ECA, enero-febrero, 1997, nº 579-580

 

 

La procuradora le toma el pulso al país

 

Míralos como reptiles al acecho de la presa,

negociando en cada mesa ideologías de ocasión...

Antes iban de profetas y ahora el éxito es su meta,

mercaderes traficantes, más que naúsea dan tristeza.

no rozaron ni un instante... la belleza...

(L. E. Aute)

 

Es el quinto mandamiento de la Ley de Dios. También se encuentra reconocido como un derecho humano en la legislación internacional y, ya metidos en nuestro territorio, el segundo artículo de la Constitución dice que "toda persona tiene derecho a la vida". Así, pues, desde cualquier lado que se le quiera ver, en esta materia no hay o no debería haber dónde perderse. Sin embargo, desde hace bastantes años, en El Salvador la vida no se respeta: día tras día -antes "por la guerra" y hoy "por la delincuencia"-, la vida ha sido atropellada de manera flagrante sin que, hasta la fecha, se advierta una acción oficial decidida y eficaz para defenderla. Aquí, de manera abrumadora, ni se investigan los delitos que acaban con ella ni, por supuesto, se sanciona a los responsables.

 

Por si fuera poca toda la sangre derramada sobre esta tierra durante las épocas de violencia política y bélica, hoy la muerte sigue paseándose sin obstáculos. La cotidianeidad es dolorosamente pródiga en pruebas. Por ejemplo, el 12 de enero apareció el cadáver de Francisco Javier Najarro, prestamista de 26 años de edad. Hasta ahora, se desconocen los móviles del hecho y, por ende, sus autores. El cadáver -localizado dentro de una alcantarilla en la ciudad de Santa Ana, tras diez días de infructuosa búsqueda- se encontraba en estado de putrefacción y presentaba quemaduras en algunas partes. También en enero ocurrió el asesinato de Ana Silvia Martínez, conocida como "la Violeta". Esta joven pertenecía a la "mara 14" y su cuerpo apareció en el interior de la hacienda Santa Catalina, en el departamento de La Paz, con ocho impactos de bala en el pecho y el abdomen, además de presentar múltiples lesiones de arma blanca y una parte de su cráneo destruida. La víctima tenía tres meses de embarazo y presentaba señales de violación. ¿Otro ejemplo? Un mes después de su desaparición, el 7 de febrero, Otilia Pérez Gómez, de 42 años, fue encontrada sin vida en la hacienda Santo Domingo del cantón Cutumay Camones, en Santa Ana. El cuerpo estaba parcialmente devorado por aves de rapiña y cerca del lugar se encontró un cuchillo con manchas, al parecer, de sangre.

 

El 9 de febrero, el cadáver de una mujer desconocida de, aproximadamente, 23 años de edad, fue localizado cerca de la capital, a un costado de la carretera que conduce a Nueva San Salvador, dentro de una bolsa plástica. Atada de pies y manos, la víctima presentaba señales de tortura en diferentes partes del cuerpo. Se supone que fue violada y, según las autoridades judiciales, estrangulada. Ese mismo día, pero en Zaragoza, departamento de La Libertad, fueron asesinados -al estilo de los escuadrones de la muerte- Mario Paulino Estrada Bautista y Juan Carlos Escobar López, de 22 y 18 años, respectivamente.

 

La muerte también empieza a ocuparse de algunos militantes opositores, tal es el caso de Moisés Cano Reyes, miembro del FMLN, de 23 años de edad. El joven, que al momento de los hechos se encontraba con varios correligionarios, falleció el jueves 20 de febrero, cuando el grupo fue ametrallado por ocho hombres fuertemente armados, en el caserío Calle Vieja, municipio de Nejapa.

 

La lista de hechos similares se llevaría varias páginas. Ante esta situación, y a cinco años de la firma de una paz que todavía no alcanza a disfrutar, la población salvadoreña se pregunta cada vez con mayor inquietud y desencanto ¿por qué? ¿Por qué no se impulsan políticas concretas y coherentes para enfrentar tanta violencia, organizada o común? ¿Por qué están tan seguros los criminales y por qué la mayoría de la gente tiene que seguir viviendo atrapada en la intranquilidad y el temor? Básicamente, la respuesta es una: por la inoperancia de los organismos estatales, algunos de ellos teóricamente bien diseñados -es una presunción-, pero mal conducidos en la práctica.

