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Salario mínimo agrícola:

del atraso a la modernización

Oscar Melhado

Resumen

Este artículo muestra un análisis del salario mínimo en el sector agrícola. Primero estudia el funcionamiento de los mercados laborales en el agro y la dinámica del salario mínimo. Posteriormente estudia la legislación laboral relacionada con el sector agrícola y los aspectos relacionados con la productividad. Es indiscutible que el recurso trabajo no existe con la misma abundancia que en el pasado y que hay sectores con mejores niveles de salarios que compiten con el sector agrícola. De ahí que el autor considere que los salarios nominales tenderán a incrementarse para poder mantener mano de obra cualificada.

 

 

 

Introducción

El estudio de los salarios mínimos y los mercados laborales en el agro rebasa el marco de referencia estrictamente económico. Especialmente si el análisis se enfoca hacia la definición de política económica. Es preciso utilizar las herramientas de la teoría económica y el conocimiento de las instituciones y los agentes, pero al sugerir recomendaciones que se precien de ser factibles, deben considerarse la dinámica de grupos e individuos y las realidades políticas.

 

Los temas sobre salarios mínimos y mercados laborales no son fáciles de tratar en ningún país. La teoría económica puede demostrar con absoluta rigurosidad que la fijación de salarios mínimos genera desempleo; sin embargo, todos los países en especial los desarrollados tienen legislaciones que garantizan los salarios mínimos. En este artículo se pretende ser objetivo y ponderado y retomar el tema del salario mínimo como otro elemento dentro de la modernización de los mercados laborales en el sector agrícola.

 

 

1. Situación del agro y de los mercados laborales agrícolas

 

El agro en El Salvador ha tenido cambios sustanciales en las últimas tres décadas. El "jardín florido" del que habló David Browning cuando se refirió a El Salvador, o la república cafetalera tal como la caracterizaban diferentes autores, es cosa del pasado. El agro ha ido perdiendo la importancia económica que tenía, incluso, en la década de los sesenta y de los ochenta es cuando más se ha reducido significativamente su participación proporcional en la actividad económica. En la Tabla 1 se muestra la evolución de la participación sectorial en la generación del Producto Interno Bruto (PIB) desde 1960, en donde generaba el 34.7 por ciento, hasta 1995, en donde alcanzaba sólo el 14.6 por ciento. Existen diferentes factores que explican esta disminución significativa, pero la realidad es que el agro desde finales del siglo XX ya no tiene la importancia del pasado.

 

 

 

 

Tabla 1

Evolución de la participación sectorial en la generación del PIB desde 1960 hasta 1995

 

1960 1970 1980 1990 1995

 

Agricultura 34.7% 27.2% 25.1% 17.1% 14.6%

Manufactura 10.8% 19.4% 17.8% 21.7% 22.7%

Comercio 19.7% 21.8% 19.0% 18.2% 21.5%

Financiero 2.4% 2.2% 3.1% 2.1% 3.0%

Otros 32.4% 29.4% 35% 40.9% 38.2%

 

 

Dos décadas particularmente han sido notorias en cuanto a la disminución de la participación relativa del agro: los sesenta, producto de la transferencia de recursos del agro al incipiente proceso de industrialización, y los ochenta, en donde la situación de violencia y las medidas como la reforma agraria afectaron de manera considerable al sector.

 

En la década de los sesenta, el cambio principal en la estructura productiva tuvo su origen en la estrategia de sustitución de importaciones y la mayor integración económica centroamericana. Muchos de los recursos para apoyar el incipiente proceso de industrialización provinieron de la misma estrategia de protección industrial por medio de las recaudaciones fiscales de los aranceles, pero también el agro transfirió recursos para apoyar al sector manufacturero.

 

En 1963, a partir de los aranceles se recaudaba el 36.7 por ciento de los impuestos, y de los gravámenes a la exportación el 13.8 por ciento, de los cuales el impuesto a la exportación de café era el principal. Por el lado del gasto, el 19.4 por ciento lo absorbían las subvenciones y los subsidios. La actividad agrícola era rentable, un índice lo constituye el hecho que todos los cultivos incrementaron sustancialmente los niveles de producción. Sin embargo, la política económica del gobierno estaba dirigida al subsidio y a la protección de la industria manufacturera. Una lectura de El Diario Oficial en 1965 denota el apoyo prioritario a la manufactura. En ese año se otorgaron beneficios de la ley de fomento industrial a 65 personas y sociedades. Mientras que para el sector agrícola no hubo ningún decreto o beneficiado. No obstante el sesgo a favor de la manufactura, la producción en el agro creció en términos absolutos, especialmente en los cultivos tradicionales de exportación: café, algodón y caña de azúcar. Los cultivos de subsistencia -maíz, frijol, arroz y maicillo- tuvieron un incremento moderado.

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El sector agrícola ha sido el mayor perdedor de las políticas de sustitución de importaciones y de los años de conflicto.

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La agricultura creció como sector hasta antes del conflicto, incluso los setenta fueron una época de bonanza, incluyendo el boom de precios del café en 1976. En los ochenta, la agricultura de exportación tuvo una caída alarmante. El algodón desapareció, el café redujo su producción al 27.7 por ciento, y la producción azucarera disminuyó. La agricultura de subsistencia tuvo un incremento moderado de su producción durante la década. Las causas de la reducción de la agricultura de exportación fueron, en primer lugar, el conflicto armado que implicó la quema de cosechas y el abandono de propiedades. Muchos de los propietarios de las haciendas emigraron debido a las condiciones de inseguridad y violencia.

 

En segundo lugar, la implementación de la reforma agraria a principios de los ochenta, que expropió tierras productivas las cuales fueron distribuidas a las cooperativas. La urgencia y la implementación de la reforma agraria tuvo un sentido político: restarle base social al movimiento insurgente a través de la entrega de tierras. El problema surgió cuando no hubo suficiente seguimiento técnico. Las cooperativas propietarias de las nuevas tierras no mantuvieron los niveles de productividad de los antiguos propietarios.

 

En tercer lugar, la nacionalización del comercio exterior y de los ingenios azucareros. Toda la producción tenía que venderse a la instancia gubernamental encargada de comercializarla internacionalmente, la cual le asignaba un precio doméstico menor al internacional. Este aspecto se sumó a los desincentivos al sector agrícola. El resultado fue la dramática reducción de la producción en el agro.

 

El sector agrícola ha sido el mayor perdedor de las políticas de sustitución de importaciones y de los años de conflicto. El sesgo relativo antiagrícola redujo las posibilidades de mayor productividad en el agro. Los noventa encuentran a El Salvador con un sector agrícola debilitado. El decaimiento del agro también responde a una tendencia mundial. Algunos países en desarrollo han podido mantener sus sectores agrícolas en parte por los subsidios y niveles altos de protección, o por ser extremadamente competitivos como el caso de Nueva Zelanda. Después de la disolución del socialismo, las repúblicas de la ex Unión Soviética como Ucrania, que era el granero no sólo de la ex Unión Soviética sino de las economías socialistas de la europa del este, han incursionado en el mercado mundial, lo cual incide en el desplazamiento de países con niveles bajos de productividad y eficiencia. En el caso de América Latina, Chile que podría mencionarse como un caso exitoso, tiene un sector agrícola dual, por un lado las exportaciones vitivinícolas y de frutas y, por el otro, un sector atrasado y deprimido de granos básicos y lácteos.

