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Memoria |
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En el país, a diecisiete años de haber finalizado un conflicto armado fratricida que dividió su sociedad, todavía continúan presentes las causas que dieron origen al mismo; es decir, la exclusión económica y social, la falta de participación y representación política real y efectiva de las mayorías, el control autoritario de las instituciones estatales –sobre todo de las encargadas de impartir justicia– y su consecuencia más lógica y evidente: la impunidad, principalmente aquella discrecional que la garantiza dependiendo de quién es el victimario y quién la víctima. Esto último influye en todo lo demás y en gran medida responde a la absoluta ignorancia de esenciales recomendaciones formuladas por la Comisión de la Verdad en su reporte final y, como complemento, a la malicia en el mal cumplimiento de otras. . Más aún, cinco días después de la presentación de tal informe –el 20 de marzo de 1993– el Órgano Legislativo decretó una amnistía contraria a las obligaciones internacionales adoptadas por aquél en materia de derecho internacional de derechos humanos y –a estas alturas– sigue negándose a derogarla pese a los señalamientos reiterados en tal sentido, provenientes de distintos organismos intergubernamentales internacionales y sociales internos. Kofi Annan, en su balance final del llamado “proceso de paz salvadoreño", lo denunció de forma clara al señalar lo siguiente: “(…) un ejemplo claro del rechazo de las conclusiones de la Comisión de la Verdad lo constituyó la aprobación de una amplia ley de amnistía pocos días después del Informe de la Comisión. La celeridad con que esta ley se aprobó en la Asamblea Legislativa puso de manifiesto la falta de voluntad política de investigar y llegar a la verdad mediante medidas judiciales y castigar a los culpables”. Es cierto, como lo subraya Carlos Nino, que al momento de iniciar procesos judiciales contra los responsables de abusos cometidos durante el pasado reciente es necesario tener en cuenta “las difíciles realidades que deben enfrentar los gobiernos sucesores”, pues tales juicios “deben ser armonizados con el propósito de preservar el sistema democrático”. Sin embrago, eso no significa en ningún momento que –en palabras deRodrigo Uprimny– en el “marco de un proceso transicional basado en negociaciones de paz entre actores armados”, la impunidad se presente como una opción posible “desde el punto de vista ético y jurídico”, tal como sucedió en El Salvador. Según Juan Méndez existen diversas razones jurídicas, éticas y políticas para que los Estados –no obstante la fragilidad de sus incipientes democracias– deben cumplir “la obligación afirmativa de responder a las herencias de violaciones masivas o sistemáticas de los derechos humanos”, encontrándose dentro éstas tanto la urgencia de reconocer “el valor intrínseco de sus víctimas” como la necesidad de instituir la rendición de cuentas como un elemento esencial del sistema democrático. Y es que, como lo manifiesta este mismo autor y reconocido defensor de derechos humanos, en “el acto del juicio y del castigo, la sociedad decente pone de manifiesto que nadie en su medio es considerado sin importancia ni descartable y que los ataques a la dignidad intrínseca de las víctimas serán castigados porque la sociedad decente es la que no humilla a sus ciudadanos”. A la fecha, el Estado salvadoreño ni siquiera ha distribuido el informe de la Comisión de la Verdad y no ha reparado el daño causado a las víctimas de la guerra; asimismo, ha evadido realizar –de manera diligente y eficaz– los cambios estructurales necesarios para avanzar hacia la construcción y consolidación de una sociedad democrática real y en todas sus formas. Por lo anterior, mienten quienes sostienen que en El Salvador se cumplieron a cabalidad los compromisos establecidos en los acuerdos que pusieron fin la guerra y se culminó con éxito el proceso de pacificaciónMienten porque la parte fundante de los mismos contenida en el documento de Ginebra, no se ha logrado a la fecha. No es cierto porque tres de los cuatro componentes de dicho proceso aún son tareas pendientes. A excepción del cese al conflicto bélico a la mayor brevedad posible por la vía de la negociación política, se continúa esperando