 

Aparte de algunos operativos policiales y de las numerosas capturas efectuadas durante 1996, y amén de los cambios normativos y de personal en lo que toca a la impartición de justicia, tal como lo comentamos en nuestro balance anual de la situación nacional (Proceso, 739), es claro que aquí -por incapacidad o corrupción- todavía vivimos sumidos en un ambiente de impunidad que sólo favorece a los delincuentes, que no tienen nada ni nadie que les impida seguir haciendo de las suyas. El gobierno -hasta la fecha y por lo regular- no ha dado muestras de una disposición real para investigar a fondo los hechos y sancionar a los criminales, sobre todo cuando tienen algún poder o cuentan con su protección; es más, hay ciertos casos de violencia criminal en los que se ha establecido la participación de agentes estatales que, no obstante, continúan en sus puestos.

 

Afortunadamente, no todo es negativo en el marco de la administración pública. Los salvadoreños contamos con una "defensora del pueblo", decidida y valerosa, que durante sus casi dos años en el cargo ha dado suficientes muestras de un indeclinable compromiso con la causa de los derechos humanos, pese a las serias dificultades que esa actitud le ha ocasionado. En medio de un ambiente institucional saturado de ineficacia y mediocridad su labor se destaca, sobre todo por las acciones que impulsa, mediante el adecuado uso de sus atribuciones constitucionales, para que la ley sea respetada.

 

La ignorancia o -peor aún- la mala intención de algunas personas que se encuentran dentro del gobierno las mueve a criticarla de manera infundada. Pero, independientemente de las críticas, en el Artículo 194 de nuestra Constitución se establece como materia de su competencia -entre otras cosas- velar por el respeto y la garantía de los derechos humanos y supervisar la actuación de la administración pública frente a las personas, así como formular conclusiones y recomendaciones de manera pública o privada. Y eso, les guste o no a quienes señalan acremente a la procuradora de los derechos humanos, doctora Victoria Marina Velásquez de Avilés, lo está haciendo bastante bien.

 

Para una mayor precisión en este punto, vale la pena acudir al Decreto Legislativo Nº 163, del 20 de febrero de 1992, mediante el cual se aprobó hace cinco años -a iniciativa de un grupo de diputados entre los que se encontraba Jorge Alberto Carranza, actual Viceministro de Seguridad Pública- la Ley de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos. En el Artículo 12 de la ley se destacan otras dos facultades de la "defensora de las y los ciudadanos" en El Salvador o -como se conoce en otros países más avanzados en la materia- de nuestra "guardiana de la legalidad": velar por el respeto a las garantías del debido proceso y emitir resoluciones de censura pública contra los responsables materiales o intelectuales de violaciones a los derechos humanos.

 

Sobre este último aspecto -el de las resoluciones de la procuradora- cabe señalar que en el último trimestre del año pasado, la doctora Velásquez de Avilés presentó tres bastante importantes. Las reacciones generadas por sus resoluciones resultan interesantes, en tanto indicadores del estado en que se encuentra el país en lo que se refiere a la protección de los derechos humanos. Nos referimos a las resoluciones sobre los casos de Ramón Mauricio García Prieto Giralt (SS 0725-95), Manuel Adriano Vilanova Velver (SS 086-95) y William Antonio Gaytán Ayala (SS 0016-96). Los asesinatos de estos tres jóvenes salvadoreños de 32, 24 y 16 años de edad, respectivamente, ocurrieron entre junio de 1994 y enero de 1996. En los hechos se detectó la participación directa o indirecta de agentes estatales, ya sea para ejecutar el crimen o para encubrir a sus responsables materiales e intelectuales.

 

En el caso García Prieto, la procuradora señaló que hubo violación al derecho a la vida en perjuicio de Ramón Mauricio, atribuyendo la responsabilidad del crimen a "grupos armados irregulares, cuyo actuar es del conocimiento y tolerancia del Estado". Pese a no mediar en la comisión del asesinato ninguna motivación política, la funcionaria se expresa en esos términos con base en lo dicho en su momento por el Grupo conjunto para la investigación de los grupos armados irregulares con motivación política. En el informe, la comisión se refirió a la existencia en el país de los escuadrones de la muerte y a su vinculación con otras estructuras del crimen organizado, a partir de ciertas condiciones "favorables" que les posibilitan seguir actuando por razones políticas o con otros objetivos.