En este contexto se debe entender el funcionamiento actual de los mercados agrícolas. Uno de los primeros factores por reconocer es que los incentivos para producir y trabajar en el agro han disminuido. La tendencia de los precios reales de los productos agrícolas es a la disminución. De acuerdo con un estudio reciente del Banco Mundial, los precios reales habían disminuido sustancialmente. En un cálculo realizado para arroz y sorgo se determinó que el precio doméstico real para el período 1991-1995 disminuyó en –69 y –41 por ciento, respectivamente. La Tabla 2 muestra los datos de algunos productos agrícolas importados, con los cuales la producción doméstica debe competir al haberse disminuido la protección arancelaria.

 

Tabla 2

Productos agrícolas importados

(1990=100)

Año Maíz Arroz Leche Ganado

1990 100 100 100 100

1991 100 158 102 112

1992 87 106 87 101

1993 70 80 81 81

1994 97 87 94 71

1995 66 80 67 67

 

 

Esto significa que por el lado de la rentabilidad la actividad agrícola es menos atractiva. Por un lado, el ingreso disminuye vía precio, y por el lado de los costos, los diferentes componentes aumentan incluyendo el precio del trabajo en términos nominales. De ahí que por el momento y por el estado tecnológico existente, el agro no puede soportar incrementos drásticos de salario. Esto no implica que los incrementos moderados puedan ser absorbidos.

 

Por el lado de la mano de obra, y debido fundamentalmente a los bajos salarios relativos con otros sectores y a otras alternativas de salarios, existe un drenaje constante de mano de obra del agro a otros sectores. Esto se ha reforzado con las migraciones a Estados Unidos y otros países Centroamericanos y sus consecuencias con el envío de remesas que aumentan los incentivos alternativos al mercado de trabajo agrícola. En el pasado, la oferta laboral era abundante en el agro debido a las limitadas opciones de trabajo en otros sectores, y aunque existía un flujo de migrantes, todavía no representaba la magnitud de hoy en día.

 

 

En los noventa sucede un cambio histórico fundamental que afecta todas las esferas de la economía y sociedad, por primera vez en la historia la mayor parte de la población está en el sector urbano. El Salvador dejó de ser una sociedad predominantemente rural. Por vez primera se observa un fenómeno que no se había contemplado antes: el factor trabajo en el sector rural comienza a ser un recurso escaso. Por principios económicos, esta situación constituye un mecanismo de presión para que aumenten los salarios. El dilema del agro es que en las condiciones actuales no puede absorber aumentos drásticos de salarios y, a la larga, esto incidirá en la rentabilidad, lo cual lo llevará a la encrucijada de aumentar la productividad y rentabilidad vía tecnología o trasladar recursos a otros sectores diferentes.

 

Uno de los aspectos que ha incidido más en la dinámica de los mercados laborales en el agro ha sido la migración especialmente hacia Estados Unidos. Una proporción considerable de migrantes proviene del sector rural. Durante los años de conflicto, la migración creció a niveles nunca antes experimentados. Se calcula que en los ochenta migraron al menos 213,539 personas. De acuerdo con el US Bureau of the Census, la población salvadoreña en Estados Unidos a principios de los noventa fue de 565,000 legales y 327,000 ilegales. Lo que asciende a un total aproximado de 900,000 salvadoreños en ese país.

 

Otro aspecto fue la migración hacia la ciudad, la cual se agudizó durante los ochenta y continuó en los noventa como producto de los diferenciales de salarios pagados en el sector urbano. La ampliación del trabajo en la ciudad como producto del crecimiento de sectores, como la construcción y los servicios, y la instalación de un gran número de maquilas en el país han absorbido una considerable proporción de migrantes del agro. En la actualidad, debido a estas oportunidades laborales, los incentivos de trabajo en el agro se han reducido.

 

Aunque no es posible corroborarlo con datos, diferentes empresarios agrícolas sostuvieron que las características demográficas de la mano de obra agrícola han cambiado. La población joven es escasa; la mayor parte es población adulta masculina. Los adolescentes que laboran en el agro tienen las pretensiones de emigración a la ciudad.

 

Por otro lado, sería interesante desarrollar estudios más profundos sobre el impacto de las maquilas en los mercados laborales agrícolas. Algunos entrevistados mencionaron que el trabajo en las maquilas o el sector servicios, a juicio de los trabajadores les otorga mayor estatus que el trabajo en el agro.

 

 

2. Variables que participan en el análisis del salario mínimo agrícola

 

La estructura del salario mínimo tiene ajustes cada cierto período para todos los sectores. Aunque la tendencia del salario mínimo nominal es creciente, cuando se utiliza un deflactor como el Indice de Precios al Consumidor(IPC) se puede establecer claramente que el poder adquisitivo del salario es menor, y que el ritmo de ajuste de éste es menor que el aumento de la inflación. Para que los salarios puedan mantener la capacidad adquisitiva deberían aumentarse al mismo ritmo de incremento de la inflación. El hecho que el salario mínimo tienda a disminuir su poder adquisitivo constituye una de las premisas por considerar para entender los aspectos relacionados con el salario mínimo. Esto se traduce en que el salario mínimo hace diez o veinte años tenía un mayor poder adquisitivo que el que tiene en la actualidad. Desde esta perspectiva es racional que existan presiones del sector laboral al aumento de los salarios. Es de hacer notar que el deterioro de los salarios reales es generalizado en todos los sectores económicos y no exclusivo del sector agrícola. En la Tabla 3 se muestra la estructura del salario mínimo vigente.

 

 

Tabla 3

Estructura salarial

(En colones)

 

 

Sector Salario diario

Comercio 38.50

Industria 38.50

Servicios 38.50

Agropecuario 26.10

*Incluye prestación alimenticia de 3 colones y séptimo proporcional.

 

 

Fuente: Ministerio de Trabajo.

 

 

Los salarios en el sector agrícola en general son sustancialmente menores que los que prevalecen en otros sectores. Los incentivos económicos que tal situación genera tienen como consecuencia que aquellos sectores del agro que pagan el salario mínimo atraen a los trabajadores menos cualificados, promueve una enorme rotación y un movimiento permanente de trabajadores hacia sectores con mayores salarios. De esta situación se escaparían los sectores que pagan salarios por arriba del mínimo. La Tabla 4 muestra que en el sector agrícola se encuentra la mano de obra menos cualificada; se utiliza como proxi el nivel de escolaridad.

 

 

Tabla 4

Escolaridad de la fuerza laboral en El Salvador

 

Años Fuerza laboral Industria Comercio Agrícola No Clasif.

0 399,775 11.0% 13.4% 23.8% 50.1%

3 400,765 16.3% 15.9% 15.7% 44.7%

6 448,978 23.0% 18.0% 8.0% 38.5%

9 282,713 27.7% 19.2% 3.1% 28.3%

12 262,433 17.1% 20.6% 1.5% 13.0%

más 178,353 5.3% 8.1% .5% 2.7%

 

Fuente: Encuesta de Hogares

 

Otros elementos por considerar son los cambios sustanciales que se han sucitado en el agro. Durante los períodos de conflicto, la presión sobre los mercados laborales agrícolas no fue tan fuerte como en los noventa, producto no sólo del abandono de cultivos y la situación de violencia sino que existieron válvulas de escape a la presión en los mercados laborales. La primera fue la opción de migrar a otros países especialmente a Estados Unidos; la segunda, la migración del campo a la ciudad, y la tercera, la absorción de mano de obra potencial en el ejército o la guerrilla. Con la finalización del conflicto se retomó la producción en algunos cultivos, sin embargo, la migración del campo hacia la ciudad o Estados Unidos ha continuado.