el irrestricto respeto de los derechos humanos, la democratización del país y la reunificación de la sociedad. En buena medida, esta situación tiene su origen en las decisiones políticas adoptadas para proteger a los responsables de las atrocidades; muchos de éstos son, aún, actores vigentes en los ámbitos político, económico y social. Por eso no se llevó ante la justicia a los perpetradores de graves violaciones de derechos humanos, crímenes de lesa humanidad, crímenes de guerra y genocidio que, por su trascendencia, son considerados como imprescriptibles por la comunidad internacional. Como ya se apuntó, pese a su creación y labor, los resultados de la Comisión de la Verdad salvadoreña nunca fueron divulgados suficientemente. Todo lo contrario de Perú, donde la Comisión de la Verdad y la Reconciliación celebró audiencias públicas y televisadas; más aún, a diferencia de Sudáfrica −donde los perpetradores debieron subir al estrado a relatar los crímenes cometidos frente a los sobrevivientes, sus familiares y una nación expectante, si querían obtener ciertos beneficios− en El Salvador las voces de las víctimas quedaron silenciadas pese a la emisión del informe. Así, se destruyeron nuevamente los anhelos de miles de familias de levantar, tal como lo advierte PriscillaHayner, “el velo de negación que cubre verdades sobre las que nadie habla, pero que todos conocen”; tal situación impidió, a su vez, establecer en el país una verdad global que permitiera a la sociedad salvadoreña hablar un mismo idioma respecto de los hechos acaecidos en el pasado reciente y, por ende, construir un nuevo y esperanzador tejido social. En virtud de todo lo expuesto, es viable afirmar que en el país –diecisiete años después del fin de la guerra– aún están latentes las cuatro formas de impunidad descritas por Roberto Garretón: la legal, la política, la moral y la histórica. Por tanto, para hablar de un verdadero proceso de refundación de la sociedad salvadoreña es indispensable retomar los elementos que integran la justicia transicional, constituyendo particularmente el objeto de este proyecto su realización como forma de superar la impunidad. Sin embargo, debido a que la vigencia actual de la Ley de Amnistía General para la Consolidación de la Paz es el argumento oficial mediante el cual se impide someter a los perpetradores de graves violaciones de derechos humanos, crímenes de lesa humanidad, crímenes de guerra y genocidio a la justicia penal, para lograr así que la justicia retributiva se imponga en el país, es indispensable buscar mecanismos complementarios o alternativos a ésta, como es el caso de la justicia restaurativa. Como lo afirma Carlos Martín Beristain, encuentra sus orígenes en las prácticas de mediaciones presentes en las instituciones de justicia indígena y la misma aborda las vulneraciones de derechos humanos de forma distinta a los procesos penales que persiguen una justicia retributiva. En ese sentido, participan de forma activa víctimas y comunidades que han sufrido graves violaciones de sus derechos humanos, discutiendo los hechos e identificando las causas de los delitos además de definir conjuntamente las sanciones. Asimismo, prestan gran importancia al arrepentimiento, la aceptación de la responsabilidad y la reparación por parte de los ofensores. En conclusión, el objetivo fundamental de este método alternativo de justicia no retributiva es restaurar, en el mayor grado posible, las relaciones tanto entre las víctimas y los perpetradores, así como dentro de la comunidad a la que los mismos pertenecen. Y es que, asumida la reconciliación como un proceso en el que “la víctima ‘comprende’ al criminal, intercambia, habla, se entiende con él”, y el perdón como una potestad que incluye únicamente esas dos singularidades –el perpetrador y la víctima– es imposible concebir cómo los titulares del Estado, por su lado, se arrogan con tanta ligereza facultades que no les corresponden. Cuando deciden decretar el perdón, privan a las víctimas del “derecho a la palabra, o de esa libertad, de esa fuerza y ese poder que autorizan, que permiten acceder a la posición del ‘te perdono’”. Así se convierte ese perdón, como lo señala Jaques Derrida, en “insoportable u odioso, hasta obsceno”. En ese sentido, lo primero que se afirma sobre la justicia transicional es que los mecanismos