 

Además, la doctora de Avilés dio por establecida la violación de los derechos al debido proceso judicial y a la seguridad personal en perjuicio de la viuda -Carmen Estrada de García Prieto- y de los padres de la víctima. Finalmente, en la resolución se establecieron violaciones al debido proceso administrativo por parte de la División de Investigación Criminal (DIC) de la Policía Nacional Civil y de la subdelegación antinarcóticos del cuerpo policial de San Miguel.

 

Pero como no sólo se trata de censurar, sino también de recomendar para corregir en lo posible los errores, la funcionaria pidió a los órganos auxiliares de la administración de justicia y al mismo Órgano Judicial "conducir las investigaciones con seriedad y en estricto cumplimiento de la Constitución, tratados internacionales y leyes, en lo relativo a los derechos humanos". También les recordó su "responsabilidad de investigar [...] con eficiencia, como un deber jurídico propio y especialmente cuando se presume la participación delincuencial de grupos armados irregulares cuyas características delictivas, conforme al patrón histórico en neustro país, están encaminadas precisamente a ocultar a los autores y configurar situaciones de impunidad".

 

También al Juez Quinto de lo Penal de San Salvador y a la Cámara Segunda de lo Penal de la Primera Sección del Centro, les recomendó algo muy importante: "al impartir justicia, cumplan estrictamente con lo dispuesto en la Constitución y en las leyes pertinentes, atendiendo a los términos legalmente señalados, a efectos de que la administración de una pronta y debida justicia sirva de garante de los derechos humanos de las personas". Al mismo Juez Quinto de lo Penal, la procuradora le recordó que debía darle los informes que le solicitaba.

 

Finalmente, ordenó enviar certificación de su resolución -para adoptar las medidas correspondientes- a la Fiscalía General de la República, a la Comisión sobre la Aplicación de la Ley de la Carrera Judicial y a los jueces de la Corte Suprema de Justicia, al Consejo Nacional de la Judicatura, a la unidad disciplinaria de la policía, a su dirección general y a la inspectoría general.

 

Cabe decir que desde hace más de dos años y medio, cuando ocurrió el asesinato de Ramón Mauricio, siempre ha existido una clara y peligrosa falta de iniciativa oficial para investigar en profundidad el hecho y las circunstancias que lo rodean. No obstante la detención y condena del individuo que disparó el arma contra la víctima, desde el principio y hasta la fecha hay suficientes elementos de juicio para determinar la participación de -al menos- otros dos sujetos en la autoría material del crimen, entre los cuales se menciona al famoso Zaldaña -el detective Carlos Romero Alfaro-, también implicado en el caso Velis.

 

Pero no se avanza en tal sentido, y no porque falten elementos, ya que existes suficientes pistas para recorrer un camino que -de hacerlo con una voluntad férrea- permitiría a la fiscalía llegar a las estructuras utilizadas para cometer el crimen e, incluso, hasta el establecimiento de responsabilidades intelectuales. Por eso no son fortuitas tantas amenazas y el constante acoso con lo cual se pretende, inútilmente, intimidar a esa familia doliente y sedienta de justicia.

Sobre el caso Vilanova, la doctora de Avilés sacó varias conclusiones, entre ellas que, "con base a los hechos relatados y el análisis de las diversas hipótesis establecidas sobre la circunstancias de la muerte del joven Manuel Adriano Vilanova Velver y especialmente en función de los elementos que se han recabado en las distintas investigaciones, esta Procuraduría sostiene que existen serios indicios que hacen presumir la participación de elementos de la Policía Nacional Civil de Panchimalco, y particularmente del cabo Hugo Orlando Saravia Perlera, en el homicidio del joven Vilanova Velver. La mayoría de los elementos de juicio, testimonios e indicios recabados apuntan hacia la autoría material de tales personas".