 

El comercio, la industria y los servicios se han convertido en los mayores demandantes de trabajo. Hubo un movimiento de trabajo hacia dichos sectores dentro de los cuales se encuentra también la maquila, caracterizada por ser un sector intensivo en mano de obra. En los noventa se suscitaron cambios demográficos de importancia en el país. Por primera vez en la historia, la mayor parte de la población se encontró en el sector urbano. El argumento de abundancia de mano de obra en el sector agrícola que permitía mantener un nivel relativamente bajo de salarios cambió en los noventa. Debido a que el recurso trabajo no existe con la misma abundancia relativa que en el pasado y hay sectores con mejores niveles de salarios que compiten con el sector agrícola, la tendencia previsible en el sector agrícola es que los salarios nominales tiendan a incrementarse para poder mantener mano de obra cualificada.

 

El fenómeno remesas ha incidido en los mercados laborales agrícolas al aumentar el ingreso alternativo para aquellos que las perciben. Comparemos la recepción de 100 dólares al mes equivalentes a 875 colones, frente a 630 colones que implicaría recibir el salario mínimo de 30 días. Esta situación ha incidido indudablemente a aumentar las oportunidades alternativas de trabajo, es decir, las opciones diferentes que se tienen de trabajar en el agro. Este es otro factor que aumentaría la presión para que el salario agrícola tendiera a incrementarse a mediano plazo.

 

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Para que los salarios puedan mantener la capacidad adquisitiva deberían aumentarse al mismo ritmo de incremento de la inflación.

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En términos de economía del trabajo existe el concepto de salario de reserva. Este se define como el mínimo salario que un trabajador desempleado estaría dispuesto a aceptar para salir del desempleo. En el caso del sector agrícola, en donde existe un número elevado de personas en la agricultura de subsistencia y un porcentaje muy alto que recibe remesas, el salario de reserva ha aumentado en estos últimos años producto entre otros factores de la redistribución de la tierra durante la reforma agraria y la repartición de tierras como producto de los acuerdos de paz. La propiedad de la tierra de muchos personas en el sector rural aumenta la probabilidad de trabajo de subsistencia, y éste no se dejará a menos que el salario percibido sea suficiente incentivo.

 

Otro factor es la inundación de las remesas en todos los niveles de la sociedad. La obtención de un ingreso con cierto rango de seguridad producto de las remesas ha aumentado los ingresos alternativos de muchas personas. Este ingreso es independiente de su nivel de trabajo, de esta forma aun en condiciones de ocio percibe un ingreso. Por lo tanto, el salario que recibiría de trabajar debe ser lo suficientemente atractivo para abandonar la situación de ocio.

 

En conclusión, el salario de reserva en el sector agrícola ha aumentado, y si a esto se suma que estamos ante una economía dual, los incentivos de trabajo en el agro han disminuido. Todos los factores mencionados constituyen factores del entorno que incidirán en el comportamiento de los mercados agrícolas y la determinación de los salarios.

 

3. Qué dice la teoría económica sobre el salario mínimo

 

De acuerdo con la economía laboral, la introducción de la legislación sobre salario mínimo, que tiene objetivos distributivos y de incidencia en la reducción de la pobreza, no es adecuada porque genera desempleo, dado que como consecuencia del aumento de los salarios, los empleadores reducen la demanda de trabajo. Al nuevo nivel de salario habrán más trabajadores decididos a trabajar, pero los empleadores no estarán decididos a emplear mayor número de trabajadores, por lo cual el desempleo será mayor. Existe evidencia empírica suficiente de que el aumento del salario mínimo genera desempleo.

 

A nivel microeconómico, el aumento del precio del trabajo generará incentivos para que a largo plazo se sustituya tecnología por mano de obra, ya que el precio de la tecnología se abaratará en comparación con el del trabajo. A largo plazo, esta situación favorecerá el incremento de salarios para los trabajadores cualificados, pero desempleo para la mayoría no cualificada.

 

A nivel macroeconómico, el incremento al costo del trabajo se incorporará a los costos de los productos trayendo consigo un aumento de precios, que generará tendencias alcistas en el nivel general de precios. Con el tiempo, la capacidad adquisitiva del salario será aún menor que la situación inicial; la inflación habrá neutralizado el ajuste en el salario nominal.

 

Desde el punto de vista de la teoría económica, la legislación sobre el salario mínimo produce efectos nocivos a la economía. Se visualiza más como política social que como argumento de eficiencia en la asignación de recursos. De acuerdo con la teoría, la forma más eficiente de asignación es la que elige el mercado, y los mercados laborales funcionan mejor mientras menos restricciones posean. El incremento de los salarios reales será producto del crecimiento económico, de la mejor cualificación de la mano de obra y un ambiente de sanidad macroeconómica.

 

El dilema de los salarios es que su aumento, en caso de no acompañarse de incrementos en la productividad o de una mayor rentabilidad en el negocio, incrementará los costos de producción y se hará un ajuste mediante la elevación de los precios o la disminución en la cantidad de trabajadores que se contratan. A la larga, el incremento en los precios traerá consigo un aumento en el nivel general de precios con lo que disminuirá la capacidad adquisitiva del salario.

 

La relación que interesa en términos de ingresos es la del salario real, ésta podría medirse mediante:

 

 

Salario real= salario nominal/nivel general de precios

 

El aumento del salario nominal se relaciona con el nivel general de precios; si a consecuencia de los incrementos de los salarios nominales existe una elevación general de precios, habrá un deterioro a nivel de los salarios reales. Para que mejore el salario real se necesita, por un lado, un ambiente macroeconómico estable y, por el otro, que los aumentos a los salarios nominales provengan del incremento en la productividad o de la mayor eficiencia del sector, de tal forma que no se transfieran a los precios para que no afecte el nivel general de precios. Esta es la relación clave del bienestar. En El Salvador, en donde el aumento de la productividad de los factores ha sido mínima o negativa, los aumentos en los salarios nominales se relacionan casi inmediatamente con el nivel general de precios. De aquí la inefectividad en el tiempo de los aumentos de los salarios nominales especialmente en condiciones fuera de mercado.

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Los salarios en el sector agrícola en general son sustancialmente menores que los que prevalecen en otros sectores.

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4. La legislación salvadoreña en materia de salario mínimo

 

En esta sección se analizará la legislación sobre salario mínimo desde la perspectiva económica, sin intentar realizar un análisis jurídico de la legislación. La normativa sobre el salario mínimo se encuentra en la constitución de la república, el Código del Trabajo (CDT) y en diferentes decretos. En términos generales, la orientación de la normativa es la protección del trabajador y el mantenimiento de la armonía en las relaciones patronolaborales, sin embargo, las condiciones económicas en el país han hecho casi imposible el cumplimiento del marco legal fundamental en términos al menos de salario mínimo y otras prestaciones. En general, desde la perspectiva económica existe una concepción errónea en la legislación que tiene la idea de que el bienestar económico se puede legislar. Es importante discernir qué aspectos son legislables. Indudablemente, el fortalecimiento del estado de derecho sirve de fundamento a una economía sólida, pero el crecimiento y el bienestar económicos dependerán fundamentalmente de la dinámica de los grupos económicos y no de las leyes. Las leyes son el andamiaje y las reglas del juego de la sociedad y la economía.

 

En los noventa hizo aparición un movimiento impulsado especialmente por organismos internacionales a nivel de países en desarrollo, que intentó disminuir las regulaciones laborales para proporcionar mayor espacio al funcionamiento de los mercados y eliminar la orientación de las normativas laborales hacia la política social. No obstante, la introducción de mayor flexibilidad en los mercados laborales a través de la modernización de las normativas legales es un aspecto que se debe impulsar, no existe seguridad de que en El Salvador, con los problemas de pobreza y la dinámica social existente, sea una medida de sabiduría económica y política eliminar los contenidos de protección social en la legislación laboral. Al menos desde la perspectiva de este trabajo no se recomienda.