a través de los cuales se concreta no son fórmulas únicas o absolutas que se imponen a los países en proceso de cambio; eso conllevaría el desconocimiento de realidades sociales, políticas y culturales muy diversas. La misma se nutre de experiencias exitosas y debido a que en El Salvador, hasta la fecha, no se ha logrado imponer la justicia retributiva como medio eficaz para combatir la impunidad, se procura optar por medios de justicia restaurativa como los tribunales Inkiko-Gacaga instaurados en Ruanda para juzgar a los sospechosos de la perpetración del genocidio en 1994. “El proceso de justicia transicional –afirman Leonardo Filippini y Lisa Magarrell– está inevitablemente influido por el contexto de los cambios políticos, pero fuertemente identificado, a la vez, con el marco normativo de los derechos humanos. De tal forma, las opciones para hacer operativas las exigencias de la justicia transicional pueden verse influidas por lo que aparezca prácticamente viable. Por cierto, los contextos de cambio político muchas veces han exigido formas diferentes y novedosas para lograr alguna medida de justicia cuando ella parecía prácticamente imposible de ser alcanzada (…) Una de las lecciones más difundidas de los procesos de transición es que cada uno requiere de una consideración particular. Resulta muy complicado afirmar con pretensión de validez universal un procedimiento uniforme para el establecimiento de la justicia de transición”.. El trabajo del IDHUCA en este tema En esa dirección, en marzo del 2005 −en el marco del Festival VERDAD que impulsa el IDHUCA desde hace doce años− surgió el Foro Verdad, Justicia y Paz en el cual participaron organizaciones nacionales e internacionales relacionadas con el tema. En este ámbito se realizó la Ruta de la Memoria Histórica. Esta actividad permite visitar municipios donde se cometieron graves violaciones de derechos humanos, crímenes de guerra y contra la humanidad en la época del conflicto armado; su propósito es compartir con víctimas y sobrevivientes la memoria de los hechos ocurridos y su experiencia metodológica en el trabajo que realizan para la reparación moral y la construcción de la memoria histórica. Ese año se viajó a Arcatao, jurisdicción de Chalatenango, para conocer sobre las masacres del Río Sumpul. En esta ocasiónparticiparon algunas organizaciones locales que trabajan la memoria histórica, además de las invitadas internacionales. A partir de ese año, se inició un proceso de capacitación a personas y organizaciones de base sobre diferentes temas relacionados con derechos humanos y estrategias de organización para la reparaciónintegral de víctimas de violaciones de derechos humanos durante el conflicto armado, desde la pedagogía de la memoria histórica. Después se ha visitado el cantón Calabozo jurisdicción del departamento deSan Vicente;El Mozote, jurisdicción del departamento de Morazán; y el Cantón La Quesera, jurisdicción del Departamento de Usulután. Como resultado de los talleres sobre estrategias de organización para la reparación integral, en nueve municipios del país hay grupos que trabajan la memoria histórica y la reparación de las víctimas de violaciones de derechos humanos en el conflicto armado; éstos han formado una Coordinadora Nacional y de esta forma, con el acompañamiento del IDHUCA, ya realizaron dos encuentros nacionales: el primero, el 17 de noviembre del2007; el segundo, el 8 de noviembre del 2008. El objetivo de ambos: hacer del conocimiento público los acontecimientos del pasado, para reconstruir y validar la memoria histórica desde una perspectiva critica y propositiva. Los encuentros se realizan en la Plaza Cívica de San Salvador y en éstos se presentan exposiciones fotográficas dehechos violentos que ocurrieron en las comunidades y las acciones de reparación moral que realizan para dignificar a sus víctimas con símbolos, testimonios, fotografías de los victimarios responsables de estos hechos, mapeo de las masacres ocurridas en el país durante la guerra y la participación de grupos culturales. Otro resultado importante es el proceso de exhumación de las víctimas de las masacres del Río Sumpul, iniciado desde hace seis meses en coordinación con el Centro Bartolomé de Las Casas, el Comité de víctimas y sobrevivientes del municipio de Arcatao, la Parroquia y la Alcaldía Municipal.