 

Ya en la parte directamente resolutiva, la funcionaria afirmó que existían "razones suficientes" para establecer la violación al derecho a la vida de Manuel Antonio "por muerte arbitraria consumada". A raíz del crimen -ocurrido hace casi un año y medio- se violaron otros derechos y eso también aparece consignado en la resolución: por un lado, se quebrantó el derecho al debido proceso legal por retardación de justicia, de lo cual se responsabiliza al juez de lo penal de San Marcos, a quien le recomendó "depurar con mayor rapidez" el caso; por el otro, se vulneró el derecho a la libertad personal de los agentes policiales del puesto de Panchimalco, quienes -según el documento- fueron concentrados de forma arbitraria e ilegal para investigar en el caso, "señalándose como responsable a la subdirección general operativa de la Policía Nacional Civil".

 

En el plano de las recomendaciones, al Fiscal General de la República le pidió ejercer "mayor control sobre sus agentes específicos, especialmente en lo relativo a que desempeñen más activa y plenamente su función constitucional, en aras de una correcta administración de justicia". Al Ministro de Seguridad Pública le recomendó eliminar cualquier "estructura irregular dentro de la Policía Nacional Civil, la apertura de la investigación correspondiente y la sanción legal que corresponde a quienes resultaren responsables de su creación, específicamente de la realización ilegal de investigaciones en el caso objeto de la presente resolución por parte de la denominada unidad de asesoría que operó en el edificio de ACES (Automóvil Club de El Salvador), conforme se sustancia en los párrafos pertinentes de la presente resolución".

 

Al igual que en el caso García Prieto, en éste también se notificó de la resolución a los funcionarios mencionados; también le fue notificada al jefe del puesto de la Policía Nacional Civil en Panchimalco, a los familiares del joven Vilanova y a Violeta Evelyn Rivera Castillo, la periodista que destapó la presunta implicación del cuerpo policial en el crimen y quien -a consecuencia de ello- fue amenazada, lo que la obligó a abandonar el país por un tiempo. También, al igual que en el caso García Prieto, la muerte de Manuel Adriano Vilanova Velver continúa sin esclarecerse y sus responsables sin recibir castigo; por lo tanto, su familia sigue exigiendo justicia.

 

En la muerte del menor Gaytán Ayala -de cuya conducta intachable existen pruebas- intervinieron directamente miembros uniformados de la Policía Nacional Civil, según consta desde las primeras averiguaciones. "Del reconocimiento practicado al cadáver -sostiene la resolución de la procuradora- se pudo determinar que la causa de la muerte fue herida penetrante de tórax producida por proyectil de arma de fuego, presentando orificios de entrada de proyectil en el quinto y octavo espacio intercostal, ambos sin tatuaje de pólvora, y uno más a nivel del cuello. La autopsia determinó que el proyectil que impactó el cuello y que quedó alojado, fue disparado de atrás hacía adelante, y los del tórax que también quedaron alojados, de derecha a izquierda, ligeramente de adelante hacia atrás, y hechos a una distancia no mayor de cincuenta centímetros".

 

Y sigue el documento citado: "De los análisis de los proyectiles encontrados al cadáver del joven Gaytán, se pudo determinar que el que le ocasionó la muerte según la autopsia, o sea el que impactó en el cuello, fue disparado por el agente Miguel Hageo Palacios Contreras que portaba una sub ametralladora Tamae tipo Saf, calibre nueve milímetros, y los otros dos, por el motorista de la Unidad, Narciso Gabriel Escamilla, quien portaba un revólver Taurus, calibre 38 milímetros. Se pudo comprobar que el motorista hizo ocho disparos, pues siendo su arma de una capacidad de seis tiros, pudo hacerlos porque manifiesta haberla recargado".

 

Hasta aquí, pues, queda establecido que Palacios Contreras disparó su arma durante la persecución desde el "radiopatrulla" y que uno de esos proyectiles penetró en el cuello de William Antonio. Los otros dos proyectiles que causaron la muerte del joven salieron del arma del conductor del auto policial y se hicieron a corta distancia. Quiere decir que, tras haber detenido el vehículo perseguido y después de haber recargado su arma, encontrándose William Antonio dentro -herido y quizá agonizando-, Escamilla le disparó a quemarropa.