 

La Constitución de la República en el art. 37 establece que: "El Estado empleará todos los recursos que estén a su alcance para proporcionar ocupación al trabajador, manual o intelectual, y para asegurar a él y a su familia las condiciones económicas de una existencia digna."

 

El numeral 2 del art. 38 establece que: "Todo trabajador tiene derecho a devengar un salario mínimo, que se fijará periódicamente. Para fijar este salario se atenderá sobre todo al costo de la vida, a la índole de la labor, a los diferentes sistemas de remuneración, a las distintas zonas de producción y a otros criterios similares. Este salario deberá ser suficiente para satisfacer las necesidades normales del hogar del trabajador en el orden material, moral y cultural"

 

La Constitución de la República establece el derecho a un salario mínimo y a que dicho salario debe ser suficiente para satisfacer las necesidades materiales, morales y culturales del hogar. La realidad económica del país ha conducido a que el derecho que establece la constitución sea algo imposible de alcanzar; los niveles del salario mínimo, al menos en la parte agrícola, no son suficientes para equipararlos al aumento del costo de la vida, y esto no es producto de los empleadores, sino de la precaria situación del agro caracterizada por precios reales en disminución y costo de factores en aumento.

 

En el Código del Trabajo (CDT) se establecen las especificidades relativas a la determinación del salario y particularmente al salario mínimo. En el aspecto de los salarios, estos se estipularán libremente pero nunca serán menores al salario mínimo. Las principales formas de negociación de los salarios de acuerdo con el CDT son: (a) por unidad de tiempo, se ajusta a unidades de tiempo sin consideración del resultado; (b) por unidad de obra, tomando en cuenta la calidad de la obra; (c) por sistema mixto; (d) por tarea, cuando se realiza una determinada cantidad de obra en el tiempo convenido; (e) por comisión, cuando el trabajador recibe algún porcentaje por las actividades que realiza. f.A destajo, el salario se pacta en forma global sin consideración especial al tiempo que se emplee para ejecutarla.

 

Dentro del régimen de unidad de tiempo no se descarta el pago de salario por hora, que será una de las propuestas que se desarrollará posteriormente. Los artículos 141 y 142 del Código de trabajo establecen que el salario básico por día o por hora es la suma asignada en los respectivos contratos para estas medidas de tiempo, y que las reglas para calcular el salario básico por día es el producto que resulte de multiplicar el salario convenido por hora por el número de horas acordadas para la duración de la jornada ordinaria de trabajo.

 

En cuanto a los salarios mínimos, el Capítulo II del Código de Trabajo establece las disposiciones generales, la constitución del Consejo Nacional de Salario Mínimo y el modo de proceder para la fijación del Salario Mínimo. El criterio que se establece es el costo de la vida, en donde se deben considerar los gastos de alimentación, vestuario, vivienda, educación y protección a la salud, de una familia obrera promedio campesina o urbana. Esto, como se mencionó anteriormente, es difícil llevarlo a la realidad en las condiciones económicas actuales. Si se pretende introducir en la legislación un régimen de salario mínimo por hora, tienen que hacerse reformas a este capítulo del Código de Trabajo, lo cual está contemplado en varios artículos. La legislación establece que el salario mínimo fijado por ley tiene que revisarse cada tres años. La última fijación fue en 1995, correspondería una nueva fijación en 1998, sin embargo, existen presiones laborales para que a más tardar a mediados de 1997 exista una revisión. La Tabla 5 muestra la secuencia de los procedimientos institucionales para la fijación del salario mínimo.

 

 

Tabla 5

Procedimientos institucionales para la fijación

del salario mínimo

 

1

El Consejo Nacional de Salario Mínimo (CNSM) fija las tarifas tomando en cuenta a diferentes sectores

2

El CNSM elabora un Proyecto de Decreto

3

El Proyecto se somete a la aprobación del Organo Ejecutivo

4

Se emite el Decreto

5

El CNSM lo hace del conocimiento de las partes

 

 

 

 

Los salarios mínimos vigentes en el sector agrícola se calculan de la forma siguiente: al salario mínimo establecido se le añaden 3 colones en concepto de prestación alimentaria y a esto se le suma la sexta parte del salario mínimo. Esto constituye el equivalente a la remuneración mínima por día, en caso de integrarse a lo que se recibe en un día. De acuerdo con este cálculo, el salario mínimo vigente en el sector agropecuario es:

 

 

 

Salario mínimo por día para trabajadores agropecuarios:

 

Salario mínimo: 19.80

Séptimo proporcional 3.3

Prestación alimenticia 3

 

Total por día 26.10

Por quincena (2 semanas) 313.20 colones

 

 

Es decir, ningún empleador debe pagar menos de 313.20 colones cada dos semanas. Esta es la base sobre la cual nadie puede descender de acuerdo con la legislación. Esta también establece un régimen especial para la recolección de cosecha en diferentes productos, aunque en la mayoría de los casos de recolección se trabaja por unidad de obra. El régimen de salarios mínimos en las diferentes cosechas se analiza en la Tabla 6.

 

 

Tabla 6

Régimen de salarios mínimos en las diferentes cosechas

 

Recolección de café

 

Salario mínimo 23.65

Séptimo proporcional 3.94

Prestación alimenticia 3

 

Total por día 30.59

Por quincena (2 semanas) 367.08 colones

 

Por obra

Por arroba 4.73

Séptimo proporcional .79

Alimentación .60

 

Total por arroba 6.12

 

 

 

 

Cosecha de caña de azúcar

 

Salario mínimo 20.02

Séptimo proporcional 3.34

Prestación alimenticia 3

 

Total por día 26.36

Por quincena (2 semanas) 316.32 colones

 

Por obra

Por tonelada 10.01

Séptimo proporcional 1.67

Alimentación 1.50

Total por tonelada 13.18

 

En algunos beneficios tanto de café como de azúcar prevalecen los salarios mínimos industriales, sin embargo, algunos pagan salarios mínimos de industrias agrícolas de temporada. En los beneficios de café es de 28.60 colones diarios y en los de algodón, de 20.90 colones al día.

 

 

5. Trabajo y productividad

 

La productividad se define como la producción total del producto por unidad de factor utilizada, ya sea trabajo, capital o tierra. Se dice que el trabajo es más productivo si por trabajador se producen más unidades de producto. Por ejemplo en el agro, si en un sector la productividad es de 50,000 qq, para los cuales se utilizan 5,000 trabajadores, la productividad por mano de obra empleada es de: 50,000/5,000 igual a 10 qq por trabajador. La productividad por trabajador es mayor si el mismo número de trabajadores genera más producción, por ejemplo, si con la misma mano de obra se producen 70,000, la productividad promedio por trabajador habrá aumentado: 70,000/5,000 igual a 14 qq. En cálculos del Banco Interamericano de Desarrollo, la productividad laboral urbana aumentó; el valor agregado por trabajador se incrementó de 42, en 1989, a 45.7 en 1992. Las razones de este incremento en la productividad fueron la combinación del incremento del empleo con la tecnología existente y a la reactivación de la capacidad subutilizada de las empresas. La productividad de la mano de obra en el sector agrícola no ha sido calculada, en parte por la escasez de datos.

