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Tomado de ECA, No. 575, septiembre de 1996
Pronunciamiento
Universidad Centroamericana
"José Simeón Cañas"
A favor de la vida
y en contra de la muerte
Ante el intento para reimplantar la pena de muerte en El
Salvador, la Universidad Centroamericana José
Simeón Cañas se pronuncia abiertamente en contra
de tal medida, porque es un castigo bárbaro, ineficaz e
indigno de un Estado moderno y democrático. No obstante
haber sufrido el asesinato de varios empleados,
catedráticos e incluso de uno de sus rectores, la UCA no
acepta la pena de muerte ni como respuesta vindicativa ni como
dispositivo eficaz de ordenamiento social.
Restablecer la pena de muerte implica reconocer que la ley
de emergencia ha fracasado en cuanto a reducir la incidencia de
la criminalidad por medio del endurecimiento de las penas. Si
la pena capital fuese restablecida y no arrojara los resultados
esperados, ¿a qué medida recurrirá el gobierno?
Cuando las causas de la criminalidad radican en la pobreza
injusta, la desintegración familiar, la herencia de una
guerra sumamente violenta y cuando esas causas se refuerzan con
el alcoholismo y la drogadicción, pretender reprimir el
crimen endureciendo las penas es comenzar a construir la casa
por el tejado.
1. Propuestas para reducir la criminalidad
Si el gobierno en realidad está interesado en
disminuir la incidencia de la violencia y en particular de la
criminalidad debiera pensar en un plan estratégico, en
el cual no debieran faltar los elementos siguientes.
(a) Medidas orientadas a mejorar la calidad de vida de la
ciudadanía como educar para la paz, promover el empleo
masivo, apoyar los esfuerzos comunitarios para satisfacer las
necesidades básicas, ofrecer oportunidades educativas y
recreativas a la juventud, atender la salud mental de la
población.
(b) Limitar las causas directas y circunstanciales que
impulsan a la violencia. Las medidas contra el alcoholismo y la
drogadicción deben endurecerse drásticamente,
pues, de hecho, muchos de los crímenes son cometidos
bajo el influjo de estas sustancias. Los planes de salud mental
del Ministerio de Salud deben ampliarse, ya que un elevado
porcentaje de crímenes son cometidos por personas con
desajustes psicológicos graves, advertibles y
previsibles. El núcleo familiar y su integración
debieran ser fortalecidos. Asimismo, los programas que
estimulan la violencia en los medios de comunicación
debieran estar regulados más estrictamente.
(c) La Policía Nacional Civil debiera contar con un
respaldo mucho mayor por parte del gobierno para adquirir una
mayor capacidad investigativa, para otorgar mejores
estímulos ante el deber cumplido y para aplicar
sanciones más severas a aquellos agentes que cometan
faltas o delitos o violen las leyes. El número de
policías debe seguir aumentando, aunque ello implique la
disminución del ejército. Asimismo, la
Policía Nacional Civil debiera investigar a aquellas
personas que hayan sido vinculadas con el crimen organizado y
para ello, el informe del Grupo Conjunto podría ser un
punto de partida.
(d) Urgir al sistema judicial para que se reforme. Aunque
algo se ha avanzado, el sistema judicial sigue siendo poco
eficaz en el combate contra el crimen organizado. Es lento, no
garantiza el debido proceso, acumula expedientes sin resolver
y carece de capacidad para investigar.
(e) Controlar y regular la tenencia y el uso de las armas
de fuego. No debiera permitirse que menores de veinticinco
años porten armas de fuego. La tenencia de armas largas
o de combate debiera ser sancionada con multas severas y los
reincidentes debieran ser enviados a la cárcel
irremisiblemente.
Mientras no se legisle con seriedad sobre estos campos, la
pena de muerte será ineficaz. Al contrario,
contribuirá a la brutalización de las costumbres
al convertir el asesinato legalizado en un medio de lucha
contra la violencia. Si la guerra pasada no terminó
violentamente, sino recurriendo al diálogo y a la
negociación, tampoco la violencia actual
disminuirá con el uso de la fuerza, sino por medio de la
educación para la paz y la erradicación de sus
causas.
2. Razones en contra de la pena de muerte
Históricamente, la pena de muerte, cuando estuvo
vigente en El Salvador, en lugar de favorecer la
administración de justicia la entorpeció. En
efecto, los jurados, en aquellos casos en que se pedía
dicha pena, preferían declarar inocentes a los acusados
bien por compasión de los mismos o de sus familiares,
cuando éstos eran pobres, o bien por temor a una posible
venganza, en el caso de que fueran poderosos. De este modo,
personas que, en otras circunstancias, hubiesen ido a dar a la
cárcel durante muchos años, eran dejadas en
libertad.