 

¿Qué debieron hacer entonces los otros policías que participaron en una operación iniciada con una razón legítima y legal, pero que durante su desarrollo degeneró en la ejecución arbitraria de un menor de edad? Pues detener a Escamilla y a Palacios Contreras, para después informar lo que realmente había sucedido. Pero no, se hizo lo contrario y todavía más, para encubrir a los responsables de esta nueva violación del derecho a la vida.

 

Al revisar la resolución de la procuradora, encontramos que "en el proceso 25-96 iniciado sobre averiguar la muerte del joven Gaytán, por parte del Juzgado 13 de Paz, consta que la inspección del hecho se llevó a cabo a las veinte horas y diez minutos del día de los hechos. Cuando se hicieron presentes, el vehículo se encontraba con las cuatro puertas abiertas, poniendo de manifiesto el juez, según su expresión textual, que había presencia de agentes de la DIC, y peritos del Laboratorio de Investigación Científica del Delito de la PNC los cuales se encontraban realizando sin ninguna previa autorización del suscrito juez, órgano competente de la administración de justicia, experticia de prueba de campo en el vehículo y en el cuerpo de una persona, ya fallecida, hasta el momento no identificada". El énfasis es nuestro.

 

Y continúa: "Agrega el juez que las vainillas que se dice fueron encontradas habían sido retiradas por los miembros del Laboratorio de Investigación Científica del Delito sin autorización alguna, por lo que él no podía afirmar y verificar el calibre ni la cantidad de las mismas [...] Sobre el reconocimiento del cadáver, manifiesta que lo pudo realizar hasta que los peritos policiales terminaron su experticia sin autorización. Constató que se encontraba en el asiento trasero con dos impactos de proyectil de arma de fuego en la región de la pared lateral del tórax, y un impacto en la región occipital".

 

Además, la doctora de Avilés informa que las diligencias extrajudiciales instruidas contra Carlos Ernesto Forero Borowiec -acusado de robar el vehículo en el que se conducía William Antonio- "fueron remitidas por la División de Investigación Criminal de la Policía Nacional Civil al Juzgado Décimo Quinto de Paz. En las mismas aparece que los menores Jorge Alberto Romero Hernández y Juan Carlos Martínez Quintanilla fueron consignados a las bartolinas municipales como imputados del delito de robo y tentativa de homicidio, y remitidos el día 5 del presente año al Departamento del Menor Infractor de la Fiscalía General de la República. Las diligencias policiales incluyeron análisis dactiloscópico".

 

Y sigue: "El análisis de la región dorsal y palmar superior de las manos del cadáver de William Antonio Gaytán Ayala practicado por la policía, sin intervención judicial, determinó positivo en ambas manos, lo que según el dictamen podría ser por haber disparado o manipulado arma de fuego, o por haber estado cerca o en un ambiente donde se disparó un arma de fuego". Este énfasis también es nuestro, sobre todo porque queremos destacar que posteriormente se realizó una experticia por parte del Juzgado Décimo Quinto de Paz de San Salvador, cuyo análisis químico arrojó un resultado negativo en el dorso y en la palma de ambas manos del cadáver.

 

Pese a todo lo anterior, cuando la causa pasó al Juzgado Quinto de lo Penal de San Salvador y se decretó la detención del chófer Escamilla y del agente Palacios, el juez calificó el delito como "homicidio culposo" -es decir, sin intención- y excarceló a los imputados a solicitud de la defensa. Eso contradice la resolución tantas veces citada, mediante la cual se establece que en los hechos hubo -por parte de la policía- imprudencia, temeridad, falta de respeto de los derechos humanos, prepotencia e irresponsabilidad. A todo eso, cabría agregar el enorme esfuerzo institucional por encubrirlos dentro del cual, además, se deben considerar el informe de la unidad de control de la policía y la actitud pasiva de la inspectoría general del cuerpo policial.

