que sólo eran posibles para aquellos con abundantes recursos o que pertenecían a la alta diplomacia guerrillera; esa que deseó, en secreto o en las calles, la llegada de la paz; esa que se alegró con el acontecimiento de Chapultepec y que ahora -después de una década- siente y sufre por lo ocurrido y lo que sigue ocurriendo, en el marco de un proceso considerado como “modelo” sólo entre algunos círculos privilegiados que participaron en el mismo, dentro o fuera del país.

La valoración desde la perspectiva de esa mayoría a partir de los cambios en su calidad de vida -positivos o negativos- resulta ineludible para dimensionar el cabal cumplimiento de los compromisos establecidos en todos los acuerdos que firmaron el gobierno y las entonces fuerzas insurgentes, bajo la tutela de la comunidad internacional representada por las Naciones Unidas. Esa valoración desde las víctimas de la “locura” -parafraseando a la Comisión de la Verdad- es superior a cualquier juicio que emitan hoy quienes hicieron la guerra; éstos ni siquiera pudieron conmemorar juntos los diez años de aquel esperanzador 16 de enero de 1992. Peor aún: una década después del cese al fuego -a la hora de evocar el acontecimiento- la capacidad de las Partes que firmaron los acuerdos sólo alcanzó para enviarle señales negativas a esa mayoría de la población salvadoreña, no obstante haberla mantenido en los discursos como el fin último de su accionar. De esa manera, se ha incrementado el desencanto o la confusión de una buen parte de la sociedad que, desde antes, ya daba muestras de una amplia y peligrosa apatía.

Así, pues, desde “arriba y afuera” del país se ofrecen visiones y se asumen posiciones acerca de lo que ocurre en él, diez años después de haber terminado el conflicto armado. “De un lado se afirma que las cosas marchan bien, que los problemas existentes están a punto de resolverse y que, por tanto, no hay razones para preocuparse. Esos son los que de forma simplista, por su conveniencia, cantan victoria en los actos oficiales. Del otro, se quejan por el rumbo del país sin haber sido capaces de convertirse -a lo largo del decenio- en opción seria para la solución de los males que denuncian. Esos contribuyen a distanciar la esperanza. A esas voces se suman aquellas que, desde fuera, sostienen que El Salvador es un ‘modelo a seguir’. Esos son los que maquillan realidades y, después, no saben qué hacer cuando les explotan en las manos”.

“Y las salvadoreñas y salvadoreños que están abajo, que son la mayoría y que no pertenecen a esas “cúpulas” ni viven de ellas, ¿qué dicen sobre esos diez años?”. Sin duda, esa otra cara de la moneda -la que algunos pretenden esconder o desautorizar- siempre termina interpelando cualquier proyecto impulsado sin su participación. Ese “abajo y adentro”, definido como lo fundamental, es el lugar privilegiado desde el cual se debe valorar el actual estado de cosas. Solamente así se podrá determinar, siempre en la línea de Ellacuría, la verdad o la falsedad en el cumplimiento de lo pactado.

En concreto, se trata de establecer qué tanto el acceso a la justicia es igualitario, cuánto se ha avanzado en la realización de los derechos proclamados, en qué medida se puede constatar si tales derechos están siendo efectivos para garantizar la seguridad de toda la población -o sólo la de unos pocos- y hasta qué punto la satisfacción de los reclamos de la mayoría es verificable y cuantificable. Eso permitirá, por encima de cualquier opinión particular interesada o manipuladora, establecer la agenda pendiente de lo que hace falta transformar en el país; además, permitirá descubrir las pistas sobre las necesarias e ineludibles responsabilidades para lograrlo.

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Análisis del IDHUCA sobre la Ley Antimaras y propuestas de reformas

Al analizar los objetivos y el resto del contenido de la llamada “Ley Anti Maras”, ingrediente fundamental del Plan “Mano dura” recientemente anunciado por el Presidente Francisco Flores, es necesario hacer diversas consideraciones sobre las cuales se sustenten las propuestas del IDHUCA al respecto.