 

¿Cuáles son los factores que harían más productiva la mano de obra en el sector agrícola? En primer lugar, una mejor calidad de la mano de obra. Diversos estudios han comprobado que la mayor productividad de la mano de obra está intimamente vinculada con la acumulación de capital humano, mientras mayor educación mayor productividad. En segundo lugar, con el nivel de tecnología utilizado. A mayor nivel de tecnología, la mano de obra tiende a ser más productiva. En tercer lugar, hay que considerar también los factores exógenos como el clima y otros sucesos inesperados. En cuarto lugar, la productividad del trabajador es mayor mientras mejores sean los incentivos del trabajo como salarios elevados, prestaciones o mejores condiciones de trabajo ya que estos incrementan la productibidad laboral.

 

Sobre este último aspecto existe toda una teoría en economía del trabajo llamada de salarios eficientes, la cual consiste en que los sectores que pagan salarios por arriba del mercado atraerán a los trabajadores más productivos. Estos tratarán de mantener sus empleos y lograr su mejor desempeño debido a que saben que están mejor pagados que sectores con trabajo similares. Esto ha sido percibido, de alguna forma, por varios empleadores del agro salvadoreño, se han dado cuenta de que al pagar mayores salarios que otras haciendas y brindar prestaciones adicionales, consiguen al personal más motivado y, por tanto, más productivo.

 

Un fenómeno interesante se ha presentado en el país en un segmento bastante considerable del agro. La jornada normal de trabajo se ha reducido de ocho a cinco horas. Probablemente esto constituye una compensación económica dado los bajos salarios que se pagan en el agro. Resulta interesante cómo se han reducido en forma espontánea las horas laborales, cuando en los países europeos éste es uno de los temas fundamentales del debate laboral. En varios países europeos la semana laboral se ha reducido: en Alemania a 29 horas, Francia a 32, Italia a 35 y Gran Bretañ a a 36, muy similar a la jornada laboral en el agro salvadoreñ o. La reducción de las horas laborables reduce problemas de empleo en el agro. Los empleadores se ven obligados a contratar dobles jornadas, lo que implica mayor generación de empleo.

 

¿Se relaciona el salario mínimo con la productividad?, o ¿sería posible que la introducción del salario mínimo por hora introdujera mayor productividad? La respuesta es categóricamente no, porque los sistemas que se utilizan para la remuneración de los trabajadores no afectan ninguna de las variables mencionadas que alteran la productividad del trabajo.

 

La introducción del salario por hora es un recurso contable que permitiría mayor vigilancia del tiempo de trabajo hecho por el trabajador y posiblemente podría lograr reducción de costos, pero difícilmente incrementaría la producción del trabajador. La introducción del salario por hora respondería a cambiar la cultura que se ha introyectado en algunos sectores, de que aunque oficialmente la jornada de trabajo es de ocho horas se trabaja menos. Es decir, obligaría a trabajar las horas oficialmente estipuladas, o a las que de común acuerdo estipulen los empleadores y trabajadores. La idea es crear los incentivos para el cumplimiento de las ocho horas estipuladas.

 

 

6. Posición de los sectores respecto al salario mínimo agrícola

 

Hasta la fecha de elaboración de este artículo se había consultado un considerable número de sectores. La consulta ha comprendido sectores de diferentes espectros tanto patronales como laborales. La parte laboral implicó recoger las diversas opiniones de sindicatos y asociaciones gremiales de diferente composición y orientación política. Se puede establecer un consenso en puntos claves en todos los sectores. Primero, algunos sectores estuvieron de acuerdo en la necesidad de ajustar el salario mínimo; la diferencia radicó en los parámetros; sin embargo, hubo conciencia por la parte laboral de que propuestas de incremento muy altas no son realistas. Incluso, consideran que las propuestas de incrementos altos son base de negociación y no implican posiciones definidas.

 

Segundo, todos los sectores están de acuerdo en que se debe reformar el Código del Trabajo y otra legislación y eliminar conceptos obsoletos, por ejemplo, la Ley de Complementación Alimenticia para los trabajadores agropecuarios -que establece que el patrono debe proporcionar especies para complementar la alimentación o brindar un colón por cada tiempo de comida-, ya que constituye un planteamiento anticuado que debería cambiarse.

 

Tercero, la mayoría de los sectores no manifestó reservas en cuanto a la introducción del pago de salario por hora, siempre y cuando no esté en detrimento de la situación laboral. El consenso señala que constituya otro de los elementos de flexibilidad de la legislación y las prácticas laborales, y se deje a opción del empleador su utilización. La sustitución de todo el sistema de salarios por un salario por hora no parece tener aceptación en algunos sectores.

 

Existen también concepciones erróneas en algunos sectores sobre el cálculo del salario mínimo, en parte se debe a que la legislación es confusa ya que se incorporan las prestaciones alimentarias y el pago del séptimo día proporcional. Muchos sectores consideran que pagan arriba del salario mínimo porque remuneran el día arriba de los 19.80 colones, que es el salario básico para los trabajadores agropecuarios, sin considerar que tienen que incorporar el séptimo proporcional y la prestación alimentaria. Todos los sectores consultados, a excepción de algunos más, señalaron que pagan arriba del salario mínimo, esto se debe a la confusión explicada. Pero dejando fuera al sector de granos básicos, que es una producción de subsistencia y donde se encuentra la mayor parte de la mano de obra, los empleadores mayores del sector agrícola formal son el café y el azúcar que, en general, pagan el salario mínimo, y definitivamente un ajuste del salario mínimo hacia arriba los afectaría.

 

En cuanto a la posición de algunos sectores, el sector avícola consta de dos fases: industrial y agrícola. La parte industrial paga los salarios correspondientes al sector industrial. La parte agrícola emplea del 30 al 35 por ciento de toda la mano de obra, y a los puestos menos cualificados les paga los salarios mínimos. El componente del costo del trabajo en los costos totales es de aproximadamente el 10 por ciento, de forma que el ajuste al salario mínimo no los afectaría demasiado, sin embargo, ajustes irrealistas sí tendrían impactos negativos. Según algunas opiniones, los ajustes mayores del 15 por ciento podrían trasferirse a los costos. Las jornadas intensivas de trabajo que sobrepasan las ocho horas podría afectar a los trabajadores si cambiaran el sistema de remuneración al salario por hora. Por tanto, les convendría mantenerse en el sistema tradicional de remuneración por jornal.

 

Lo que concierne a la producción de leche tiene un sistema de remuneración diferente. Los salarios en la sección de ordeño son similares al del sector industrial. Se pagan salarios mínimos en los trabajos temporales y los menos cualificados. Estos últimos no tendrían problemas en aceptar un sistema de pago por hora; diferente sería en la sección de ordeño que implica jornadas intensivas de trabajo, mismas que comienzan desde las tres de la mañana. En general, no tendrían problemas para ajustar el salario mínimo agrícola.

 

En cuanto al café, hay que diferenciar la temporada de recolección de la temporada de invierno. En la primera, en donde es costumbre el pago por unidad de obra, rigen los principios económicos de oferta y demanda, y se ha observado que en respuesta a la escasez de trabajadores en la recolección, los salarios del mercado pagados están por arriba del salario mínimo. En la temporada de invierno la mayoría de los trabajadores gana el salario mínimo, y es aquí en donde se ha popularizado que la jornada de trabajo es menor que las ocho horas que la legislación determina. En este segmento de trabajo podría establecerse la posibilidad de cambiar el sistema a salario por hora, aunque parece existir una varianza del trabajo por hacienda, en unas la costumbre es trabajar siete horas en otras seis o cinco.

 

El azúcar es otro de los grandes empleadores que actualmente paga a un considerable número de trabajadores el salario mínimo. En este caso se sostiene un planteamiento similar al del café.