 

A estas alturas, transcurrido más de un año, todavía se mantiene una tipificación errada del delito. Ello pese a que está comprobado el dolo del individuo que disparó contra la humanidad indefensa de William Antonio y a que los fiscales específicos solicitaron, de manera fundada, subsanar tal error. La respuesta que dio el actual Juez Quinto de lo Penal -quien sustituyó al anterior como parte del proceso de "depuración" judicial- fue decepcionante: la declaró improcedente porque Palacios Contreras y Escamilla no tenían la voluntad de matar a William Antonio, ya que ellos dispararon porque los ocupantes del vehículo no quisieron detenerse y, como los vidrios del auto eran polarizados, no sabían quienes iban adentro; para el juez, los policías sólo trataban de detener al conductor.

 

Pero, a diferencia de lo que argumenta el funcionario judicial, en el proceso consta que dos de los disparos que ocasionaron la muerte de William Antonio fueron hechos cuando el vehículo se encontraba detenido, lo que niega la inocencia de los imputados ya que éstos le dispararon al joven a corta distancia, a sabiendas de que no portaba arma y que estaba herido. Además, si la intención no era la de matar, no entendemos por qué hicieron más de 60 disparos cuando perseguían el automóvil.

 

Además, el juez no tomó en cuenta que los agentes de la Policía Nacional Civil no solicitaron refuerzos para evitar la tragedia. Por otra parte, no utilizaron métodos disuasivos como, por ejemplo, disparar a las llantas del automóvil, sino que lo hicieron directamente hacia el parabrisas del vehículo perseguido. En el proceso consta que los policías dispararon sin que los jóvenes hubieran respondido al ataque. Es más, en las declaraciones de otro policía que se conducía en la unidad implicada en el hecho, consta que éste dijo que dentro del vehículo perseguido iban los cuatro jóvenes. Por eso, la resolución del actual Juez Quinto de lo Penal de San Salvador carece de fundamento al negarse a modificar la tipificación del delito, pues dejó de lado muchos elementos que demuestran el dolo de los imputados.

 

Así estaban las cosas a principios de febrero y, en ese marco, el lunes 11 se realizó una conferencia de prensa singular e importante. Singular porque, acostumbrada la población a ver y oír siempre en este tipo de actividades a los mismos personajes, en ella participaron "caras nuevas": las de unas personas que nunca imaginaron tener que utilizar estos recursos para alcanzar lo que es justo; las de unas personas que ahora se dan cuenta de la mentira institucional que sirvió y sirve para esconder la muerte y el dolor de tantas víctimas -anónimas y conocidas- en El Salvador. Importante porque éstas, con su mensaje, libre de cualquier militancia política partidaria o de algún otro interés material, se pueden convertir en un símbolo de la participación ciudadana valiente y responsable que este país necesita para salvarse.

 

Nos referimos a las y los representantes de las familias García Prieto, Vilanova y Gaytán. Estas personas, tras haber sufrido la pérdida violenta de sus seres tan queridos se presentaron -de buena fe- ante las autoridades correspondientes y trataron de colaborar con ellas para esclarecer los hechos y sancionar a sus responsables. Hoy, lastimosamente y con sobrada razón, es poco o nada lo que pueden esperar de estas esferas. No sólo por lo que les sucedió cuando intentaron recorrer los tortuosos y oscuros caminos oficiales que deberían llevarlas hasta la satisfacción de su legítimo reclamo, sino también porque les sigue "lloviendo sobre mojado".

 

Cualquier paso que dan en el ejercicio de su derecho a expresar libremente la opinión que tienen sobre sus trágicas experiencias y la incapacidad estatal para satisfacer realmente sus demandas, desencadena reacciones inaceptables por parte de quienes se sienten "ofendidos" por la denuncia pública que hacen o la de algunos "defensores" de éstos que -amparados en dudosas "glorias pasadas"- pretenden poseer la verdad desde los escritorios donde escriben sus artículos. Ahora, tras la conferencia de prensa aludida, pasó lo mismo.

 

Inmediatamente, el director de la policía, Rodrigo Ávila, se lanzó a descalificar lo expresado por estas familias, con unas declaraciones que nos preocupan y cuestionan sobre la real capacidad de este joven para cumplir a cabalidad con la importante misión que le encomendó el presidente de la república. Según se lee en el Artículo 4, Ccapítulo II, de la Ley Orgánica que rige a la institución, al director general le corresponde ejercer "el mando ordinario de la policía", de la cual es su "máxima autoridad administrativa".