Tribunal internacional para la aplicación de la justicia restaurativa en El Salvador Diecisiete años después de la guerra, persisten en el país sus causas: exclusión económica y social, falta de participación y representación política real y efectiva de las mayorías, control autoritario de las instituciones estatales y –su consecuencia más lógica y evidente– la impunidad discrecional que se da dependiendo quién es el victimario y quién la víctima. La mentira, el desprecio hacia la gente más sufrida y el aplauso a los criminales influyen negativamente en todo y responde –en gran medida– al incumplimiento de recomendaciones esenciales formuladas por la Comisión de la Verdad y al mala ejecución de otras. Por eso, Kofi Annan dijo: “(…) un ejemplo claro del rechazo de las conclusiones de la Comisión de la Verdad lo constituyó la aprobación de una amplia ley de amnistía pocos días después del Informe de la Comisión. La celeridad con que esta ley se aprobó en la Asamblea Legislativa puso de manifiesto la falta de voluntad política de investigar y llegar a la verdad mediante medidas judiciales y castigar a los culpables”. Ante ese escenario, el IDHUCA y la Coordinadora Nacional de Comités de Víctimas de Violaciones de los Derechos Humanos en el Conflicto Armado (CONACOVIC) instauraron el Tribunal internacional para la aplicación de la justicia restaurativa en El Salvador. La vigencia actual de la Ley de Amnistía General para la Consolidación de la Paz es el argumento oficial usado para no llevar ante la justicia penal a los autores de graves violaciones de derechos humanos, crímenes de guerra, crímenes contra la humanidad y genocidio. Por eso, es preciso buscar mecanismos complementarios o alternativos como es el caso de la justicia restaurativa. La misma se realiza con la participación activa de víctimas y comunidades discutiendo los sucesos, ubicando sus causas y precisando las sanciones. Además, define como básico el arrepentimiento, la admisión de culpas y la reparación a las víctimas por parte de los perpetradores. Su propósito principal es restaurar –lo más que se pueda– las relaciones entre las personas ofendidas y sus ofensores, así como las de sus comunidades. Sobre esa base, el Tribunal analizó declaraciones de víctimas directas, testigos de la masacre en Las Aradas, Chalatenango, y en La Raya, San Vicente; las ejecuciones de Miguel Ángel Terezón y Manuel Franco, dirigente del Frente Democrático Revolucionario; la desaparición forzada de Liliam Terezón y las torturas a tres presos políticos. Se invitó, para conocer los casos y emitir un fallo, a las siguientes personas:
IDHUCA y CONACOVIC invitó a víctimas y sus familiares, comunidad educativa secundaria y universitaria, iglesias, periodistas, organizaciones sociales, entidades estatales y población en general a participar en este evento parte del Festival VERDAD “Amparo en el pueblo”, con el cual inician los actos conmemorativas del vigésimo aniversario de la masacre –aún impune– en la UCA. La esperanza es que más personas y comunidades atropelladas en su vida, su integridad y su dignidad se sumen a esta iniciativa para realizar en el país las palabras de monseñor Óscar Arnulfo Romero, santo patrono de los derechos humanos: Que se haga justicia, que no se queden tantos crímenes manchando a la Patria, al ejército, que se reconozcan quiénes son los criminales y que se dé justa indemnización a las familias que queden desamparadas”. (Homilía del 14 de agosto de 1977)
Documentos, galería fotográfica, animaciones Boletínes de prensa: Artículo: Tribunal de justicia restaurativa en El Salvador San Salvador, 25 de marzo de 2009. Esta mañana se instaló en la capilla de los mártires de la Universidad Centroamericana “José Simeón Cañas” (UCA) el Tribunal internacional para la aplicación de la justicia restaurativa en El Salvador. Las historias de tortura sufridas por tres presos políticos durante los años de la guerra en este país fueron escuchadas por un grupo de renombrados jueces nacionales e internacionales. Regresar al menú Julio Rivera, sobreviviente de la masacre en Las Aradas, Chalatenango: San Salvador, 26 de marzo de 2009. Este día el Tribunal internacional para la aplicación de la justicia restaurativa en El Salvador escuchó los impactantes testimonios de Erlinda de Franco, cuyo esposo, Manuel Franco, fue ejecutado; Esperanza Cortés, quién denunció la desaparición de sus dos hermanas, y de Miriam Ayala y Julio Rivera, sobrevivientes de la masacre de Las Aradas, ocurrida en el departamento de Chalatenango el 14 de mayo de 1980. Regresar al menú
No es casual que un grupo de juristas internacionales, un especialista salvadoreño en derechos humanos y una valiente mujer que lucha por la justicia, exijan derogar la Ley de Amnistía impuesta en el país desde hace dieciséis años. No lo es, porque ese reclamo lo hicieron tras escuchar los testimonios de varias víctimas del pasado conflicto político y bélico. Las atrocidades cometidas entonces no pueden quedar en la oscuridad. La población torturada, masacrada, asesinada o desaparecida no merece que sus victimarios se oculten en la impunidad oficial.
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