Debe comenzarse señalando que la violencia y la impunidad que en estos momentos ahogan a la sociedad salvadoreña, constituyen un fenómeno grave que desborda los límites de la tolerancia y coloca a sus víctimas en una situación de impotencia y frustración. Por eso hay que enfrentarlo de forma urgente e inteligente, tomando en cuenta que la batalla real contra la delincuencia en todas sus manifestaciones requiere de un conjunto integral de medidas dentro del cual se incluye la represión del delito –con todo la fuerza de la ley– y el correcto funcionamiento institucional, pero también la prevención y la rehabilitación. Ese es el verdadero y único camino para superar la impunidad que, desde hace años, favorece a todo tipo de violencia.

En lo relativo a la parte represiva del delito, la legislación nacional vigente –incluida la que específicamente protege los derechos humanos– brinda las herramientas necesarias para enfrentar y reducir los altos niveles de criminalidad que afectan a la sociedad salvadoreña; por tanto, no es necesario crear leyes especiales y temporales para ello. No obstante lo anterior, para volver más ágil y efectiva la persecución del delito, se pueden considerar algunas reformas a la normativa penal o procesal penal –aun en lo relativo a las penas– siempre y cuando estén técnicamente fundamentadas y sean parte de una estrategia más amplia e integral.

El IDHUCA también sostiene que los delitos cometidos por integrantes de las pandillas conocidas como “maras”, deben ser investigados y sus responsables sancionados enérgicamente en el ámbito jurídico penal; lo anterior no significa que, de manera desesperada o maliciosa, se impulsen medidas que vulneren la Constitución y otras normas elementales de derechos humanos.

Consciente de la gravedad de la situación –a la que se ha llegado por deficiencias que no vienen al caso abordar en esta reflexión– y animado por el sincero afán de encontrar soluciones verdaderas y perdurables a la problemática, luego de un estudio profundo de la citada “Ley Anti Maras”, el IDHUCA concluye que la misma es innecesaria, inconveniente e inconstitucional. No está mal recordar, en este sentido, que la ley en general –vista desde su “concepto estrictamente formal”– no es más que “el acto emanado de la Asamblea Legislativa, siguiendo el procedimiento legislativo y que SE ENCUENTRA NORMATIVAMENTE SUBORDINADA A LA CONSTITUCIÓN Y LOS TRATADOS”.

Pero a la vez, en el presente documento se proponen reformas puntuales al Código Penal y a la Ley del Menor Infractor; reformas que, sin violentar la Constitución ni la legislación internacional correspondiente, por un lado procuran la persecución firme de las actividades delictivas en las que incurran miembros de dichas pandillas y, por el otro, dimensionan en su justo valor los derechos de las víctimas que –en muchas
ocasiones– son los más olvidados por quienes elaboran, proponen y aprueban la normatividad.

No obstante lo anterior, el IDHUCA quiere dejar constancia de que ninguna reforma en la parte represiva del delito podrá encarar con éxito este fenómeno nacional de enorme gravedad, si no se impulsan otro tipo de medidas de carácter social y económico, educativo, cultural, recreativo y psicológico, que estén dirigidas a fortalecer la prevención del delito y la rehabilitación del delincuente.

En tal sentido, se deben rescatar los esfuerzos realizados desde hace más de dos años para consensuar la Ley de la Juventud, dentro de la cual se incluyen políticas e instituciones que facilitan y propician la incorporación de estos jóvenes, generando un verdadero proceso de desarrollo y productividad. Tampoco se puede obviar el anteproyecto de la Ley del Voluntariado, cuyo eje fundamental es la juventud.

Asimismo, es necesario plantearse una seria reflexión sobre el liderazgo actual del país en sus distintos niveles; eso, sin lugar a dudas, se requiere por lo siguiente: “La impunidad, la ilegitimidad del Estado o incluso la abierta injusticia de la acción judicial y la falta de sanción a conductas criminales, pueden alentar una cierta aceptación a comportamientos delicuenciales. Fenómenos extendidos de corrupción a alto nivel pueden crear la sensación entre sectores sociales desfavorecidos de una aguda ilegitimidad de las normas vigentes; y, usualmente, escándalos sobre delitos de cuello blanco o de corrupción de altos funcionarios del Estado van asociados a olas de delincuencia común. El sentimiento de que los poderosos y los privilegiados delinquen y que la impunidad es rampante, por lo general validan una cierta aceptación social hacia el delito entre los sectores más pobres”.

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