 

No nos metamos a examinar si el ingeniero realmente tiene o no "competencia notoria" para ello, que es uno de los principales requisitos establecidos en el artículo 5 de la citada ley. Dediquémonos solamente a analizar algunas de las cosas que dijo -bastante molesto, por cierto- cuando representantes de los medios masivos de difusión le pidieron su opinión sobre lo expresado por las señoras y los señores Gaytán, García Prieto y Vilanova.

 

Ávila sostuvo que el menor Gaytán Ayala conducía un vehículo robado y que desde éste le hicieron disparos a la unidad policial del servicio conocido como 1-2-1, que llevaba a cabo el operativo, de lo cual -según el director general de la policía-, incluso existen testigos. Los únicos que declararon haber escuahdo "como que disparaban" son los agentes que iban en la patrulla que realizó la persecución, de lo que no se puede concluir automáticamente que de verdad haya habido disparos contra ellos y que éstos hayan provenido del auto que perseguían.

 

Fuera de dichos agentes, nadie afirmó nada en tal sentido. Cuando capturaron al resto de los jóvenes que iban dentro del vehículo acribillado por los policías, no hubo decomiso de armas; tampoco se localizó una sola dentro del carro o en los lugares cercanos al lugar. Ciertamente, el vehículo había sido robado previamente pero en eso no tuvo nada que ver Willian Antonio, conclusión que surge de sus antecedentes personales y -por si el ingeniero lo duda- de la misma declaración judicial rendida por el presunto responsable de dicho robo.

 

¿Y cuál fue la actitud del joven funcionario en relación al dolor y el reclamo de la familia García Prieto? Que los señalados no eran miembros de la policía, que formaban parte de la Comisión de Investigación de Hechos Delictivos (CIHD), perteneciente a la desaparecida Policía Nacional. Para ser justos, debemos agradecerle esa afirmación, pues con ello está apoyando lo que hemos venido sosteniendo siempre: que hay suficientes elementos de juicio para que la Fiscalía General de la República inicie una investigación seria, encaminada a establecer la participación de Zaldaña en el crimen de Ramón Mauricio.

 

Se debe aclarar que -contrario a lo dicho por Ávila y no obstante provenir de la Comisión de Investigación de Hechos Delictivos- al momento del hecho que nos ocupa, Zaldaña sí formaba parte de la División de Investigación Criminal, cuyo jefe era Roberto Mendoza Jerez. Por lo tanto, estaba incorporado en la estructura de la Policía Nacional Civil. De no ser así, Mendoza Jerez no hubiera salido como salió de esa jefatura a raíz de las irregularidades detectadas alrededor del caso Velis. También es válido seguir señalando la responsabilidad gubernamental al introducir elementos de esa calaña en el nuevo cuerpo policial y la de la otra parte por aceptarlo sin oponerse de forma intransigente. Por eso, quizá, es que estamos como estamos.

 

Pero, además, Ávila le exigió a la familia García Prieto denunciar ante la policía si alguno de sus miembros se sentía amenazado. De existir todavía los archivos del tan atacado Departamento de Investigación del Crimen Organizado (DICO), perteneciente a la Policía Nacional Civil, cualquier persona interesada podrá encontrar en ellos el Aviso Nº 001DICO96, correspondiente a la denuncia presentada por José Mauricio García Prieto Hirlemann -padre de la víctima-, el 5 de junio de 1996, sobre uno de los tantos hechos de persecución, amenazas e intimidación sufridos por su persona desde hace ya varios años. Por si le sirve al ingeniero Ávila y presumiendo que no está enterado de esta denuncia presentada en una dependencia del cuerpo que dirige (¿?), le comentamos que en dicho expediente también se incluyeron fotografías de los tipos que, en esa ocasión, vigilaban a García Prieto.

 

Sobre la muerte de Adriano Vilanova, el jefe policial pidió que presentaran pruebas y afirmó que estaban "politizando" el caso. Según él, con esto último se pone en peligro la estabilidad de la institucionalidad y del país. Como muy bien dijo Rosalía de Vilanova, madre de la víctima y también víctima de la impunidad, la policía -dirigida por la fiscalía- es el órgano auxiliar de la justicia que debe encargarse de trabajar diligentemente para esclarecer los delitos y, por lo tanto, recabar las pruebas. Sólo falta que ahora acusen a las y los familiares por no presentarlas y eso sirva de pretexto para que ciertos criminales continúen protegidos -quién sabe por qué- dentro del cuerpo policial.