 

En la parte laboral, la posición es de ajuste a los niveles de salarios. Existe conciencia de que no se pueden otorgar cifras irrealistas de salario, y que además repercutiría en desempleo. De los sectores entrevistados, los que manifestaron un aumento del 100 por ciento o un salario específico consideraron que son puntos de partida para una negociación. Las cooperativas, que son empleadores, especialmente en la parte de café, también se verían afectados por los ajustes al salario mínimo. La parte laboral está de acuerdo en modernizar la legislación y experimentar la remuneración de salario por hora, siempre y cuando no vaya en detrimento de la situación de los trabajadores. Consideran, además, que el sector laboral en el agro está desprotegido y no tiene prestaciones sociales, por lo que la obtención de prestaciones como el seguro social y el sistema de pensiones para los trabajadores es una de las propuestas a mediano plazo.

 

Es imposible efectuar con rigurosidad un análisis de sensibilidad de lo que sucedería si se aumentara el salario mínimo en el agro, mientras no se cuente con todos los datos. Habría que diferenciar entre los sectores agrícolas de exportación y los sectores que producen para el mercado doméstico. En el primer caso, los precios que perciben por sus productos son internacionales y los aumentos salariales los debería absorber la rentabilidad en el sector o el mercado de trabajo con mayor desempleo. En el segundo caso, los aumentos salariales tendrían que absorberlos los precios, lo cual genera inflación o los mercados laborales.

 

Según diferentes sectores, los costos del componente trabajo en los costos totales son: en el sector avícola 30 por ciento, cítricos 50 por ciento, azúcar 40 por ciento, productores de leche 40 por ciento y café 60 por ciento. La mayoría de productores de granos básicos está fuera de los mercados formales. Hay que considerar que los trabajadores que están en el régimen de salario mínimo lo conforma un porcentaje reducido a excepción de los cítricos, el arroz y el azúcar en el período que no es de zafra, y el café en el período de invierno. Si se aumentara el salario mínimo y no hubiese un incremento en el nivel general de salarios, esto afectaría principalmente al café y al azúcar; el porcentaje de trabajadores en este rubro sería del 30 por ciento en el azúcar que equivalen a aproximadamente 12,000 trabajadores y a un 40 por ciento en el café. Esto no tendría efectos inflacionarios visibles porque no se puede trasladar a precios internacionales. En el caso del azúcar, en donde un porcentaje de la producción es consumida domésticamente, una traslación a precios domésticos producto de un aumento del salario mínimo de aproximadamente 15 por ciento, incidiría en un aumento por debajo del 2 por ciento en los precios domésticos. En otros rubros, como la producción de leche, se manifestó que la proporción de trabajadores en el régimen de salarios mínimos no es significativa y que un aumento moderado no sería necesariamente trasladado a los precios. La Tabla 7 muestra las diferentes opiniones de los empleadores que utilizan el sistema de remuneración del salario mínimo.

 

 

Tabla 7

Opiniones de empleadores que utilizan el sistema de remuneración del salario mínimo

 

Sector %trabajadores bajo salario % costos laborales

mínimo en costos totales

 

Azúcar 30% 40%

Café 40% 60%

Avícola 20% 30%

Cítricos 80% 50%

Arroz 70% 45%

Leche 20% 40%

 

 

Los sectores más afectados son el arroz y los cítricos, el café y el azúcar seguirían por su importancia en la cantidad global de los trabajadores que emplean. Esto si se asume que las expectativas sean controladas y los incrementos salariales mínimos no impliquen aumentos en el nivel general de salarios. El ajuste en precios o rentabilidad del sector que se debería asumir por un incremento en el salario mínimo sería: azúcar 12 por ciento, café 24 por ciento, avícola 6 por ciento, cítricos 40 por ciento, arroz 31 por ciento y leche 8 por ciento. La Tabla 7 muestra los ajustes en costos por sector a causa de los incrementos porcentuales en el salario mínimo.

 

 

Tabla 7

Ajustes en costos por sector debido al

incremento porcentual en el salario mínimo

 

 

Aumento % del salario mínimo

Sector 100% 50% 15% 10% 5%

Azúcar 12 6 1.8 1.2 .6

Café 24 12 3.6 2.4 1.2

Avícola 6 3 .9 .6 .3

Cítricos 40 20 6 4 2

Arroz 31 15.5 4.6 3.1 1.5

Leche 8 4 1.2 .8 .4

 

La Tabla 7 muestra que un ajuste del 100 por ciento al salario mínimo ocasionaría un aumento aproximado del 24 por ciento de los costos de producción en el sector café. Un ajuste del 15 por ciento al salario mínimo ocasionaría un incremento del 1.8 por ciento en el sector azúcar. La forma en que los ajustes al salario mínimo en el sector agrícola se relacionan con el nivel general de precios requiere de mayor información y supuestos que no se contemplan en este artículo.

 

7. Factibilidad de introducir la remuneración por hora en el agro

 

La remuneración por hora en el agro está permitida en el Código de Trabajo. Sin embargo, en todos los sectores está generalizado el pago de salario por jornal de trabajo. La cultura de trabajo internalizada en algunos sectores en el agro consiste en la reducción de las horas de trabajo por día. En algunos rubros se ha normalizado que la jornada de trabajo es de cinco horas y no las ocho que establece el Código del Trabajo.

 

La reducción de horas de trabajo en algunas sociedades modernas es signo de avance tecnológico o se aplica como una medida de solución de problemas de desempleo como actualmente sucede en Europa. En el agro salvadoreño, la costumbre de reducir las horas de trabajo ha sido producto del deterioro de las condiciones de trabajo y de la falta de controles e incentivos adecuados, o para compensar la remuneración relativamente menor que en otros sectores.

 

En los ochenta, durante el período de violencia, la reforma agraria y el abandono de propiedades, la cultura de trabajo en el agro se deterioró. Las migraciones y la erosión de la capacidad empresarial en el sector rural contribuyeron a las distorsiones en la cultura de trabajo agrícola. En los noventa, durante el período de posguerra, el lento proceso de reactivación del agro no ha generado las condiciones para la transformación de la cultura de trabajo. Algunos empleadores se ven obligados a contratar dos jornadas de trabajo en un día para completar el ciclo de trabajo, lo cual incrementa los costos de producción.

 

La remuneración del salario por hora en algunos sectores tendría el propósito de corregir la distorsión de trabajar menos horas que las ocho establecidas legalmente. ¿Qué se puede decir acerca de la factibilidad de su implementación y de alcanzar los objetivos que se pretenden? Primero debe establecerse que la introducción efectiva de la remuneración por hora no es obligatoria para todos los sectores del agro, sino una medida de mayor flexibilidad en los mercados laborales, de esta manera se les brinda otra opción a los empleadores de elegir la remuneración por hora de acuerdo con su conveniencia.

 

Segundo, el objetivo principal de la remuneración por hora sería lograr el cumplimiento de la jornada de ocho horas en los sectores en que se trabaja menos. La mecánica de funcionamiento sería el anuncio que haría el empleador de la contratación por hora, esto supondría que el empleador contaría con los mecanismos efectivos de control del horario de trabajo.

 

La remuneración por hora es un aspecto de libre negociación entre empleadores y trabajadores, lo que sí necesita decretarse es el salario mínimo por hora. El salario por día, que integra todas las prestaciones, es de 26.10 colones, el equivalente por hora es de 3.26 colones. Para alguien que percibe el salario mínimo, actualmente recibe 26.10 colones por cinco horas de trabajo. De acuerdo con esta forma de remuneración por cinco horas le corresponderían 16.30 colones. El incentivo negativo que tal situación generaría sería que el trabajador se vería motivado a extender sus horas de trabajo a 8 para ganar lo que antes percibía con 5 horas.