Sociológicamente no está comprobado que la
pena de muerte tenga un efecto disuasorio. Lo que sí
está comprobado es que todo aquello que deteriora el
valor de la vida incide en el aumento de los niveles sociales
de violencia. Así, la guerra civil recién pasada
aumentó sobremanera el desprecio a la vida. En este
contexto, no deja de ser paradójico que el mismo partido
que amnistió a los criminales de guerra, que en parte
son responsables del menosprecio actual de la vida, generador
de tanta violencia, sea ahora el que proponga la pena de muerte
para crímenes menores que las masacres del pasado y para
criminales que con frecuencia aprendieron a menospreciar la
vida militando en batallones de guerra. Más
recientemente, la pena de muerte aplicada ilegalmente por la
sedicente Sombra Negra en San Miguel no tuvo efecto disuasorio,
sino que, al contrario, aumentó el nivel de la
violencia.
Psicológicamente es absurdo pensar que la pena de
muerte disuade a la mayoría de los criminales
potenciales. Muchos de quienes atentan contra la vida humana lo
hacen bajo el influjo del alcohol o las drogas; otros lo hacen
por serias deficiencias psicológicas; otros desde la
seguridad de que sus crímenes quedarán impunes y
otros, por reacción compulsiva a situaciones que
perciben como peligrosas para ellos. Esta tipología no
agota el espectro de asesinos potenciales, pero comprende a la
mayoría. Claramente, ninguno de ellos piensa
lógicamente antes de cometer su crimen. Aun concediendo
que la pena de muerte pueda llegar a disuadir a un reducido
número de criminales potenciales, el beneficio es tan
pequeño que no compensa los males que la misma pena
genera en cuanto a menospreciar la cultura de la vida y a
embrutecer aún más a los verdugos y a cuantos
contemplan embelesados el espectáculo de la
ejecución de los condenados.
Desde la perspectiva de la justicia, la pena de muerte con
facilidad se vuelve discriminatoria y, por ende, en una
injusticia más. De hecho, los más pobres no
cuentan con una defensa legal que les garantice sus derechos,
mientras que quienes tienen dinero y poder se defienden con
mayor rapidez y eficacia. ¿No terminaremos, entonces,
condenando a muerte a aquellos que la misma sociedad primero
marginó, maltrató y despreció y con ello
los impulsó al crimen? ¿Es justo que los más
débiles y golpeados por la vida al final queden
indefensos ante un sistema judicial tan poco equitativo como
poco ilustrado? ¿Dónde quedarían, entonces, y en
un caso tan grave como el de la pena de muerte impuesta como
castigo, la igualdad ante la ley y el Estado de derecho?
Siendo el derecho a la vida una garantía
constitucional y la pena de muerte una restricción de
tal derecho, la modificación de la Constitución
para legalizar dicha pena capital constituye un retroceso en la
defensa de la vida, una opción fundamental de nuestra
Carta Magna, y una injusticia para con el pueblo
salvadoreño.
Legislativamente, la pena de muerte implica la
legalización de la venganza en contra de un sector
social. En estos momentos, cuando el país concluye la
transición de postguerra es contraproducente que quienes
tienen en sus manos el poder para legislar caigan en la
tentación de legalizar tales actos de venganza social.
Es contradictorio que quienes en los años recién
pasados insistieron en legislar para la reconciliación,
ahora hagan precisamente lo contrario. Además, la
aprobación de la pena de muerte implica la denuncia de
varios tratados internacionales importantes. Ciertamente, El
Salvador posee la soberanía para denunciarlos, pero
entonces se desprestigiará ante la comunidad de
naciones, arrojará serias dudas sobre su capacidad para
respetar tratados internacionales, un presupuesto fundamental
de la globalización, y puede poner en peligro
préstamos y ayudas internacionales.
Desde la perspectiva ética, toda relación
humana y social debe estar orientada a promover
prioritariamente el servicio a la vida. Las prácticas
neomalthusianas, el aborto y el homicidio legalizado son formas
diferentes de limitar la vida humana. La sociedad actual tiene
medios suficientes para proteger la vida, sin necesidad de
acudir a otros que más bien la limitan. Aunque la pena
de muerte se presenta como un medio para proteger la vida de
otras personas, teóricamente se fundamenta en þel ojo
por ojo y diente por dienteþ, una idea ya superada. La ofensa
no se restituye imponiendo castigos semejantes a los
daños recibidos, sino impulsando al ofensor a la
rehabilitación y a realizar servicios a la comunidad. Y,
por supuesto, recluyéndolo durante un tiempo largo, si
el delito cometido es grave y mientras no dé muestras
probadas de su rehabilitación.