 

Nadie está "politizando" ni instrumentalizando ninguno de estos casos; ninguna de las personas que intervino en la citada conferencia de prensa mencionó -directa o indirectamente- a algún partido de esos que, a las puertas de las elecciones, no le ofrecen nada consistente a la población para resolver sus problemas más urgentes, entre ellos el de su seguridad. Lo que verdaderamente sí pone en grave riesgo una estabilidad institucionalidad conseguida después de tanto dolor y tanta muerte, es la incapacidad de los funcionarios del Estado para hacer bien su trabajo o su deliberada actitud para falsear los hechos.

 

Con todas esas lamentables declaraciones, nos preguntamos: ¿qué está haciendo el ingeniero Ávila? ¿Controla, dirige y sabe lo que está sucediendo dentro de la institución a su cargo o quiere desinformar a la población? Estando en su posición, lo más recomendable sería averiguar primero sobre los hechos entre sus "subordinados" para después hablar; también sería idóneo acercarse a las víctimas para servirlas de manera eficaz. Lo que más nos preocupa es la actitud que asumió el director general de la policía tras la reciente captura de seis de los agentes a los que se imputa la responsabilidad en el caso Vilanova, unos días después de la conferencia de prensa del 11 de febrero. Lamentablemente -porque de él esperamos mucho más- mantuvo su defensa férrea de estos elementos, entre los cuales se encuentra el cabo Saravia Perlera.

 

Si estos individuos no se "escapan" -como recientemente sucedió con un grupo de policías detenidos por la matanza de Las Isletas, el año pasado-, si se utiliza bien la resolución de la procuradora y si la justicia funciona, el ingeniero Ávila va a quedar muy mal, al igual que el Ministro de Seguridad Pública quien, en diciembre de 1996, calificó de "estupidez" el documento de la doctora de Avilés sobre este caso, unos días después de su presentación pública. Más aún; quedarán muy mal aquellos que -sin haber transcurrido siquiera veinticuatro horas de dicha presentación- decidieron "castigar" a esta funcionaria, a la institución que dirige y al pueblo que se beneficia de su actuación, recortándole drásticamente el presupuesto del presente año.

 

Y que decir del señor Viceministro de Seguridad Pública quien -palabras menos, palabras más- prácticamente regañó a las familias denunciantes por acudir a la Universidad Centroamericana "José Simeón Cañas" (UCA), al arzobispado y a la procuraduría buscando apoyo para obtener justicia. Carranza les exigió que consiguieran pruebas y que se las llevaran a él. Qué lástima que este funcionario -uno de los principales encargados de garantizar nuestra seguridad, en apego a la legalidad y el respeto a los derechos humanos- no conoce las reglas más elementales de la participación ciudadana como sostén de la democracia, que es lo que precisamente han hecho estas familias al acudir al Instituto de Derechos Humanos de la UCA (IDHUCA) y a la Oficina de Tutela Legal del Arzobispado. Peor aún, ¡qué preocupante que el viceministro no recuerde, no conozca o esté haciendo de lado las facultades de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos, cuya ley orgánica fue aprobada a iniciativa de él y de otros "representantes del pueblo" en 1992!

 

Los tres casos que ahora nos volvieron a ocupar -junto a otros tantos que continúan sumergidos en el silencio- son una muestra clara del alto grado de impunidad que impera en el país y del peligroso rumbo que lleva nuestro único cuerpo policial, aunado a la siempre deficiente actuación de las autoridades judiciales. Pero la decidida acción de estas familias que -con el dedo puesto en una llaga tan lamentable- exigen investigaciones serias y sanción para todos los responsables de su dolor, sigue siendo un rayo de esperanza que no se debe apagar. Su lúcida terquedad está moviendo conciencias e invitando a que todas las víctimas de la violencia y la injusticia, en este El Salvador después de la guerra, participen en el esfuerzo por no dejar que la sinrazón y el olvido impuestos vuelvan a matar a sus muertos.

 

 

Benjamín Cuéllar