 

Por lo tanto, habrá resistencia por parte del trabajador a esta forma de remuneración y se presagian dificultades en su implementación, a menos que lleve consigo incentivos positivos para el cumplimiento de las 8 horas de trabajo, como sería alcanzar mayores niveles de remuneración. Por ejemplo, pagar arriba del mínimo para que al cumplimiento de las 8 horas, el trabajador perciba más de 26.10 colones y experimente beneficios con el cambio de sistema de remuneración.

 

De lo anterior se deriva un conclusión importante: la introducción de la remuneración por hora funcionará si se diseñan los incentivos positivos adecuados. Estos consistirían en que en los sectores en donde se intente extender la jornada laboral de 5 a 8 horas, el salario resultante del pago de 8 horas debe ser superior a la situación en donde se percibía por jornal trabajado. La cantidad superior que se perciba dependerá de la visión del empleador y de la capacidad de negociación de los trabajadores. La introducción de una remuneración de este tipo sólo puede funcionar si se le aumenta el salario nominal y real al trabajador. No debe ser subterfugio para ningún empleador para ajustar hacia arriba los niveles de salario.

 

Nuestra recomendación es que el salario mínimo por hora se calcule mediante la división del salario mínimo por jornal trabajado entre 8 horas. Sin embargo, los empleadores que deseen cambiar la cultura de 5 horas deberían introducir incentivos positivos en forma de un salario mayor resultante del trabajo por 8 horas completas. Si la base del salario mínimo por hora fuera diferente de la división por 8 horas del salario mínimo por jornada, al considerar un salario mínimo por hora muy alto, esto no sería funcional porque el empleador consideraría más conveniente la remuneración por jornada en lugar del pago por hora.

 

En el supuesto de que la introducción del salario por hora fuera exitosa, se podría esperar que aumentara el desempleo en alguna magnitud. Dado que actualmente en algunos sectores trabajan 5 horas se contrata doble jornal, de esta manera generan más empleo. Al aumentar la jornada a 8 horas, no existiría la necesidad de doble jornal.

 

 

8. Propuestas para mejorar el funcionamiento de los mercados laborales en el sector agrícola

 

Propuesta 1. Modernización y actualización del Código de Trabajo en lo que respecta al trabajo agropecuario.

 

El Código de Trabajo fue aprobado en 1972 y respondía a las ideas jurídicas y de prestaciones sociales de esa época. Algunos de los conceptos plasmados son de difícil aplicación en la actualidad. En el ámbito agrícola, los métodos de trabajo y la cultura laboral que se ha desarrollado en el país en algunos aspectos no cumplen con lo establecido en el Código de Trabajo, tanto de parte de los empleadores como de los trabajadores. En primer lugar, los contratos en su mayoría son de carácter verbal, como lo estipula el art 85, de esta forma la mayoría de las relaciones se establece en el ámbito de la informalidad, en consecuencia, los trabajadores agrícolas son los menos beneficiados por las prestaciones garantizadas en el Código de Trabajo. Además, muchos de los empleos en el agro son de carácter transitorio.

 

Por el lado de los empleadores, las prestaciones garantizadas en el Código de Trabajo que no se están otorgando son: (a) el seguro social. En su mayoría, los trabajadores agrícolas no tienen acceso al seguro social, lo que implica que no tienen cobertura para servicios de salud o pensiones de retiro. (b) El pago de los asuetos y aguinaldos (Capítulo 6 del Código de Trabajo). (c) El pago de la vacación anual remunerada (Capítulo 5 del Código de Trabajo).

 

Por el lado de los trabajadores, las diposiciones del Código de Trabajo que no se están llevando a cabo son: (a) el incumplimiento laboral de las ocho horas trabajadas que estipula la ley, ya que los trabajadores agrícolas sí perciben la remuneración equivalente a 8 horas de trabajo. Se ha internalizado en algunos segmentos de trabajo en el agro la costumbre de trabajar menos de 6 horas.

 

Por el lado patronal es difícil hacer cumplir todos los aspectos que menciona el Código de Trabajo, máxime que los principales empleadores -café y azúcar- lo hacen por temporadas, de forma que el empleo no es permanente. Pero aun el segmento de trabajadores permanentes no goza de los beneficios que se mencionan en el Código de Trabajo, salvo algunas excepciones.

 

 

Artículos del Código de Trabajo que se deben revisar

 

Art. 144. "Todo trabajador, incluso el trabajador a domicilio, tiene derecho a devengar un salario mínimo que cubra suficientemente las necesidades normales de su hogar en el orden material, moral y cultural, el cual se fijará periódicamente". La redacción de este artículo debe modificarse, hay que eliminar lo que se refiere al orden moral y cultural que es completamente subjetivo y sujeto a interpretación o a su no cumplimiento. Se debe revisar lo referente a cubrir las necesidades normales de su hogar. Para ser congruente con la reforma al Código de Trabajo, se debe sugerir una reforma constitucional del numeral 2 del art. 38 de la Constitución, que se refiere al concepto del salario mínimo.

 

Los Artículos 145 y 146 del Código de Trabajo que se refieren a la forma de fijar el salario mínimo, deben considerar no sólo el costo de la vida, sino las realidades de las empresas y de los sectores de la economía.

 

El Art. 147 es la clave para introducir la remuneración por hora. Se debe revisar de tal forma que estipule que queda a opción del empleador la remuneración por hora, cuando el tiempo de trabajo sea menor que la jornada laboral que es de ocho horas. Esto corregiría la distorsión y cultura internalizada de trabajar menos del tiempo estipulado. No obstante que el Código de Trabajo permita la remuneración por hora, en este artículo se da la pauta para que se remunere la jornada completa cuando el trabajo sea entre 5 y 8 horas.

 

El Art. 159 establece: "Los salarios mínimos fijados por decreto deben revisarse cada tres años". Esto debe modificarse. Si en los noventa existiera un mejor control de la inflación, esto implicaría que el salario real no disminuyera sustancialmente. Según la gráfica de comportamiento del salario real, es evidente que dicho comportamiento es más estable durante los noventa, en parte por el entorno menos inflacionario. En ese contexto no sería necesario la revisión del salario cada tres años. Lo recomendable sería introducir un índice de deterioro del salario mínimo real, el cual al disminuir más allá de cierto margen sería necesario revisarlo. Por ejemplo, se puede tener como año base el salario real de 1995 y establecer un índice de deterioro del salario. El salario mínimo real debe fluctuar con flexibilidad, pero si llega a cierto parámetro, por ejemplo, que se deteriore más allá del 30 por ciento (puede ser otra cantidad), entonces sería necesario fijar el salario mínimo por decreto, tomando este nuevo año como base.

 

Propuesta 2. Integrar la prestación alimenticia con el pago del séptimo proporcional, es decir, efectuar un solo pago y hacer obligatorio el pago en dinero en lugar de la posibilidad de sustituirlo por alimentos.

 

Para esto hay que derogar la Ley de Complementación Alimentaria para los Trabajadores y emitir un decreto que determine el nuevo nivel integrado de salario mínimo en el sector agrícola. La prestación alimenticia da la pauta para que se pueda sustituir el pago en dinero por especies. No obstante, queda a criterio de cada empleador proveer alimentos y otras prestaciones, pero debe existir obligatoriedad para el empleador de pagar en dinero. Por otro lado, el cálculo del salario mínimo es engañoso cuando existen estos factores que se incluyen también en el pago, lo cual ha conducido a que muchos empleadores piensen que pagan por arriba del salario mínimo. La emisión de este decreto establecería el nuevo nivel de salario mínimo por hora, día, quincena y mes para evitar confusiones y huecos en la ley, y dejar bien claro que se sustituye la prestación alimenticia y el séptimo proporcional.