3. La opción cristiana por la vida
Como universidad de inspiración cristiana, la UCA
forma parte de una larga tradición opuesta a la pena de
muerte. El evangelio de Juan (8, 3-11), donde Jesús
salva a una mujer de una muerte segura, marca la primera
posición cristiana ante esta clase de castigos. El
pacifismo con el que Jesús se entrega a la muerte,
obligando a Pedro a guardar la espada desenvainada, demuestra
que no creía en los métodos violentos (Mateo 26,
52-53). La misma Iglesia católica fue fundada por una
persona condenada a muerte legalmente y cuenta entre sus santos
(mártires) a infinidad de condenados legalmente a una
pena de muerte claramente injusta.
Durante los casi 300 años de persecución
sangrienta que sufrió la fe cristiana en sus inicios, la
respuesta a las ofensas fue siempre exigir justicia y dar
perdón. Atenágoras, un padre de la Iglesia del
siglo II, prohibió a los cristianos asistir a los juegos
de gladiadores porque þver matar está cerca del matar
mismoþ. En el siglo siguiente, Tertuliano advirtió a los
cristianos: þpor lo que se refiere al poder estatal, el siervo
de Dios no debe pronunciar sentencias capitalesþ. Y el Concilio
de Elvira, a principios del siglo IV, ordena excluir de la
Iglesia durante un año a aquellos magistrados que diesen
penas de muerte.
Aunque es cierto que después de la paz de
Constantino, la Iglesia avaló la pena capital e incluso
llegó a tener, a lo largo de su historia, tribunales que
condenaban a muerte, también es cierto que no
dejó de haber cristianos partidarios de la vida y del
perdón. E incluso esta parcialidad histórica a
favor de la pena de muerte se debió no tanto a razones
doctrinales como a la simple adaptación a la
práctica ordinaria del poder político de su
tiempo, en el cual la misma Iglesia participaba y del cual a
veces era detentadora.
En la actualidad, la Iglesia piensa que las sociedades
contemporáneas tienen medios más que suficientes
para evitar el peligro del delincuente sin necesidad de
eliminarlo, dejando la posibilidad de la pena de muerte para
casos muy raros, por no decir prácticamente
inexistentesþ (Evangelio de la vida, 56). Ciertamente, el
Catecismo de la Iglesia católica (1992) tiene menos
reparos ante la pena de muerte que la encíclica de Juan
Pablo II el Evangelio de la vida, escrita posteriormente
(1995). De ahí que el Cardenal Ratzinger, encargado de
las cuestiones doctrinales del Vaticano, haya afirmado tras la
publicación de la encíclica que lo que dice el
catecismo sobre la pena de muerte þtendrá que ser
escrito de nuevo a la luz de la Evangelium Vitaeþ.
Pero mucho más allá de la posición de
la Iglesia, todo cristiano, urgido por el espíritu de
Jesús, tiene derecho a luchar por la abolición
total de la pena de muerte. El mismo Juan Pablo II considera
como þun signo de esperanzaþ la þaversión cada vez
más difundida en la opinión pública a la
pena de muerteþ (Evangelio de la vida, 27).
Con frecuencia se argumenta que es muy fácil
defender la abolición de la pena de muerte desde
posiciones académicas, pero que quien está en
contacto con el pueblo y conoce sus sufrimientos, reacciona de
manera diferente. No está de más recordar a este
respecto que la UCA sufrió en carne propia asesinatos y
múltiples violaciones de los derechos de varios miembros
de su comunidad. Pese a ello, nunca ha pedido la pena de muerte
para sus perpetradores. Al contrario, tras los asesinatos del
16 de noviembre de 1989, cuyo séptimo aniversario nos
preparamos a conmemorar, la universidad pidió indultar
a los dos únicos oficiales militares que el sistema
judicial logró meter en la cárcel porque ambos
habían confesado su culpa y porque los demás
estaban en libertad. La UCA sabe, pues, de lo que habla cuando
se pronuncia en contra de la pena de muerte.
En consecuencia, la universidad seguirá trabajando
para abolir totalmente la pena de muerte en la
legislación salvadoreña. A ello la lleva su
vocación cristiana, su espíritu ciudadano y la
convicción de que la pena de muerte no es otra cosa que
una manifestación más de la cultura de la
violencia que queremos y debemos superar construyendo otra de
paz y solidaridad.
Junta de Directores
San Salvador, 24 de septiembre de 1996.