 

Propuesta 3. Revisar si los mecanismos institucionales existentes son los idóneos para una mejor relación patronal laboral en el agro.

 

Se debe introducir la moción de que se revisen, al menos en la Comisión de Trabajo dentro de la Asamblea Legislativa, los aspectos institucionales. Hay que analizar si el Consejo Superior del Trabajo está cumpliendo su función dentro del Organo Ejecutivo para promover el diálogo y la concertación en temas laborales en el agro. Debe analizarse en tres niveles: primero, si tiene la representatividad y credibilidad; segundo, si es una instancia ágil para atender los problemas especialmente en coyunturas como las actuales en donde se debate sobre el salario mínimo; y tercero, si el sector agrícola encuentra resonacia en su problemática dentro del Consejo Superior del Trabajo.

 

 

Propuesta 4. Se deben crear los mecanismos para un mejor entendimiento entre sectores patronales y laborales que lleven a la formación de pactos sociales.

 

El debate actual sobre el salario y las reformas al Código de Trabajo puede ser un tema estratégico para reunir propuestas y sectores. En la situación en que se encuentra el país conviene que sin el ejecutivo que medie se puedan sentar a discutir propuestas los principales empleadores y los trabajadores. El objetivo sería llegar a negociaciones racionales, que incidan en que los efectos obtenidos sean de mayor beneficio para ambas partes.

 

En lo que se refiere a una negociación sobre salario, el lograr un acuerdo entre los principales agentes tiene mejores efectos que el ejecutivo decrete un aumento de salarios. Al percibir los sectores que no han sido consideradas sus demandas, los efectos negativos son mayores. Por el lado de los trabajadores aumentarían las presiones por huelga y movilizaciones sociales, y por el lado de los empleadores aumentarían su ajuste en aumento de precios que traería inflación o despido de los trabajadores.

 

El objetivo sería lograr un pacto de caballeros entre los principales agentes, que podría ser posteriormente ratificado por el ejecutivo. De esta manera existe compromiso de ambas partes de cumplir los acuerdos y aminorar los efectos negativos de medidas implementadas. Para ello se sugiere el mecanismo siguiente.

 

1. Identificación de los principales agentes involucrados. En este caso serían los principales representantes de los sectores de café, azúcar y otros que puedan ser grandes empleadores. Por el lado de los trabajadores, tendrían que ubicarse las organizaciones más representativas de los trabajadores.

 

2. Establecer una agenda clara de discusión. Una posible agenda son las propuestas que se han realizado en esta sección incluyendo el ajuste al salario mínimo y el establecimiento de pautas futuras de cómo tratar el problema.

 

3. Lograr acuerdos sobre los puntos claves de negociación como los parámetros de ajuste.

 

4. Trasladar al ejecutivo los acuerdos tomados.

 

 

Propuesta 5. Modificar el criterio de revisión del salario mínimo agrícola cada tres años y estudiar otras opciones como un índice de alerta del momento en que debería estudiarse la modificación del salario mínimo.

 

El criterio de revisión del salario mínimo cada tres años no parece una regla adecuada. Un parámetro más objetivo es introducir un índice de deterioro del salario real. Este salario es como otro precio en la economía el cual debe dejarse fluctuar y, tal como ha ocurrido en diferentes países, es flexible tanto a la baja como al alza.

 

En cuanto al salario mínimo, un criterio de revisión que podría establecerse es que no se deteriore más allá del 25 por ciento de un año base; en el caso de que el salario real llegue a este piso debe revisarse de otra forma y dejarlo fluctuar libremente. Además, hay que institucionalizar la utilización de dicho índice. Este criterio no implica indexar el ajuste al salario mínimo, pero sí establecer los criterios de deterioro de los salarios de manera más objetiva, diferente del criterio arbitrario de sugerir una revisión cada tres años.

 

Propuesta 6. Someter a discusión dentro del ámbito de un pacto social, tal como el descrito en la propuesta 4, el tema del ajuste al salario mínimo.

 

De acuerdo con principios de manejo macroeconómico no es recomendable indexar los salarios a los niveles de inflación, ya que a la larga genera presiones inflacionarias porque da la pauta para un círculo viciososo de inflación-ajuste-inflación. La indexación de los salarios a niveles de la inflación se eliminó desde los ochenta en muchos países latinoamericanos. La inflación anual en 1995 fue del 11.4 por ciento, y en 1996, del 7.4 por ciento. La propuesta sería ajustar el salario a los niveles de 1995, que fue el último ajuste. Una indexación completa, que no es recomendable, incluiría el darle el mismo valor adquisitivo que en 1995. La Tabla 8 muestra diferentes ajustes. Un parámetro objetivo es que el ajuste no puede ser mayor que lo experimentado en la inflación. El 100 por ciento implicaría devolverle el poder adquisitivo completo de 1995 al salario mínimo agrícola, o sea, un ajuste completo a la inflación experimentada.

 

 

 

Tabla 8

Salario actual por día, incluyendo prestación alimenticia y séptimo proporcional: 26.10 equivalente a 313.20 quincenal

 

Ajuste Salario propuesto Quincenal

100% 31.20 374.65

90% 30.60 367.25

80% 30.14 361.79

70% 29.53 354.43

60% 29.26 351.16

50% 28.60 343.20

 

 

 

Un parámetro objetivo que puede servir de sustento para cualquier negociación es que no se pueden incrementar por arriba de los niveles de la inflación de los últimos dos años. La cifra clave es que al integrar los diferentes componentes del salario y seguir el criterio de ajuste del salario por la inflación experimentada, su ajuste no puede ser en ningún caso mayor de 31.20 colones.

 

Otro criterio de ajuste sería utilizar la inflación esperada para ajustar salarios. La utilización de dicho criterio partiría de la idea de que los costos en el deterioro de la capacidad adquisitiva del salario ya se han asumido y habría que considerar la inflación esperada para establecer un mejor criterio, ya que estarían en función de una tendencia. El problema, en el caso del país, radica en que se espera para este año una inflación relativamente baja: menos de 6 por ciento; pero cuando en el futuro se realice un nuevo ajuste hay que ser congruente con este criterio utilizado, y no se sabe si más adelante la inflación esperada sea mayor. Además, es preciso evaluar por cuantos años de inflación esperada debería realizarse el ajuste. Conviene también analizar si el mismo criterio de corrección por inflación esperada induciría a que la inflación que se experimentaría sería mayor. En todo caso, si se decide por este criterio, y se considera que el parámetro de corrección por inflación esperada es la meta de inflación que menciona el programa monetario y financiero para 1997, el techo de correción sería de 7 por ciento, lo que implica que el salario mínimo diario debería incrementarse de 26.10 a 27.97 colones. Esto se traduciría a 335.12 quincenales y 670.24 mensuales, incluyendo prestación alimenticia y séptimo proporcional.

 

Propuesta 7. Solicitar que el ejecutivo incorpore dentro de su plan agropecuario una mayor inversión en educación y entrenamiento de los trabajadores agrícolas.

 

La inversión en capital humano es el argumento central para aumentar la productividad de los trabajadores. Sin embargo, este aspecto debe ser considerado dentro de un plan estratégico del Estado hacia el sector. Habrían aspectos de largo plazo y otros elementos de mediano plazo. En los de largo plazo se deben integrar todas las políticas que tendrían como objetivo estratégico elevar el nivel de escolaridad de la población en el sector rural. En los aspectos de mediano plazo podría incorporarse la creación de escuelas vocacionales para empleos especializados que demanda el sector agrícola, por ejemplo, operarios de tractores o maquinaria.

 

 

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